TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de junio de 2008 373392 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de mayo del 2008; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Memorando Nº 0130-2008/MDV-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Concertado Distrital y Proceso de Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009, que ha sido elaborado conjuntamente con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Asesoría Jurídica; así como producto de las coordinaciones con los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil que integran el Consejo de Coordinación Local Distrital. Que, dicho Proyecto de Ordenanza Municipal, concuerda con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, cuando señala en sus artículos 197 y 199, que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan su presupuesto con la participación de la población, estando sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República y son fi scalizadas de acuerdo a Ley. Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27783 –Ley de Bases de la Descentralización, señala que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto. Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando las Municipalidades con los vecinos. Asimismo, en sus artículos 9, 53, 97 y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, señalan que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado. Las Municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos. Que, el principio rector de participación contenido en la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto. Que, el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su artículo 5 y en su primera disposición fi nal que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanzas dispondrán de las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los agentes participantes, asimismo en su quinta disposición fi nal señala que la Dirección Nacional de Presupuesto Público, dicta las disposiciones complementarias, necesarias para la aplicación de la Ley y su Reglamento, por lo que anualmente dicho órgano del Ministerio de Economía y Finanzas emite los instructivos para años fi scales correspondientes. Estando a lo expuesto, con el Dictamen Favorable de la Comisión de Participación Vecinal, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; APROBÓ LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL Y PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2009 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el proceso de actualización del Plan de Desarrollo Concertado y proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2009, el mismo que consta de veinticinco (25) artículos y cuatro (4) disposiciones fi nales, cuyo texto íntegro será publicado en la Pagina Web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya dirección es: www.muniventanilla.gob.pe. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Participación Vecinal de esta corporación edil. Regístrese y comuníquese.OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 208077-1 Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo con Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito de Ventanilla 2009 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2008/MDV Ventanilla, 30 de mayo del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de mayo del 2008; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Memorando Nº 0130-2008/MDV-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo con niños, niñas y adolescentes del Distrito de Ventanilla 2009, que ha sido elaborado conjuntamente con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Asesoría Jurídica y con la participación activa de los miembros del COMUDENA. Que, la actual gestión de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, ha tenido a bien incorporar dentro del Presupuesto Participativo la participación de niños, niñas y adolescentes, para así construir de manera participativa y concertada una propuesta que se ajuste a la realidad del distrito y cuya metodología y proceso sea exclusivo e innovador. Que, dicho Proyecto de Ordenanza Municipal, concuerda con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, cuando señala en sus artículos 197 y 199, que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan su presupuesto con la participación de la población, estando sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República y son fi scalizadas de acuerdo a Ley. Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27783 –Ley de Bases de la Descentralización, señala que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuesto. Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando las Municipalidades con los vecinos. Asimismo, en sus artículos 9, 53, 97 y la Décimo Sexta Disposición Complementaria, señalan que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado. Las Municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos. Que, el principio rector de participación contenido en la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil en la programación de su presupuesto. Que, el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su artículo 5 y en su primera disposición Descargado desde www.elperuano.com.pe