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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2008 (28/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de marzo de 2008 369556 Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Ministerio para el Proyecto de Reordenamiento y Rehabilitación del Valle del Vilcanota RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2008-MINCETUR/DM Lima, 26 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29142, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, por Resolución Ministerial Nº 244-2007- MINCETUR/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad/Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, con fecha 27 de junio de 2007, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, PROSUR INGENIERÍA Y SERVICIOS S.A.C. y la Municipalidad Provincial de Calca, suscribieron un contrato para la construcción del telecentro de Calca (COM Nº 001-2007-MINCETUR/CEP-PRRVV/EIP), por el cual, entre otros, la Municipalidad Provincial de Calca se comprometió a fi nanciar el 38% de la ejecución de la indicada obra; Que, según lo informado por la Ofi cina General de Administración, la Municipalidad Provincial de Calca ha transferido a favor del MINCETUR la suma de S/. 48,049.85, que constituye el saldo del aporte que le corresponde asumir en cumplimiento del contrato mencionado en el párrafo precedente; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios a incorporar en sus respectivos presupuestos, mediante la Resolución correspondiente, los mayores recursos fi nancieros provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios; Que, en consecuencia, es necesario incorporar el referido recurso al Presupuesto Institucional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, para el Año Fiscal 2008; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, Estando a lo propuesto por la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de CUARENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 48,050.00) de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En nuevos Soles) FTE. FTO.: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS3.0.0 TRANSFERENCIAS 48,050.00 3.1.0 TRANSFERENCIAS 48,050.003.1.2 INTERNAS: DEL SECTOR PUBLICO 48,050.003.1.2.045 TRANSFERENCIAS GOBIERNOS LOCALES 48,050.00 TOTAL INGRESOS S/. 48,050.00EGRESOS (En nuevos Soles) SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y TurismoUNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección General de Administración – MINCETURFUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y TransferenciasFUNCION 11 : Industria, Comercio y ServiciosPROGRAMA 042 : TurismoSUB PROGRAMA 0113 : Promoción del TurismoPROYECTO 2 017492 : Proyecto de Reordenamiento y Rehabilitación del Valle del Vilcanota 48,050.00 6 GASTOS DE CAPITAL 48,050.00 5 Inversiones 48,050.00 TOTAL PROGRAMA 042 48,050.00 ======== ======== TOTAL EGRESOS S/. 48,050.00 ========Artículo 2º.- La Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, las codifi caciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración – MINCETUR para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria”, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución Ministerial se remitirá, dentro de los cinco (5) días de su expedición, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, conforme al Artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 180391-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XIII DECRETO SUPREMO Nº 019-2008-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fi n de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-96-EM, de fecha 23 de marzo de 1996, se aprobó el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XIII, ubicado entre las provincias de Paita, Sullana y Piura del departamento de Piura, Región Grau, zona Nor Oeste del Perú, suscrito entre PERUPETRO S.A. y OLYMPIC PERU, INC., SUCURSAL DEL PERÚ; Que, el artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo pueden ser modifi cados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modifi caciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11º de la mencionada Ley; Que, mediante Cartas Nº OLY-L-DEV-213-2006 y Nº OLY-DEV-223-2007, de fechas 29 de setiembre de 2006 y 19 de julio de 2007, respectivamente, OLYMPIC PERU, INC., SUCURSAL DEL PERÚ, solicitó a PERUPETRO S.A. la sustitución de su Garante Corporativo OLYMPIC OIL AND GAS CORPORATION por COMPAÑÍA MINERA PULLALLI LIMITADA; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 160-2007 de fecha 20 de diciembre de 2007, aprobó el Proyecto de Modifi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote XIII, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM;