Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2008 (27/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369455 Supremo Nº 036-2007-PCM, cono son los Centros de Desarrollo Integral de la Familia (CEDIF), Educadores de Calle, Servicios Wawa Wasi y Centros Emergencia Mujer (CEM), durante el Año Fiscal 2008, a fi n de garantizar la conveniente atención de los benefi ciarios de tales programas y servicios, en tanto se concluya y se aprueben los mecanismos que operativicen las transferencias de los mismos a los Gobiernos Locales Provinciales correspondientes. El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social podrá adoptar las medidas y ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma.” Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social . Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 180458-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Salud a Ecuador y encargan su Despacho al Ministro de Educación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 067-2008-PCM Lima, 25 de marzo del 2008 Visto el Expediente Nº 08-012758-002 que contiene el documento de fecha 17 de enero de 2008, del Organismo Andino de Salud - Convenio Hipólito Unanue; CONSIDERANDO:Que, el Organismo Andino de Salud - Convenio Hipólito Unanue, es un organismo de integración subregional, perteneciente al Sistema Andino de Integración, cuyo objetivo es coordinar y apoyar los esfuerzos que realizan los países miembros, individual o colectivamente, para el mejoramiento del nivel de salud de sus pueblos, dando prioridad a los mecanismos de cooperación que impulsan el desarrollo de sistemas y metodologías subregionales, coordinando a su vez con otros órganos subregionales, regionales e internacionales las acciones que concurran al logro de dicho fi n; Que, la Reunión de Ministros de Salud del Área Andina (REMSAA), es el órgano máximo del Organismo Andino de Salud - Convenio Hipólito Unanue, y está integrada por los Ministros de Salud de los países miembros, quienes se reúnen ordinariamente una vez al año y extraordinariamente, para atender asuntos urgentes e impostergables, cuando lo convoca el Presidente o a petición de dos o más países; Que, según el documento de visto, la Presidenta saliente y la Presidenta entrante de la REMSAA, han cursado invitación al señor Hernán Jesús Garrido-Lecca Montañéz, Ministro de Salud, a fi n que participe en la XXIX Reunión de Ministros de Salud del Área Andina (REMSAA), en la ciudad de Quito, Ecuador, del 9 al 11 de abril del 2008; Que, en tal sentido, la participación del Ministro en representación del Estado Peruano, como país miembro, es de trascendental importancia, debido a que ello permitirá afirmar el compromiso y voluntad política de los países miembros de avanzar en el cumplimiento de lo acordado en la Cumbre de Cochabamba 2006, que es la elaboración de una agenda en materia de salud que facilite la integración de los pueblos y gobiernos; Que, en consecuencia, es conveniente autorizar el viaje del señor Ministro de Salud a la ciudad de Quito, Ecuador, con el objeto que participe en la mencionada Reunión, el mismo que no irrogará gastos al Estado Peruano; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la cartera de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ministro de Salud, señor HERNÁN JESÚS GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ, a Quito, Ecuador, del 9 al 11 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar la cartera de Salud al Ministro de Educación, señor JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO, a partir del 9 de abril y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, ni dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 180458-7 Autorizan viaje de funcionarios de SUNASS para realizar una pasantía en la Superintendencia de Servicios Sanitarios de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 068-2008-PCM Lima, 25 de marzo de 2008 Visto el Ofi cio Nº 114-2008-SUNASS-030 de la Gerente General (e) de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS. CONSIDERANDO: Que, dentro del marco de la actividad “Fortalecimiento Institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento”, se ha programado una pasantía en la Superintendencia de Servicios Sanitarios de Chile, a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, entre el 7 y el 11 de abril y entre el 5 y el 9 de mayo de 2008; Que resulta de interés institucional la pasantía de funcionarios de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, al ser una oportunidad para perfeccionar y mejorar el modelo regulatorio e intercambiar experiencias sobre los modelos tarifarios del sector saneamiento, la implementación de la contabilidad regulatoria, la participación del sector privado en las empresas de saneamiento, los mecanismos de supervisión y fi scalización y las herramientas utilizadas, las cuales servirán para mejorar la calidad y prestación de los servicios de saneamiento en nuestro país, en benefi cio de los usuarios;