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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de marzo de 2008 369554 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Gastos de Desplazamiento US$ 713,72 Viáticos US$ 800,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 181077-2 Autorizan viaje de asesores de OSIPTEL a Ecuador para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Andina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2008-PCM Lima, 25 de marzo de 2008 Vista la Carta Nº 157-GG.RI/2008 del Gerente General (e) del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; y, CONSIDERANDO:Que en la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 21 al 25 de abril de 2008 se llevará a cabo la Tercera Ronda de Negociaciones del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Andina; Que dentro del marco de apertura comercial que viene impulsando el gobierno peruano, se vienen realizando las negociaciones para la fi rma de un Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Andina de Naciones; Que de conformidad con su Reglamento General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2001- PCM, la actuación del OSIPTEL se orientará a promover las inversiones que contribuyan a aumentar la cobertura y calidad de los servicios públicos de telecomunicaciones; Que para estos efectos es necesario autorizar el viaje de los señores Ignacio Basombrío Zender y Eric Talavera Campbell, Asesores del OSIPTEL, para que en representación de este organismo participen en la citada Ronda de Negociaciones; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y el pago de la tarifa única por uso de aeropuerto que genere el viaje, serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2008; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Ignacio Basombrío Zender y Eric Talavera Campbell, Asesores del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 20 al 26 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Ignacio Basombrío Zender Pasajes aéreos US$ 970,00 Viáticos US$ 1 200,00Tasa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Señor Eric Talavera CampbellPasajes aéreos US$ 970,00 Viáticos US$ 1 200,00Tasa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los asesores a que se refi ere el Artículo 1º de la presente resolución deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 181077-3 Autorizan viaje de funcionarios de OSITRAN a Argentina para participar en la “Cumbre de las Américas: Las Vías con Peaje: Mejorando la Movilidad y la Eficiencia” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2008-PCM Lima, 25 de marzo de 2008 Visto el Ofi cio Nº 112-08-GG-OSITRAN, del Gerente General del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; CONSIDERANDO: Que actualmente el Gobierno peruano ha celebrado contratos de concesión con nueve empresas concesionarias privadas que vienen operando igual número de tramos viales, los que implican un total de 4,134.89 Km. de carreteras. Del total de las concesiones viales, dos (2) corresponden a concesiones autosostenibles y el resto a concesiones cofi nanciadas. En el marco del programa de concesiones del Estado peruano se tiene prevista la entrega en concesión de nuevos tramos viales; Que la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional ha comunicado al Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, la realización de la “Cumbre de las Américas: Las Vías con Peaje: Mejorando la Movilidad y Efi ciencia”, a llevarse a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 30 de marzo al 1 de abril de 2008; Que dentro de los temas a tratarse en el evento se encuentran aquellos directamente vinculados al ámbito de competencia del OSITRAN, tales como fi nanciamiento de la infraestructura vial, experiencia internacional sobre los procesos de concesión, así como temas de operación