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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2008 (20/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de mayo de 2008 372498 un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º. - Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos profesionales deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominaciónArtículo 6º .- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíqueseALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL EN ATENCIÓN AL PROGRAMA DE VIGILANCIA DE LAS OPERACIONES AÉREAS INTERNACIONALES - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 02 AL 20 DE JUNIO DE 2008 Y SUSTENTADOS EN LOS INFORMES Nº 100-2008-MTC/12.04 Y Nº 230-2008-MTC/12 ORDEN INSPECCION NºINICIO FINVIATICOS (US$) TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDADES PAISES DETALLE 842-2008-MTC/12.04 02-Jun 08-JunUS$ 1,200.00 US$ 30.25MTCAlvarez Zevallos, Alfredo FedericoMiami, Bogotá, Medellín y CaracasEUA, Colombia y VenzuelaInspecciones técnicas de las estaciones de la empresa Cielos del Perú S.A., según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales en las rutas Miami - Bogotá - Medellín - Caracas. 843-2008-MTC/12.04 16-Jun 20-JunUS$ 1,000.00 US$ 30.25MTCOrtiz Venegas, Juan José LuisGuayaquil EcuadorInspecciones técnicas de las estaciones de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú S.A., como parte del programa de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. 201792-12 Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a El Salvador, Guatemala, Colombia, Brasil y EE.UU., en comisión de servicios y sin irrogarse gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2008-MTC Lima, 18 de mayo de 2008VISTOS:Los Informes Nº 256-2008-MTC/12 y Nº 264-2008- MTC/12, de fechas 08 y 09 de mayo de 2008, de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, los explotadores aéreos han presentado ante la autoridad aeronáutica civil solicitudes para ser atendidas durante los meses de mayo y junio de 2008, acompañando los requisitos establecidos en el marco de los Procedimientos Nº 05, 12 y 16 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, las empresas solicitantes han cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes a los Procedimientos a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes de los servicios, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas órdenes de inspección y referidas en el Informes Nº 256-2008-MTC/12 y Nº 264-2008-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar los viajes en comisión de servicios de los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Descargado desde www.elperuano.com.pe