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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de mayo de 2008 372499 Comunicaciones, que se efectuarán entre el 20 de mayo al 20 de junio de 2008, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 121-2008-MTC/12.04, Nº 134-2008-MTC/12.04, Nº 256-2008-MTC/12 y Nº 264-2008-MTC/12. Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes, a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifas por uso de aeropuerto. Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el anexo de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al titular de la Entidad, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS ENTRE EL 20 DE MAYO AL 20 DE JUNIO DE 2008 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 121-2008-MTC/12.04, Nº 134-2008-MTC/12.04, Nº 256-2008-MTC/12 Y Nº 264-20085-MTC/12 ORDEN INSPECCIÓN NºINICIO FINVIÁTICOS (US$) TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1063-2008-MTC/12.04 20-may 23-mayUS$ 600.00 US$ 30.25Taca Perú S.A. Salinas Moron, Luis MiguelGuatemala (vía El Salvador)El Salvador - GuatemalaInspección de Estación en el Aeropuerto Internacional La Aurora5725-5726 1064-2008-MTC/12.04 27-may 30-mayUS$ 800.00 US$ 30.25Taca Perú S.A.Gonzales Saldarriaga, Miguel EncarnaciónBogotá y MedellínColombiaInspección técnica a la Estación Internacional de Medellín6108-6109 1065-2008-MTC/12.04 03-jun 06-junUS$ 800.00 US$ 30.25Taca Perú S.A.Satornicio Satornicio, Luis GustavoSao Paulo y Río de JaneiroBrasilInspección técnica a la Estación Internacional Galeao A.Carlos Jobim6104-6105 1066-2008-MTC/12.04 02-jun 07-junUS$ 1,100.00 US$ 30.25Lan Perú S.A. Samolski Edery, Simon Miami USAChequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo B-7677624-7729 1031-2008-MTC/12.04 17-jun 20-junUS$ 660.00 US$ 30.25FJ Turbine Power Inc.Garay Vera, Carlos Humberto Miami USAInspección técnica por renovación de Certi fi cado de Taller de Mantenimieto Aeronáutico Extranjero Nº 002 6935-6936- 6937 201793-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan representantes del Poder Judicial ante la Comisión Distrital de Seguridad Ciudadana RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 160-2008-P-CSJLI/PJ Lima, 19 de mayo del 2008VISTO:La Ley Nº 27933 “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana” y la Resolución Administrativa Nº 064-2007-P-CSJL-PJ de fecha treinta de Enero del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, en la mencionada Ley, se conceptúa como “Seguridad Ciudadana”, la acción integrada ejercida por el Estado a través de sus instituciones, contando con la cooperación activa de la ciudadanía, con el fi n de ayudar a ejercer un control de la violencia, reducir la criminalidad y sobre todo garantizar la paz. Que, tal como lo establece la Ley de vista, los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de Seguridad Ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la seguridad ciudadana, así como supervisar y evaluar su ejecución. Que, de conformidad con lo establecido en el considerando precedente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo décimo sexto de la Ley Nº 27933 y estando a que mediante la Resolución Administrativa Nro 064-2007-P-CSJL-PJ, se procedió a designar a los representantes del Poder Judicial para el año judicial dos mil siete, es de imperiosa necesidad para esta Presidencia designar a los representantes del Poder Judicial que integrarán los comités Distritales de Seguridad Ciudadana, a nivel del Distrito Judicial de Lima, para el presente año judicial. Que, conforme lo dispone el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 074-CME-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, y como tal le corresponde cautelar la pronta y efi ciente administración de justicia en su jurisdicción y en uso de sus facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, como representantes del Poder Judicial, ante la Comisión Distrital de Seguridad Descargado desde www.elperuano.com.pe