Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2008 (20/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de mayo de 2008 372484 se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 201629-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la formalización de los Créditos Suplementarios del IV Trimestre del año fiscal 2007, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 064-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que la Dirección Nacional del Presupuesto Público propone el proyecto de Decreto Supremo que aprueba las modifi caciones al Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 201-2006-EF, establece, entre otros aspectos, que las modifi caciones al Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se aprueban en períodos trimestrales mediante Decreto Supremo, conforme a los procedimientos establecidos en la “Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2007”; Que, en consecuencia es necesario aprobar la formalización de los Créditos Suplementarios del IV Trimestre del año fi scal 2007, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y, De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el numeral 42.3 del artículo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 201-2006-EF y los artículos 25º, 26º y 27º de la Directiva Nº 004-2007-EF/76.01 aprobada por Resolución Directoral Nº 004-2007-EF/76.01. DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Apruébase, en el Presupuesto Consolidado de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales correspondiente al año fi scal 2007, la formalización de los Créditos Suplementarios del IV Trimestre del citado Año Fiscal por la suma de CIENTO VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 121 248 785,00), de acuerdo al siguiente desagregado: (En Nuevos Soles) INGRESOSFuentes de Financiamiento2 Recursos Directamente Recaudados 63 661 909,003 Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito 735 548,004 Donaciones y Transferencias 56 851 328,00 ____________ TOTAL INGRESOS 121 248 785,00 ============ (En Nuevos Soles) EGRESOSCategorías del Gasto5 Gastos Corrientes 25 922 835,006 Gastos de Capital 95 275 950,007 Servicio de la Deuda 50 000,00 _____________ TOTAL EGRESOS 121 248 785,00 ============ Artículo 2º.- Desagregado del Presupuesto Consolidado El desagregado de los montos aprobados en el artículo precedente, a nivel de Empresa y Organismo Público Descentralizado del Gobierno Regional y Gobierno Local, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente norma legal, de acuerdo a lo siguiente: Descripción Anexo Distribución del Ingreso de las Empresas y Organismos PúblicosDescentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Localespor Fuentes de Financiamiento Anexo Nº I Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Localespor Fuentes de Financiamiento y Grupo Genérico de Gasto Anexo Nº II Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Localespor Grupo Genérico de Gasto - Recursos Públicos Anexo Nº III Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Localespor Grupo Genérico de Gasto - Recursos DirectamenteRecaudados Anexo Nº III-1 Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Localespor Grupo Genérico de Gasto - Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito Anexo Nº III-2 Distribución del Egreso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Localespor Grupo Genérico de Gasto - Donaciones y Transferencias Anexo Nº III-3 Artículo 3º.- Plazo de Aprobación y Presentación del Presupuesto de Apertura considerado en la Formalización de Créditos Suplementarios Las Entidades que por aplicación de la formalización de los Créditos Suplementarios señalada en el artículo 1º, les corresponda la aprobación de sus Presupuestos Institucionales de Apertura para el Año Fiscal 2007, deberán desagregarlo a nivel de fuente de financiamiento y categoría del gasto y autorizarlo mediante Resolución del Titular de la Entidad, dentro de los (5) días hábiles posteriores a la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la citada resolución, así como de los formatos y anexos de aprobación, visados por el Titular de la Entidad y el Jefe de la Ofi cina de Presupuesto son presentados a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, dentro de los cinco (5) días posteriores a su aprobación. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y FinanzasDescargado desde www.elperuano.com.pe