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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de marzo de 2008 369555 y administración de la infraestructura vial; los cuales son materia de opinión y decisiones por parte del OSITRAN; Que para tal efecto, resulta de interés institucional la participación en el citado evento de los señores Christy García - Godos Naveda y Héctor Kuang Salas de las Gerencias de Regulación y Supervisión del OSITRAN, respectivamente, por cuanto a través de aquél se podrán fortalecer los aspectos normativos, regulatorios y contractuales que contribuyan a mejorar la calidad de la regulación y supervisión de infraestructura vial por parte del OSITRAN; Que, los gastos correspondientes a pasajes aéreos, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del OSITRAN; De conformidad con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servicios y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Christy García - Godos Naveda y Héctor Kuang Salas de las Gerencias de Regulación y Supervisión de OSITRAN, respectivamente, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 30 de marzo al 2 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán asumidos con cargo al Presupuesto Institucional del OSITRAN, de acuerdo al siguiente detalle: Monto (US$) por los dos funcionarios Pasajes Aéreos 1 644,12 Viáticos 1 600,00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto 60,50 Total 3 304,62 Artículo 3º.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 181077-4 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Venezuela para participar en la Feria Internacional CONSTRUEXPO 2008 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2008-MINCETUR Lima, 25 de marzo de 2008Visto el Ofi cio Nº 091-2008-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, PROMPERÚ, es un organismo público adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ, conjuntamente con siete empresas nacionales ha programado su participación en la Feria Internacional CONSTRUEXPO 2008, a realizarse en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 2 al 6 de abril del 2008, evento que reúne a compradores y vendedores internacionales de materiales y acabados para la construcción; Que, la participación de PROMPERÚ en dicho evento tiene por objeto fortalecer la imagen país en el sector construcción dentro del mercado latinoamericano, buscando potenciales compradores y distribuidores, facilitando el ingreso de los productos peruanos en el mercado internacional; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer, quien presta servicios en la Sub Dirección de Promoción Comercial, para que en representación de la entidad, participe en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refi ere a la instalación del stand peruano; Que, de acuerdo con la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley Nº 29142, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer, quien presta servicios en la Sub Dirección de Promoción Comercial de PROMPERÚ, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 31 de marzo al 7 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 270,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Gustavo Adolfo Trujillo Benguer presentará a la Titular del Pliego de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 181077-5