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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2008 (22/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de mayo de 2008 372580 lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 448 738,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29078 y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 448 738,00), destinadas a la ejecución de 18 proyectos de rehabilitación de saneamiento, priorizados por el Directorio del FORSUR a través del Acuerdo Nº 011-04-2007-D-FORSUR, de acuerdo al detalle siguiente: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia 7 448 738,00 ----------------- TOTAL 7 448 738,00 ========== A LA:SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de MinistrosUNIDAD EJECUTORA 014 : Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007- FORSUR FUNCIÓN 07 : Defensa y Seguridad NacionalPROGRAMA 024 : Prevención y Atención de DesastresSUBPROGRAMA 0066 : Defensa Civil ACTIVIDAD 029434 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital 7 448 738,00 -------------------- TOTAL 7 448 738,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días siguientes de la publicación del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el artículo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil ocho.ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 203115-6 Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros destinadas a las acciones del FORSUR DECRETO SUPREMO Nº 067-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29078 y modifi catorias, se crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, fi nanciera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya fi nalidad es lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus ampliaciones; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras, realizar la evaluación general de los efectos de los sismos del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción necesarios para el cumplimiento de los fi nes del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas públicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el marco de los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción integral de las zonas declaradas en estado de emergencia; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado una Transferencia de Partidas con cargo a la Reserva de Contingencia por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 870 000,00) destinados al FORSUR a fi n de que éste atienda el requerimiento efectuado por el Ministerio de Educación para ser destinados al cofi nanciamiento de los proyectos de reconstrucción de cinco instituciones educativas para el Departamento de Ica, monto que corresponde a la contrapartida nacional de la Cooperación Financiera No Reembolsable para la Reconstrucción por Desastres ofrecido por el Gobierno de Japón al Gobierno del Perú a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón - JICA y que ha sido priorizado por el Directorio del FORSUR según el Acuerdo Nº 043-06-2008-D-FORSUR el cual ha sido ratifi cado por el actual Presidente del Directorio; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos orientados a la Reconstrucción de la Infraestructura por Desastres Naturales, los cuales pueden destinarse al requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 870 000,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 870 000,00) destinados al cofi nanciamiento de los proyectos de reconstrucción de cinco instituciones educativas para el Departamento de Ica, en el marco del Convenio suscrito entre los Gobiernos de Perú y el Japón, acción que ha sido priorizada por el Directorio del FORSUR según el Acuerdo Nº 043-06-2008-D-FORSUR y ratifi cado por el actual Presidente del Directorio, de acuerdo al detalle siguiente: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasDescargado desde www.elperuano.com.pe