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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2008 (05/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de marzo de 2008 368110 adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto. Que, conforme a lo antes esbozado es necesario, con carácter de urgencia e impostergable el declarar en situación de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Marcabal. Que, el artículo 19º Inc. c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la “Exoneración de procesos de selección” establece que “Están exonerados de los procesos de selección las contrataciones y adquisiciones que se realicen c) En situación de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley”. El artículo 20º del mismo cuerpo legal señala las formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de selección y según el cual las exoneraciones en el presente caso corresponderán ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en caso de los gobiernos locales, correspondiendo la adquisición o contratación mediante acciones inmediatas. Que finalmente no existiendo responsabilidad de los funcionarios o servidores de la Municipalidad por los hechos imprevisibles que han originado la situación de desabastecimiento inminente, no corresponde ordenar el inicio de las acciones a que se refiere el segundo párrafo del Art. 21º y tercer párrafo del Art. 141º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, sometido el presente a consideración de los señores Regidores en la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de enero de 2008, mereció su aprobación, por lo que en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso correspondiente por la causal de DESABASTECIMIENTO INMINENTE al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Marcabal por los meses de enero a marzo (91 días) del año 2008, por un monto de S/. 62,838.61 (Sesenta y dos mil ochocientos treinta y ocho y 61/100 Nuevos Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Rubro 00 Recursos Ordinarios. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el requerimiento será del producto “Mezcla de cereales con leche fortifi cada con omega 3 azucarado”, y que el monto afectará al presupuesto fi scal 2008 destinado al Programa Vaso de Leche, quedando éste apto para la adquisición regular de los meses de abril a diciembre del año fi scal 2008 mediante el proceso que corresponda. Artículo Tercero.- ENCARGAR que el área de Contrataciones de la Ofi cina de Abastecimientos de la Municipalidad, lleve a cabo las acciones inmediatas con la fi nalidad de contratar la provisión de los insumos del Programa Vaso de Leche. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General que cumpla con la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días siguientes de la aprobación del presente acuerdo, así como la comunicación a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.WALTER BRAULIO ARMAS MONZÓN Alcalde 171135-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L