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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de marzo de 2008 369557 DECRETA: Artículo 1º.- De la Aprobación de la Modifi cación del Contrato Aprobar la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XIII, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-96-EM, con el objeto de refl ejar la sustitución del Garante Corporativo de OLYMPIC OIL AND GAS CORPORATION por COMPAÑÍA MINERA PULLALLI LIMITADA. Artículo 2º.- De la Autorización para suscribir la Modifi cación del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con OLYMPIC PERU, INC., SUCURSAL DEL PERÚ, la Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XIII, que se aprueba en el artículo 1º. Artículo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 181077-1 PRODUCE Declaran nulidad de la R.D. Nº 289- 2007-PRODUCE/DGEPP y declaran improcedente impugnación contra la R.D. Nº 012-2008-PRODUCE/DGEPP RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 049-2008-PRODUCE/DVP Lima, 13 de marzo del 2008VISTO: el escrito de Registro Nº 00047672, de fecha 1 de febrero de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 003- 2000-CTAR/ANCASH/IRP-CH, de fecha 6 de junio de 2000, la Dirección Regional de Pesquería del CTAR-Ancash concedió permiso de pesca al señor ARMANDO HUAMANCHUMO DÍAZ y, su cónyuge, la señora JUANA DE LA CRUZ LOCONI SANPEN, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “DON MANUEL V” de matrícula Nº PL-17781-CM, con 63.08 m3 de volumen de bodega, para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que, posteriormente, a través de la Resolución Directoral Nº 256-2003-PRODUCE/DNEPP, publicada el 9 de octubre de 2003, se publicó la relación de embarcaciones pesqueras que han cumplido con reducir la capacidad de bodega al nivel autorizado o han regularizado su situación administrativa. En esta oportunidad, en el ítem 8 del Anexo respectivo se consigna a la embarcación “DON MANUEL V” con una capacidad de bodega de 71.22 m3; Que, por medio de los escritos de registros Nº 09914, Nº 00013240 y Nº 00016526, de fechas 30 de noviembre de 2006; y, 20 de febrero y 7 de marzo de 2007, respectivamente, el señor MAX HUAMANCHUMO ZUÑE, en representación del señor ARMANDO HUAMANCHUMO DÍAZ y la señora JUANA DE LA CRUZ LOCONI SANPEN, solicitó a la Administración que corrija la Resolución Directoral Nº 256-2003-PRODUCE/DNEPP y la Resolución Directoral Nº 003-2000-CTAR/ANCASH/IRP-CH, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcación “DON MANUEL V”, dado que, a decir del administrado, la capacidad correcta ascendería a 94.28 m3; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 289- 2007-PRODUCE/DGEPP, de fecha 5 de junio de 2007, la DGEPP declaró improcedente la solicitud presentada por el señor MAX HUAMANCHUMO ZUÑE dado que los actos administrativos recaídos en la Resolución Directoral Nº 003-2000-CTAR/ANCASH/IRP-CH, de fecha 06 de junio de 2000 y en la Resolución Directoral Nº 256-2003-PRODUCE/DNEPP, publicada el 9 de octubre de 2003, no fueron impugnados en los plazos de ley; Que, mediante el escrito de registro Nº 005691, de fecha 27 de junio de 2007, el administrado interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral Nº 289-2007-PRODUCE/DGEPP; Que, por medio de la Resolución Directoral Nº 012- 2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 9 de enero de 2008, se declaró inadmisible el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 289-2007- 181076-1 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA COMUNICADO Nº 005-2008-EF/93.01 Se hace de conocimiento de las entidades del Sector Público, usuarias del Sistema Nacional de Contabilidad, que la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, con la fi nalidad de darles facilidades, también recibirá la información contable para la elaboración de la Cuenta General de la República ejercicio 2007, los días sábado 29 y domingo 30 de marzo en el horario de 8:30 a.m. a 7:00 p.m. Asimismo, se recuerda que, según lo establecido en el artículo 28º de la Ley Nº 28708 – Ley del Sistema Nacional de Contabilidad, el día 31 de marzo vence, indefectiblemente, el plazo para la presentación de la información antes indicada. La recepción de información en este día, se realizará hasta las 10:00 p.m. Lima, 27 de marzo de 2008 CPC. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación