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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (04/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de noviembre de 2008 382841 al distrito, siendo derivada este informe a la Gerencia Municipal mediante Informe Nº.686-2008-GA/MVMT de fecha 14 de Octubre del 2008. SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el DESABASTE- CIMIENTO INMINENTE por MAYORIA para la reparación de 02 unidades pertenecientes a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, hasta la culminación de la reparación. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logística la ejecución del proceso de selección por exoneración, por el periodo que dure la situación de desabastecimiento inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, de acuerdo a los siguientes criterios: SERVICIO : Reparación de Camión Cisterna Marca Isuzu FVR y Camión Tracto marca Volvo White. UNIDAD : Unidad CANTIDAD : 2MONTO : Hasta S/. 125,322.00FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 18 Donaciones 09 Recursos Directamente recaudados Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Asesoría Jurídica realice las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de tal situación desabastecimiento inminente, de conformidad con lo señalado por el Artículo 47º del TUO De la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con el Artículo 21º del dispositivo en mención. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, copia del acuerdo y del informe técnico – legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Artículo Sexto.- DISPENSAR del trámite de la lectura del acta correspondiente para su inmediata ejecución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 272896-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLA VISTA Amplían vigencia de la Campaña Gratuita de Registro y Extensión de Licencias Caninas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2008-CDB Bellavista, 10 de octubre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1°.- Ampliar hasta el 15 de noviembre de 2008 la vigencia de la Campaña Gratuita de Registro y Extensión de Licencias Caninas, aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2008-CDB. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Dirección de Servicios Comunales y Protección Ambiental, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal, así como a la Unidad de Imagen Institucional su adecuada difusión. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 273045-1 Establecen lineamientos de política municipal para los jóvenes del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2008-CDB Bellavista, 10 de octubre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS DE POLITICA MUNICIPAL PARA LOS JÓVENES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA Artículo 1º.- Aprobar los LINEAMIENTOS DE POLÍTICA MUNICIPAL PARA LOS JÓVENES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, de acuerdo al documento adjunto que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Disponer la publicación del texto completo de los Lineamientos aprobados en el artículo anterior, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Dirección de Servicios Sociales, Dirección de Participación Vecinal y Unidades Orgánicas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 273046-1Descargado desde www.elperuano.com.pe