Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2008 (04/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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VISTOS:

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2008

el resultado del mismo; asimismo, no se advierte que se hayan sustentado los viaticos otorgados, y; e) durante el ejercicio 2005 la autoridad municipal autorizo un anticipo a favor de una servidora de la entidad MORDAZA, la cual efectuo una irregular rendicion de cuenta; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 039-2007-DIRCOCOR.PNP-DIVPACGR-OPACGR-SHYO de 28.MAR.2007 a la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de Jauja, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Abuso de Autoridad, Colusion, Peculado y Falsificacion de Documentos; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 376º, 384º, 387º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, en el MORDAZA de la defensa oportuna de los intereses del Estado, la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica ha solicitado mediante el Memorando de Vistos se autorice su apersonamiento ante el MORDAZA Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Jauja, quien mediante Resolucion Nº 07 de 18.MAR.2008 ha resuelto abrir instruccion (Expediente Nº 2007-439-0-1506-JRPE-03), por los delitos de Abuso de Autoridad, Colusion, Peculado y Falsificacion de Documentos en agravio de la citada Municipalidad Provincial; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 207712-1

El Memorando Nº 119-2008-OD-LIMA, mediante el cual la Jefa (e) de la Oficina Defensorial de MORDAZA solicita la formalizacion del uso del logotipo institucional; y el Memorando Nº 042-2008-DP/DPCT/PROM, mediante el cual la Directora de la Direccion de Promocion y Coordinacion Territorial remite el proyecto de documento con las pautas para el uso del isotipo y logotipo oficial de la Defensoria del Pueblo; y, CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 162º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 1º de su Ley Organica, Ley Nº 26520, la Defensoria del Pueblo es un organo constitucional MORDAZA encargado de la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, de la supervision de los deberes de la administracion estatal y la prestacion de los servicios publicos a la ciudadania; Que, desde su creacion, en publicaciones, materiales y otro MORDAZA de documentos, la Defensoria del Pueblo ha utilizado, ininterrumpidamente y hasta la actualidad, un logotipo que la identifica; Que, con la finalidad de evitar que se presenten situaciones en las que personas naturales o juridicas, publicas o privadas, utilicen indebidamente el logotipo de la Defensoria de Pueblo, que puedan inducir a error o confusion a los ciudadanos y las ciudadanas, y en virtud de la solicitud formulada por la Jefa (e) de la Oficina Defensorial de MORDAZA, segun se senala en los Vistos de la presente Resolucion, se ha decidido formalizar la aprobacion del logotipo oficial de la Defensoria del Pueblo, como signo distintivo que identifica a la Institucion y a la labor que esta desempena; Que, asimismo, es necesario aprobar las pautas para el uso del isotipo y logotipo oficial de la Defensoria del Pueblo, en las publicaciones, los materiales y/u otro MORDAZA de documento institucional, con vistas a uniformizar su utilizacion; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Direccion de Promocion y Coordinacion Territorial, y de las oficinas de Comunicaciones e Imagen Institucional y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley N° 26520, y los incisos d), m) y p) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Defensorial N° 0039-2006/DP; SE RESUELVE:

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Formalizan aprobacion del logotipo oficial de la Defensoria del Pueblo y aprueban pautas para el uso del isotipo y logotipo oficial
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 017-2008/DP MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008

Articulo Primero.- FORMALIZAR la aprobacion del logotipo oficial de la Defensoria del Pueblo, que ha sido utilizado desde su creacion, conforme al diseno y detalle especificados en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- APROBAR las pautas para el uso del isotipo y logotipo oficial de la Defensoria del Pueblo, contenidas en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente Resolucion. La Oficina de Informacion, Sistemas y Estadistica debera publicar el referido anexo en el MORDAZA Institucional de la Defensoria del Pueblo. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional se encargue de formalizar el uso del logotipo oficial de la Defensoria de Pueblo, y que la Direccion de Promocion y Coordinacion Territorial se encargue de velar por el buen uso de dicho logotipo en las diferentes unidades organicas de la Defensoria del Pueblo, asi como de poner en su conocimiento las pautas aprobadas por el articulo MORDAZA de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo

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