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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de noviembre de 2008 383252 Lucy Margot Chafl oque Agapito en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; Que, mediante el escrito de vistos la señora Lucy Margot Chafl oque Agapito ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia y se designe al funcionario que desempeñará el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por la señora LUCY MARGOT CHAFLOQUE AGAPITO, al cargo de Directora General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor EDUARDO NAGAHATA NAGAHATA, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 277118-1 SALUD Disponen publicación del Proyecto de Normativa Gráfica para la mejor aplicación del Reglamento de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 793-2008/MINSA Lima, 10 de noviembre de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2008-SA, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco; Que, conforme a la Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del citado Reglamento, se ha facultado al Ministerio de Salud para que mediante Resolución Ministerial dicte las disposiciones que se requieran para la mejor aplicación del referido Reglamento, Que, para el desarrollo de los aspectos técnicos vinculados al empleo de las advertencias y mensajes sanitarios referidos al consumo de productos de tabaco que forman parte del Reglamento, tanto en los envases como en la publicidad correspondiente, resulta necesario contar con una Normativa Gráfi ca; Que, la Ofi cina General de Comunicaciones ha elaborado un Proyecto de Normativa Gráfi ca, el cual considera los aspectos señalados en el considerando anterior; Que, corresponde disponer la publicación del referido proyecto, a fi n de contar con las opiniones y sugerencias de las personas, instituciones y empresas interesadas en la materia, que permitan mejorar la calidad del documento propuesto y hacer viable su implementación; Con la visación de los Directores Generales de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica y de Comunicaciones, así como del Secretario General y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con el Decreto Supremo Nº 015-2008- SA y el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la publicación por un período de cinco (5) días calendario del Proyecto de Normativa Gráfi ca para la mejor aplicación del Reglamento de Ley Nº 28705, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-SA. Artículo 2º.- La Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud incorporará el referido proyecto en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud, a fi n que esté a disposición de las personas, instituciones y empresas interesadas en la materia. Regístrese, comuníquese y publíqueseÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 276209-1 Autorizan funcionamiento de servicios de salud bajo tarifario diferenciado, en tanto se efectúa el rediseño del servicio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 798-2008/MINSA Lima, 10 de noviembre del 2008Visto el Memorándum Nº 35-2008-JGAAD-JVO/ MINSA CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 640-2008/ MINSA, se dispuso la conformación de una Comisión de Alto Nivel, encargada de evaluar la gestión administrativa y el marco jurídico de los establecimientos de salud que cuenten con los servicios de salud bajo tarifario diferenciado; Que, asimismo la resolución a que se refi ere el considerando precedente, dejó en suspenso los servicios de salud bajo tarifario diferenciado, en tanto la Comisión de Alto Nivel se encuentre en funciones, debiéndose continuar con la atención de los pacientes que a la fecha hayan iniciado su atención o tratamiento en dicho servicio; Que, por Resolución Ministerial N° 643-2008/MINSA, se designó a los integrantes de la Comisión de Alto Nivel, la misma que se instaló el 19 de setiembre del año en curso y que ha emitido recomendaciones iniciales según documento del visto; Que, en ese sentido, teniendo en cuenta el benefi cio que representa el servicio, en particular en los establecimientos con alto nivel de especialización, para los pacientes atendidos y su signifi cativa contribución al fi nanciamiento de los establecimientos de salud, lo que redunda en favor de la población con menores recursos, es conveniente establecer un régimen transitorio durante el cual los servicios bajo tarifario diferenciado continúen funcionando, bajo un marco que resuelva temporalmente y en forma razonable, los principales problemas detectados según Informe de Supervisión al “Servicio Bajo Tarifario Diferenciado” de los Establecimientos de Salud del MINSA de Lima Callao, emitido por la Dirección General de Salud de las Personas a propósito del Informe de N° 2-0191-2008-021-AC-OCNTS-OC/MINSA-01; Que, la Comisión de Alto Nivel, en el proceso de análisis de lo acontecido, de las normas legales vigentes que regulan la materia y el precitado Informe de Supervisión al “Servicio Bajo Tarifario Diferenciado” de los establecimientos de salud del Ministerio de Salud de Lima Callao, recomienda se evalúe la posibilidad de Descargado desde www.elperuano.com.pe