Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2008 (05/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368101

2008, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, en la forma que a continuacion se detalla:
INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 FEBRERO 2008 357,35 499,21 328,67 374,78 242,97 703,35

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 171312-1

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Revocan la Resolucion de Jefatura Nº 042-2007-COFOPRI/OJA-CIUDAD, que dispuso emision de titulo de saneamiento de propiedad de inmueble ubicado en el departamento de MORDAZA
Expediente Nº 2007-144-COFOPRI/TAP SE DECLARARA EL MEJOR DERECHO DE POSESION EN FAVOR DE AQUEL QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 37º DEL REGLAMENTO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Nº 031-2008-COFOPRI/TAP MORDAZA, 8 de febrero de 2008 VISTO: El recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion de Jefatura Nº 042-2007-COFOPRI/OJA-CIUDAD 4 del 06 de MORDAZA de 2007, emitida por la Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada MORDAZA 4, Sede MORDAZA que dispuso la emision del titulo de saneamiento de propiedad a favor de Oreales MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mayela MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte, en copropiedad, respecto del Lote 9 manzana A4 del Sector IV del Centro Poblado "Cabana" distrito del mismo nombre, provincia de Pallasca y departamento de MORDAZA, inscrito en el Registro de Predios de la MORDAZA Registral VII, con el Codigo Nº P09085626, en adelante "el predio"; y, CONSIDERANDO: 1. Que, el 31 de agosto de 1998 se instalo el ahora denominado Tribunal Administrativo de la Propiedad, organo de resolucion de MORDAZA y MORDAZA instancia con competencia a nivel nacional, que conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados con las competencias de COFOPRI, de acuerdo con lo establecido por el articulo 15° del Reglamento de Normas que regulan la organizacion y funciones de los organos de COFOPRI responsables del conocimiento y solucion de medios impugnatorios1, y por el articulo 85° y 86° del Reglamento de Organizacion y Funciones de COFOPRI2, razon por la cual este Tribunal es competente para resolver el expediente remitido por la Oficina Zonal Ancash. 2. Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 3° de la Ley que Establece el Regimen

Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios Urbanos3, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (en adelante COFOPRI), asume de manera excepcional, las funciones de ejecucion de los procedimientos de saneamiento fisico legal y titulacion de predios urbanos, ubicados en posesiones informales, a que se refiere el Titulo I de la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos4, y demas normas reglamentarias. 3. Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante escrito cursado el 18 de MORDAZA de 2007 (folios 58), interpone recurso de apelacion, indicando que en la Resolucion apelada no se ha tenido en cuenta la posesion que su persona viene haciendo sobre "el predio", la Sentencia Judicial expedida por la Corte Superior del MORDAZA sobre Reivindicacion y la MORDAZA de Posesion otorgada por el Juez de Paz de la localidad de MORDAZA y el contrato de compraventa por el cual su MORDAZA le vendio "el predio". 4. Que, en el presente caso estamos frente a una posesion informal en el Centro Poblado "Cabana", cuya etapa de calificacion individual se encuentra regulada en el articulo 16° del Reglamento del Titulo I de la Ley N° 28687, referido a la "Formalizacion de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares, que a la letra dice: "Si en la calificacion individual de lotes se detecta la existencia de escrituras imperfectas u otros titulos de propiedad no inscritos, que cumplan con el plazo establecido en el articulo 2018° del Codigo Civil, se emitira el instrumento de formalizacion respectivo, a favor del titular del derecho, aun cuando este no se encuentre en posesion del lote. En este ultimo caso, el poseedor podra solicitar la prescripcion adquisitiva de dominio conforme al presente reglamento". Asi tambien preve el MORDAZA parrafo: "De no contarse con titulos de propiedad o documentos que acrediten este derecho, se verificara el ejercicio de la posesion y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Supremo N° 01399-MTC y demas normas complementarias y conexas, a fin de emitirse el titulo respectivo". 5. Que, en este sentido, para la calificacion individual de "el predio" corresponde determinar: i) si existen escrituras imperfectas u otros titulos de propiedad no inscritos, que cumplan con el plazo establecido en el articulo 2018° del Codigo Civil, para emitir el instrumento de formalizacion respectivo a favor del titular del derecho; y de no contar con titulos de propiedad o documentos que acrediten este derecho, establecer ii) el mejor derecho de posesion en virtud del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 013-99-MTC y demas normas complementarias y conexas 6. Que, respecto de "el predio" consta de la ficha de empadronamiento del 24 de agosto de 2000, a folios 1, que se empadrono a la recurrente, dejando MORDAZA de la existencia de conflicto de intereses con los hermanos MORDAZA Ponte por la herencia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romero. 7. Que, obra a folios 14 el Testimonio de la Escritura de Compra Venta del 22 de agosto de 1972, celebrada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Azana de MORDAZA, a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto de sus acciones y derechos que tiene en condominio con los compradores, respecto de la MORDAZA situada en la Plaza de MORDAZA de MORDAZA signada con los numeros 21 y 23 8. Que, obra a folios 118, el Testamento otorgado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del 25 de agosto de 1945, por el cual deja en herencia a favor de sus hijos MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, en partes iguales la MORDAZA situada en la plaza principal signada con los numeros

1

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Aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 6 de agosto de 2000. En adelante "Reglamento de Normas" Aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007- VIVIENDA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 28 de MORDAZA de 2007. Aprobado por Ley N° 28923, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 08 de diciembre de 2006. Aprobado por Ley N° 28687, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de marzo de 2006.

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