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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (04/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de junio de 2008 373387 EL ALCALDE DE MIRAFLORES; POR CUANTO:El Concejo Distrital de Mirafl ores en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS, la Resolución de Alcaldía Nº 093-2008-ALC/ MM de fecha 19 de Marzo del 2008, por el cual se acepta la renuncia presentada por don Franc Martín Premrl Laca al cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Mirafl ores; CONSIDERANDO:Que, el numeral 32 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal, Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, señala que “la designación del Ejecutor, como la del Auxiliar, se efectuará mediante Concurso Público de Méritos”; Que, el artículo 5º de la Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28175 establece que el acceso al empleo público se realiza mediante concurso público y abierto, por grupo ocupacional, en base a los méritos y capacidad de las personas en un régimen de igualdad de oportunidades, disposiciones concordante con el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Decreto Legislativo Nº 276, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, Capítulo IV del Ingreso a la Administración Pública y a la Carrera Administrativa; Que, la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Mirafl ores, aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 277-MM, contempla tanto la existencia de una Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, dependiente de la Gerencia de Rentas, como de una Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa, dependiente de la Gerencia de Fiscalización y Control, encontrándose la segunda de ellas vacante por la renuncia presentada por don Franc Martín Premrl Laca al cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Mirafl ores, por lo que resulta necesario aprobar las Bases del Concurso Público de Méritos para ocupar dicho cargo; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, adoptó el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- CONVOCAR a Concurso Público de Méritos para cubrir una (1) plaza de Ejecutor Coactivo Administrativo de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores. Artículo Segundo.- APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos para la selección de un (1) Ejecutor Coactivo, quien será el funcionario a cargo de la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Administrativa, dependiente de la Gerencia de Fiscalización y Control, las mismas que forman parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 208290-1MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Amplían prórroga de plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 138 “Beneficios de Regularización Tributaria y No Tributaria” DECRETO DE ALCALDIA Nº 015 San Juan de Lurigancho, 30 de Mayo del 2008.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO el Informe Nº 194-2008-GR/MDSJL, de fecha 20 de Mayo de 2008, emitido por la Gerencia de Rentas; y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 138 publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 27 de Abril de 2008, se aprobó el Otorgamiento del Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de San Juan de Lurigancho, por medio del cual se establecieron una serie de disposiciones con la fi nalidad de incentivar el pago de obligaciones por parte de los contribuyentes de nuestro distrito; Que, en la Tercera Disposición Final de la mencionada Ordenanza, se faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o prórroga para la adecuada aplicación de la indicada norma legal; Que, mediante Informe Nº 194-2008-GR/MDSJL, de fecha 20 de Mayo de 2008, emitido por la Gerencia de Rentas, se informa que estando por vencer la fecha de vigencia del Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria, establecido en la Ordenanza Nº 138, y teniendo en cuenta que muchos de los contribuyentes de nuestro Distrito aún no han tenido la oportunidad de cumplir con sus obligaciones tributarias, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 30 de junio de 2008; Estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 293-2008-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Único.- Ampliar, hasta el 30 de junio del 2008, la prórroga del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 138 “Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 207845-1 Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 130, modificada por la Ordenanza Nº 132 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016 San Juan de Lurigancho, 30 de mayo del 2008.Descargado desde www.elperuano.com.pe