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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de marzo de 2008 368832 Modifican R.D. N° 2341/2007/DIGESA/ SA en lo relativo al plazo de vigencia del Permiso Especial a los Juguetes y/o Útiles de Escritorio y aprueban nuevo formato RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1154/2008/DIGESA/SA Lima, 14 de marzo del 2008Visto; el Informe N° 00823-2008/DEPA/DIGESA de la Dirección de Ecología y Protección del Ambiente; CONSIDERANDO:Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final del Reglamento de la Ley N° 28376, Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio tóxicos o peligrosos, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2007-SA, modifi cada por el artículo 4° del Decreto Supremo N° 012-2007-SA, establece que para su comercialización, los juguetes y útiles de escritorio de fabricación nacional o importados, que se encuentren en el mercado interno a la entrada en vigencia del de dicho Reglamento, o que estén amparados en contratos celebrados u operaciones de compra, suministros y/o encargo de fabricación con Cartas de Crédito abiertas a través del sistema fi nanciero peruano con anterioridad a la vigencia del mismo Reglamento y que no se encuentren aún en tránsito del país, deben contar con un Permiso Especial otorgado por la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA, estableciéndose el correspondiente procedimiento; Que, de igual forma, la Séptima Disposición Transitoria y Final del precitado Reglamento, modifi cada por el artículo 4° del Decreto Supremo N° 012-2007-SA, dispone que para la nacionalización de las mercancías que se encuentren en tránsito al país, en zona primaria o sometidas al régimen de depósito, se deberá contar con el Permiso Especial otorgado por la DIGESA señalado en la antes citada Segunda Disposición Transitoria y Final; Que, asimismo, la Décima Disposición Transitoria y Final del mencionado Reglamento, incluida por el artículo 5° del Decreto Supremo N° 012-2007-SA, dispone que el ingreso de mercancías a través de la Zona Franca con destino a la Zona Comercial de Tacna deberá contar con el Permiso Especial otorgado por la Dirección General de Salud Ambiental – DIGESA; Que, mediante el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 2341/2007/DIGESA/SA, modifi cado por el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 2602/2007/DIGESA/SA, se aprobó el instrumento denominado Permiso Especial aplicable para los juguetes y útiles de escritorio cuyas operaciones de compra, suministro y/o encargo de fabricación estén amparadas en Cartas de Crédito abiertas a través del sistema fi nanciero peruano y/o que se encuentren en el mercado interno a la entrada en vigencia del Reglamento de la Ley N° 28376 o de contratos celebrados con anterioridad a la vigencia del Reglamento de la Ley N° 28376 que no se encuentren aún en tránsito al país o en tránsito al país, en zona primaria o sometidas al régimen de depósito; asimismo, para aquellos que se encuentran en la Zona Franca con destino a la Zona Comercial de Tacna; Que, el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 2341/2007/DIGESA/SA establece que la vigencia del Permiso Especial será de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de la Ley N° 28376, el cual tiene carácter transitorio y tiene por fi nalidad dar un plazo de adecuación a los actores involucrados, los mismos que vencerán indefectiblemente el 16 de marzo de 2008; Que, de igual manera, en el Formato del Permiso Especial, que como Anexo forma parte de la Resolución Directoral N° 2602/2007/DIGESA/SA, se estableció que el Permiso Especial a los Juguetes y/o Útiles de Escritorio vencerá indefectiblemente el 16 de marzo de 2008; Que, con el documento del Visto la Dirección de Ecología y Protección del Ambiente ha informado que luego de un análisis técnico, económico y social de la cadena productiva del rubro de juguetes y útiles de escritorio en el país, recomienda que el plazo de vigencia del mencionado Permiso Especial se amplíe hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, en ese orden, en el marco legal referido el Permiso Especial está contemplado dentro de las Disposiciones Transitorias y Finales del precitado Reglamento, lo que implica que la fi nalidad de dicho instrumento es la de facilitar el tránsito al nuevo régimen jurídico previsto en la nueva regulación, esto es las Autorizaciones Sanitarias, y por tanto su naturaleza jurídica es de carácter temporal, en concordancia con lo previsto en el artículo 28° del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2006-JUS; Que, en tal sentido, resulta procedente ampliar el plazo de vigencia del Permiso Especial a los Juguetes y/o Útiles de Escritorio hasta el 31 de diciembre de 2008, modifi cando el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 2341/2007/DIGESA/SA y el Anexo de la Resolución Directoral N° 2602/2007/DIGESA/SA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28376, Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio tóxicos o peligrosos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 008-2007-SA y modifi cado por Decreto Supremo N° 012-2007-SA, la Ley General de Salud, Ley N° 27657, la Ley del Ministerio de Salud, Ley Nº 27657, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, y el Reglamento de Organización de Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA; SE RESUELVE:Artículo 1°- Modifi car el artículo 2° de la Resolución Directoral N° 2341/2007/DIGESA/SA en los siguientes términos: “Artículo 2°- La vigencia del Permiso Especial a los Juguetes y/o Útiles de Escritorio, a que se hace referencia en la Segunda, Séptima y Décima Disposiciones Transitorias y Finales del Reglamento de la Ley N° 28376, Ley que prohíbe y sanciona la fabricación, importación, distribución y comercialización de juguetes y útiles de escritorio tóxicos o peligrosos, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2007-SA y modifi cado por Decreto Supremo N° 012-2007-SA, vencerá indefectiblemente el 31 de diciembre de 2008.” Artículo 2° - Dejar sin efecto el Formato del Permiso Especial a los Juguetes y/o Útiles de Escritorio que como Anexo forma parte de la Resolución Directoral N° 2602/2007/DIGESA/SA, y aprobar el nuevo Formato que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 3°- Disponer que los Permisos Especiales a los Juguetes y/o Útiles de Escritorio otorgados a la fecha tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER E. HERNÁNDEZ CAMPANELLA Director GeneralDirección General de Salud AmbientalDIGESA 176581-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 144-2008/MINSA Mediante Ofi cio N° 610-2008-SG/MINSA el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 144-2008/MINSA, publicada en la edición del día 13 de marzo de 2008. En el artículo 1°:DICE:Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal, de la Dirección de Salud II Lima Sur, a partir del 31 de enero de 2008, el mismo que consta de (…).