TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de junio de 2008 373866 Que, mediante la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29142 -Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se ha autorizado a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Adendas para la ampliación o modifi cación de los Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares con Organismos Internacionales, para encargarles la administración de recursos; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo N° 017-2001- AG - Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura y la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Adenda a la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura, para el Fortalecimiento Institucional del MINAG y la Celebración del Año Internacional de la Papa, aprobada por Resolución Suprema N° 045-2007-AG, que modifi ca el cuarto párrafo de la cláusula primera y la cláusula sétima de dicha Carta, precisando sus objetivos y ampliando los alcances y acciones a desarrollar. Artículo 2°.- Déjese sin efecto las Resoluciones que contravienen la presente Resolución. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 211708-3 Aprueban Convenio de Cooperación y Administración de Recursos suscrito entre el INIA y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura — IICA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 034-2008-AG Lima, 10 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, con fecha 04 de octubre de 2006 se suscribió el Acuerdo Marco de Cooperación Técnica entre el Ministerio de Agricultura - MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA con el objetivo de contribuir, a acelerar el mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural, fi jando las bases y lineamientos a través de los cuales el IICA brindará cooperación técnica al MINAG y sus organismos descentralizados en las Áreas Estratégicas de Política Comercial e Integración, Promoción del Comercio y Competitividad de los Agronegocios, Fortalecimiento de Comunidades Rurales, Reposicionamiento y Modernización de la Agricultura, Promoción de la Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, Desarrollo Rural Sostenible, Gestión Ambiental y Recursos Naturales, Promoción de Tecnología e Innovación en la Agricultura y Modernización Institucional; Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Agricultura, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera; e tiene a su cargo el diseño y ejecución de la estrategia de innovación agraria a nivel nacional; y complementariamente las actividades de investigación, transferencia de tecnología, asistencia técnica, conservación de recursos genéticos y la producción de semillas, plantones y reproductores de alto valor genético; Que, en el marco de los tratados de libre comercio y competitividad se promoverá la instalación de centros estratégicos de alta tecnología que ayude a mejorar la productividad y calidad de la producción agrícola, ganadera y forestal, con este objeto el INIA ejecutará el Proyecto “Creación del Centro Nacional de Biotecnología Agropecuaria y Forestal: Desarrollo de Capacidades para la Implementación y Utilización de la Biotecnología Moderna en el Sector Agropecuario -Fase I” Que, es necesario, aprobar el Convenio de Cooperación y Administración de Recursos, suscrito el 23 de mayo de 2008, entre el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA; Que, mediante la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, se ha autorizado a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los Años Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Adendas para la ampliación o modifi cación de los Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares con Organismos Internacionales, para encargarles la administración de recursos; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo N° 017-2001- AG - Reglamento de Organización y Funciones de Ministerio de Agricultura y la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Convenio de Cooperación y Administración de Recursos, suscrito entre el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura-IICA, referido a complementar sus capacidades institucionales, e implementar una adecuada y óptima provisión de servicios de administración y otros servicios de apoyo, que faciliten la ejecución del Proyecto “Creación del Centro Nacional de Biotecnología Agropecuaria y Forestal: Desarrollo de Capacidades para la implementación de la Biotecnología Moderna en el Sector Agropecuario - Fase I”. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 211708-4 Suspenden la importación de especies y productos de origen animal procedentes de diversos departamentos de Colombia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2008-AG-SENASA-DSA La Molina, 9 de junio de 2008 VISTOS: La información sanitaria semanal de la Organización Mundial de Sanidad Animal-OIE Vol. 21 - No. 23 del 04 de junio de 2008; emitido por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia, el cual informa la Notifi cación Inmediata sobre la reaparición de la enfermedad clínica de Fiebre Aftosa aún no tipifi cado en bovinos en el Departamento del Norte de Santander - Colombia; por lo que es necesario tomar medidas correspondientes a fi n de evitar el ingreso de la enfermedad al Perú; El Informe Nº 351-2008-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 5 de junio de 2008 en el que se hace referencia a la información sanitaria semanal de la Organización Mundial de Sanidad Animal-OIE Vol. 21 - No. 23 del 04 de junio de 2008, emitido por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia, Descargado desde www.elperuano.com.pe