Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2008 (05/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES
SE ACUERDA:

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de marzo de 2008

adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto. Que, conforme a lo MORDAZA esbozado es necesario, con caracter de urgencia e impostergable el declarar en situacion de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Marcabal. Que, el articulo 19º Inc. c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para la "Exoneracion de procesos de seleccion" establece que "Estan exonerados de los procesos de seleccion las contrataciones y adquisiciones que se realicen c) En situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley". El articulo 20º del mismo cuerpo legal senala las formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion y segun el cual las exoneraciones en el presente caso corresponderan ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en caso de los gobiernos locales, correspondiendo la adquisicion o contratacion mediante acciones inmediatas. Que finalmente no existiendo responsabilidad de los funcionarios o servidores de la Municipalidad por los hechos imprevisibles que han originado la situacion de desabastecimiento inminente, no corresponde ordenar el inicio de las acciones a que se refiere el MORDAZA parrafo del Art. 21º y tercer parrafo del Art. 141º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, sometido el presente a consideracion de los senores Regidores en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de enero de 2008, merecio su aprobacion, por lo que en uso de las atribuciones conferidas a esta Alcaldia por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA correspondiente por la causal de DESABASTECIMIENTO INMINENTE al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Marcabal por los meses de enero a marzo (91 dias) del ano 2008, por un monto de S/. 62,838.61 (Sesenta y dos mil ochocientos treinta y ocho y 61/100 Nuevos Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Rubro 00 Recursos Ordinarios. Articulo Segundo.ESTABLECER que el requerimiento sera del producto "Mezcla de cereales con leche fortificada con MORDAZA 3 azucarado", y que el monto afectara al presupuesto fiscal 2008 destinado al Programa Vaso de Leche, quedando este apto para la adquisicion regular de los meses de MORDAZA a diciembre del ano fiscal 2008 mediante el MORDAZA que corresponda. Articulo Tercero.- ENCARGAR que el area de Contrataciones de la Oficina de Abastecimientos de la Municipalidad, lleve a cabo las acciones inmediatas con la finalidad de contratar la provision de los insumos del Programa Vaso de Leche. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General que cumpla con la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias siguientes de la aprobacion del presente acuerdo, asi como la comunicacion a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 171135-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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