Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2008 (13/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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Aprueban Directiva para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro de Distribucion de Horas de Clase en las Instituciones Educativas de Educacion Basica Regular Secundaria y Educacion Basica Alternativa Ciclo Avanzado en el periodo Lectivo 2008
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0640-2008-ED MORDAZA, 7 de marzo de 2008 Visto el Proyecto de Reglamento para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Distribucion de Horas en las Instituciones Educativas de la Educacion Basica Regula del Nivel Secundario; CONSIDERANDO: Que, siendo la Institucion Educativa la primera y mas importante instancia de gestion descentralizada del servicio educativo, y con la finalidad de fortalecer su autonomia institucional, es necesario proporcionar normas para la elaboracion del Cuadro de Distribucion de Secciones y Horas, instrumento de gestion pedagogicoadministrativo con la cual se determina las horas efectivas clase y el empleo del tiempo de libre disponibilidad de acuerdo al Plan de Estudios vigente. Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal h) del articulo 80º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, que establece como funcion del Ministerio de Educacion el definir las politicas sectoriales de personal, programas de mejoramiento de personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la MORDAZA publica magisterial. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 25762, Ley Organica de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese la Directiva Nº 033-2008ME/SG-OGA-UPER para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro de Distribucion de Horas de Clase en las Instituciones Educativas de Educacion Basica Regular Secundaria y Educacion Basica Alternativa Ciclo Avanzado en el Periodo Lectivo 2008. Articulo 2º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educacion y a las Unidades de Gestion Educativa Local, la difusion e implementacion de la presente Directiva y de las orientaciones que MORDAZA contiene. Articulo 3º.- Dejese sin efecto todo aquello que se oponga a lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MAGNET MORDAZA MORDAZA Jefa de la Unidad de Personal

1.2. Uniformizar el procedimiento para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Distribucion de Horas de Clase en las Instituciones Educativas de Educacion Basica Regular del Nivel MORDAZA y Educacion Basica Alternativa del Ciclo Avanzado. II. OBJETIVOS 2.1. Asegurar la oportuna contratacion de personal docente en las instituciones educativas. 2.2. Garantizar la organizacion y distribucion de las horas de clase en coherencia con las especialidades de los profesores y las areas correspondientes establecidas en el plan de estudios. 2.3. Determinar el numero necesario de plazas y horas requeridas para la atencion de las metas educativas en las instituciones educativas de nivel MORDAZA EBR y del ciclo avanzado EBA. III. BASE LEGAL · Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. · Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, modificado por la Ley Nº 25212. · Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial. · Ley Nº 28988, Ley que declara la Educacion Basica Regular como servicio publico esencial. · Decreto Supremo Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado. · Decreto Supremo Nº 015-2004-ED, Reglamento de Educacion Basica Alternativa. · Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo. · Decreto Supremo Nº 003-2008-ED, Reglamento de la Ley de MORDAZA Publica Magisterial. · Resolucion Ministerial Nº 0667-2005-ED, Diseno Curricular Nacional de Educacion Basica Regular. · Resolucion Ministerial Nº 00494-2007-ED, Directiva para el Desarrollo del Ano Escolar 2008. · Resolucion Ministerial Nº 092-2008-ED. IV. ALCANCE · Direcciones Regionales de Educacion. · Unidades de Gestion Educativa Local. · Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica Regular Secundaria y Educacion Basica Alternativa Ciclo Avanzado. V. PLAN DE ESTUDIOS 5.1. Una hora de clase corresponde a una hora pedagogica, la cual de conformidad con el articulo 18º de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, tiene una duracion de 45 minutos. 5.2. Las horas de clase asignadas a los docentes se podran extender hasta un MORDAZA de 30 horas pedagogicas, conforme lo establece el articulo 207º del Reglamento de la Ley del Profesorado, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-90-ED. 5.3. En ningun caso las instituciones educativas publicas podran omitir las areas curriculares establecidas, ni utilizar menos horas de las senaladas. 5.4. EDUCACION SECUNDARIA: BASICA REGULAR NIVEL

DIRECTIVA Nº 033-2008-ME/SG-OGA-UPER ELABORACION Y APROBACION DEL CUADRO DE DISTRIBUCION DE HORAS DE CLASE EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACION BASICA REGULAR SECUNDARIA Y EDUCACION BASICA ALTERNATIVA DEL CICLO AVANZADO EN EL PERIODO LECTIVO 2008 I. FINALIDADES 1.1. Establecer el Cuadro de Distribucion de Horas de Clase como un instrumento tecnico pedagogico de las instituciones educativas para consignar la carga docente del personal Directivo, Jerarquico y docente, en concordancia con el Plan de Estudios vigente y el numero de secciones por MORDAZA, en MORDAZA con el Presupuesto Analitico de Personal - PAP aprobado.

El Plan de Estudios vigente se encuentra aprobado y normado por Resolucion Ministerial Nº 0667-2005-ED, el mismo que esta conformado por horas obligatorias y horas de libre disponibilidad para las areas curriculares establecidas.
EDUCACION BASICA REGULAR NIVEL CICLOS MORDAZA MATEMATICA COMUNICACION IDIOMA EXTRANJERO / ORIGINARIO EDUCACION POR EL ARTE CIENCIAS SOCIALES 1º 3 3 2 2 3 EDUCACION SECUNDARIA VI 2º 3 3 2 2 3 3º 3 3 2 2 3 VII 4º 3 3 2 2 3 5º 3 3 2 2 3

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