Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

Curso Internacional de Especializacion en Sensoramiento Remoto y Sistemas de Informacion Geografica (SIG), a desarrollarse en el Centro Regional de Ensenanza en Ciencia y Tecnologia Espaciales para MORDAZA Latina y el Caribe CRECTEALC - Campus Brasil - INPE - Sao Paulo. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima-Sao Paulo-Lima US$ 913.92 x 1 Oficial Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero US$ 2.400 x 9 Meses x 1 Oficial US$ 80 x 3 Dias x 1 Oficial Gastos de Traslado (Ida-Retorno) US$ 2,400.00 x 02 x 01 Oficial Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 30.25 x 01 Oficial Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la mision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado oficial debera dar cumplimiento a lo dispuesto en los articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y a la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese.

de Cartas Internacionales para cada region geografica, con el objetivo de cubrir areas de interes a la navegacion entre puertos principales del MORDAZA y establecer los minimos juegos de cartas a escalas convenientes, concebidas de comun acuerdo entre los Estados Miembros, del cual, el Peru es integrante de la Comision Regional Hidrografica del MORDAZA Sur Oriental (CRHPSO); Que, el proyecto de la Carta Batimetrica Internacional del MORDAZA Sur Oriental (IBCSEP), es un proyecto de gran interes para la comunidad cientifica internacional, avalado por la Comision Oceanografica Intergubernamental (COI), del Programa de las Naciones Unidas, el cual contribuira sustantivamente al desarrollo de los paises de la region, mediante un mejor conocimiento de las caracteristicas del relieve del lecho MORDAZA y sus parametros geologicos-geofisicos e hidrograficos; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Armero y Capitan de Fragata ESP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en la VIII Reunion de la Comision Regional Hidrografica del MORDAZA Sur Oriental (CRHPSO) y la IV Reunion de la Carta Batimetrica Internacional del MORDAZA Sur Oriental (IBCSEP), a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias - COLOMBIA, a partir del 11 al 16 de MORDAZA de 2008; por cuanto la experiencia a adquirirse redundara en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

180458-11

Autorizan viaje de Oficiales de la MORDAZA de MORDAZA a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 100-2008-DE/MGP
MORDAZA, 25 de marzo de 2008 Visto el Oficio P.200-434 del Director General del Personal de la MORDAZA de fecha 26 de febrero de 2008; CONSIDERANDO: Que, dentro del Plan Anual de Viajes al Extranjero Priorizado se ha considerado la participacion de DOS (2) Oficiales en la VIII Reunion de la Comision Regional Hidrografica del MORDAZA Sur Oriental (CRHPSO) y la IV Reunion de la Carta Batimetrica Internacional del MORDAZA Sur Oriental (IBCSEP), a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias - COLOMBIA, a partir del 11 al 16 de MORDAZA de 2008; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Ano 2008, Prioridad I, aprobado con Resolucion Suprema Nº 044-2008 DE/SG de fecha 11 de febrero de 2008; Que, la Organizacion Hidrografica Internacional promovio la creacion de Comisiones Regionales, con el proposito de confeccionar esquemas integrados

Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Armero, CIP. 00748705, DNI. 43344641 y Capitan de Fragata ESP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 00820544, DNI. 43322221, para que participen en la VIII Reunion de la Comision Regional Hidrografica del MORDAZA Sur Oriental (CRHPSO) y la IV Reunion de la Carta Batimetrica Internacional del MORDAZA Sur Oriental (IBCSEP), a realizarse en la MORDAZA de Cartagena de Indias - COLOMBIA, a partir del 11 al 16 MORDAZA de 2008. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje: MORDAZA - Bogota - Cartagena de Indias (COLOMBIA) - MORDAZA US$ 680.00 x 2 personas (Ida - Retorno) Viaticos: US$ 200.00 x 2 personas x 6 dias Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 2 personas Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la Comision a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El mencionado Personal Superior, debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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