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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de marzo de 2008 368099 VISTA: La solicitud presentada por el Banco del Trabajo para que se le autorice el traslado de una Ofi cina Especial de carácter permanente, ubicada en Av. Próceres de la Independencia Nº 1625, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima a la Av. Gran Chimú Nº 386 3er. piso, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “C” mediante Informe Nº 31-2008-DEB “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular Nº B-2147-2005; y, en virtud a la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 293-2008 y Resolución SBS Nº 403-2008; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco del Trabajo para que se le autorice el traslado de una Ofi cina Especial de carácter permanente, ubicada en Av. Próceres de la Independencia Nº 1625, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima a la Av. Gran Chimú Nº 386 3er. piso, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.) 171411-1 Autorizan inscripción de ARC Asesores y Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 453-2008 Lima, 28 de febrero de 2008 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA: La solicitud presentada por el señor Luis Arturo Rodríguez Caldas para que se autorice la inscripción de la empresa ARC ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida); y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluación Interna de Expedientes Nº 001-2008-RIAS celebrada el 24 de enero de 2008, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida) a la empresa ARC ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-0689, cuya representación será ejercida por el señor Luis Arturo Rodríguez Caldas con Nº de Registro N-3424. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 171108-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban Primera Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la APCI para el Ejercicio Fiscal 2008 RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 026-2008/APCI-DE Mirafl ores, 3 de marzo de 2008VISTO:El Informe Nº 094 de fecha 27 de febrero de 2008 de la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales de la Ofi cina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29412 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - se establecen los montos y límites a tener en cuenta para las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, de conformidad con el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE-PRE aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE-PRE, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el presente ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, cuya aprobación es competencia del Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa de la misma; Que, el numeral 1) artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que el Plan Anual de cada entidad se modifi cará cuando se tenga que incluir o excluir procesos de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas institucionales; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 013-2008/APCI-DE se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI para el Ejercicio Fiscal 2008; Que, mediante el documento del visto, la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales de la Ofi cina General de Administración, como dependencia encargada de las Contrataciones y Adquisiciones de la Entidad, ha solicitado entre otros la inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI para el presente Ejercicio Fiscal de