Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 448 738,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 29078 y modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 448 738,00), destinadas a la ejecucion de 18 proyectos de rehabilitacion de saneamiento, priorizados por el Directorio del FORSUR a traves del Acuerdo Nº 011-04-2007D-FORSUR, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GOBIERNO CENTRAL 009 Ministerio de Economia y Finanzas 001 Administracion General 03 Administracion y Planeamiento 006 Planeamiento Gubernamental 0019 Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : : : : : :

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

203115-6

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros destinadas a las acciones del FORSUR
DECRETO SUPREMO Nº 067-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

7 448 738,00 ----------------7 448 738,00 ==========

FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: GOBIERNO CENTRAL 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 014 : Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007- FORSUR 07 : Defensa y Seguridad Nacional 024 : Prevencion y Atencion de Desastres 0066 : Defensa Civil 029434 : Atencion de Desastres y Apoyo a la Rehabilitacion y la Reconstruccion 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)

CATEGORIA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL 7. Otros Gastos de Capital TOTAL

7 448 738,00 -------------------7 448 738,00 ===========

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente transferencia de partidas, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias siguientes de la publicacion del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el articulo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho.

Que, mediante la Ley Nº 29078 y modificatorias, se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya finalidad es lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus ampliaciones; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio del FORSUR, entre otras, realizar la evaluacion general de los efectos de los sismos del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en estado de emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR por la Gerencia General, los ministerios, empresas publicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el MORDAZA de los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion integral de las zonas declaradas en estado de emergencia; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado una Transferencia de Partidas con cargo a la Reserva de Contingencia por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 870 000,00) destinados al FORSUR a fin de que este atienda el requerimiento efectuado por el Ministerio de Educacion para ser destinados al cofinanciamiento de los proyectos de reconstruccion de cinco instituciones educativas para el Departamento de Ica, monto que corresponde a la contrapartida nacional de la Cooperacion Financiera No Reembolsable para la Reconstruccion por Desastres ofrecido por el Gobierno de Japon al Gobierno del Peru a traves de la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon - JICA y que ha sido priorizado por el Directorio del FORSUR segun el Acuerdo Nº 043-06-2008-D-FORSUR el cual ha sido ratificado por el actual Presidente del Directorio; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con recursos orientados a la Reconstruccion de la Infraestructura por Desastres Naturales, los cuales pueden destinarse al requerimiento efectuado por la Presidencia del Consejo de Ministros, por lo que es necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 870 000,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 870 000,00) destinados al cofinanciamiento de los proyectos de reconstruccion de cinco instituciones educativas para el Departamento de Ica, en el MORDAZA del Convenio suscrito entre los Gobiernos de Peru y el Japon, accion que ha sido priorizada por el Directorio del FORSUR segun el Acuerdo Nº 043-06-2008-D-FORSUR y ratificado por el actual Presidente del Directorio, de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO : GOBIERNO CENTRAL 009 : Ministerio de Economia y Finanzas

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