Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2008 (04/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2008

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de MORDAZA del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 0130-2008/MDV-GPV de la Gerencia de Participacion Vecinal, remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el MORDAZA de Actualizacion del Plan de Desarrollo Concertado Distrital y MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2009, que ha sido elaborado conjuntamente con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Asesoria Juridica; asi como producto de las coordinaciones con los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil que integran el Consejo de Coordinacion Local Distrital. Que, dicho Proyecto de Ordenanza Municipal, concuerda con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, cuando senala en sus articulos 197 y 199, que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan su presupuesto con la participacion de la poblacion, estando sujetos al control y supervision de la Contraloria General de la Republica y son fiscalizadas de acuerdo a Ley. Que, el numeral 17.1 del articulo 17 de la Ley Nº 27783 ­Ley de Bases de la Descentralizacion, senala que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuesto. Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, senala que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando las Municipalidades con los vecinos. Asimismo, en sus articulos 9, 53, 97 y la Decimo Sexta Disposicion Complementaria, senalan que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado. Las Municipalidades regulan la participacion vecinal en la formulacion de los presupuestos participativos. Que, el MORDAZA rector de participacion contenido en la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de su presupuesto. Que, el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su articulo 5 y en su primera disposicion final que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanzas dispondran de las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de los agentes participantes, asimismo en su MORDAZA disposicion final senala que la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, dicta las disposiciones complementarias, necesarias para la aplicacion de la Ley y su Reglamento, por lo que anualmente dicho organo del Ministerio de Economia y Finanzas emite los instructivos para anos fiscales correspondientes. Estando a lo expuesto, con el Dictamen Favorable de la Comision de Participacion Vecinal, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas en los Articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; APROBO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL MORDAZA DE ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL Y MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2009 Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el MORDAZA de actualizacion del Plan de Desarrollo Concertado y MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2009, el mismo que consta de veinticinco (25) articulos y

cuatro (4) disposiciones finales, cuyo texto integro sera publicado en la Pagina Web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya direccion es: www.muniventanilla.gob. pe. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Participacion Vecinal de esta corporacion edil. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 208077-1

Aprueban Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo con Ninos, Ninas y Adolescentes del Distrito de Ventanilla 2009
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2008/MDV Ventanilla, 30 de MORDAZA del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de MORDAZA del 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 0130-2008/MDV-GPV de la Gerencia de Participacion Vecinal, remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del MORDAZA Presupuesto Participativo con ninos, ninas y adolescentes del Distrito de Ventanilla 2009, que ha sido elaborado conjuntamente con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Asesoria Juridica y con la participacion activa de los miembros del COMUDENA. Que, la actual gestion de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, ha tenido a bien incorporar dentro del Presupuesto Participativo la participacion de ninos, ninas y adolescentes, para asi construir de manera participativa y concertada una propuesta que se ajuste a la realidad del distrito y cuya metodologia y MORDAZA sea exclusivo e innovador. Que, dicho Proyecto de Ordenanza Municipal, concuerda con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru, cuando senala en sus articulos 197 y 199, que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan su presupuesto con la participacion de la poblacion, estando sujetos al control y supervision de la Contraloria General de la Republica y son fiscalizadas de acuerdo a Ley. Que, el numeral 17.1 del articulo 17 de la Ley Nº 27783 ­Ley de Bases de la Descentralizacion, senala que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuesto. Que, el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades, senala que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando las Municipalidades con los vecinos. Asimismo, en sus articulos 9, 53, 97 y la Decimo Sexta Disposicion Complementaria, senalan que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado. Las Municipalidades regulan la participacion vecinal en la formulacion de los presupuestos participativos. Que, el MORDAZA rector de participacion contenido en la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion de la sociedad civil en la programacion de su presupuesto. Que, el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su articulo 5 y en su primera disposicion

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