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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2008 (20/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de mayo de 2008 372497 Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., Colombia, Venezuela y Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 060-2008-MTC Lima, 18 de mayo de 2008VISTO: El Informe Nº 230-2008 MTC/12, recibido el 25.04.08, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley son competentes, según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil designados mediante Informe Nº 100-2008-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas a que se contraen la Ordenes de Inspección Nº 842-2008-MTC/12.04 y 843-2008-MTC/12.04; Que los gastos por concepto de viáticos y tarifa única de aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, mediante Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 02289, del 21.04.08, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración otorgó asignación de recursos para el viaje materia de la presente Resolución; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar los viajes de inspecciones técnicas de vigilancia de los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán entre el 02 y 20 de junio de 2008, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 100-2008-MTC/12.04, y Nº 230-2008-MTC/12. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente resolución; a excepción de los traslados aéreos que serán fi nanciados por las empresas aéreas LAN PERÚ S.A. y Cielos del Perú S.A. Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario de su retorno al país, los referidos profesionales deberán presentar a la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría General del Consejo de Ministros, RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 25 DE MAYO AL 14 DE JUNIO DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 115-2008-MTC/12.04 Y Nº 240-20085-MTC/12 ORDEN INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$) TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 993-2008- MTC/12.0425-may 28-mayUS$ 660.00 US$ 30.25Aero Condor S.A.C.Rios Vienrich, Reynaldo JulioMiami, Fl. EUAChequeo técnico en simulador de vuelo del equipo B-7373689-3690 994-2008- MTC/12.0425-may 01-junUS$ 1,400.00 US$ 30.25Taca Perú S.A.Garay Vera, Carlos HumbertoSan Salvador El SalvadorInspección técnica por renovación de constancia de conformidad de 03 aeronaves con matrículas N-492TA, N-495TA y N-496TA6692-6693- 6694-6695-6696-6697- 6698-6699 995-2008- MTC/12.0425-may 01-junUS$ 1,400.00 US$ 30.25Taca Perú S.A.Gallo Lam, Manuel SantiagoSan Salvador El SalvadorInspección técnica por renovación de constancia de conformidad de 03 aeronaves con matrículas N-492TA, N-495TA y N-496TA6692-6693- 6694-6695-6696-6697- 6698-6699 996-2008- MTC/12.0426-may 30-mayUS$ 880.00 US$ 30.25Cielos del Perú S.APazos Raygada, Ricardo RafaelMiami, Fl. EUAChequeo técnico en simulador de vuelo del equipo DC-10 a TT/TT867-866 997-2008- MTC/12.0402-jun 14-junUS$ 2,600.00 US$ 30.25Lan Perú S.A.García Franco, Agustín JoséSantiago de ChileChileInspecciones técnicas por renovación de constancias de conformidad de las aeronaves B-767 con matrículas CC-CVR, CC-CXD, CC- CXE y CC-CWG6709-6710- 6711-6712-6713- 6714-6715-6716 998-2008- MTC/12.0402-jun 14-junUS$ 2,600.00 US$ 30.25Lan Perú S.A.Loo Valverde, Roberto JavierSantiago de ChileChileInspecciones técnicas por renovación de constancias de conformidad de las aeronaves B-767 con matrículas CC-CVR, CC-CXD, CC- CXE y CC-CWG6709-6710- 6711-6712-6713- 6714-6715-6716 201792-11 Descargado desde www.elperuano.com.pe