TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de noviembre de 2008 383262 Mil Setecientos Ochenta y Cuatro y 93/100 Nuevos Soles (S/. 411 784.93), monto que cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestal emitida por la Ofi cina General de Planifi cación y Desarrollo Electoral, con fecha 5 de noviembre de 2008 y contenida en el Informe Nº 1235-2008-OL-OGA/ONPE; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º del citado TUO, resulta procedente aprobar la exoneración para la contratación de los servicios de publicidad necesarios para la ejecución del Plan de Medios correspondiente a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008, de la realización del proceso de selección correspondiente, a través de la resolución respectiva; De conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 19º y el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los artículos 145º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Nº 26487, y en los literales k) y aa) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 099-2007-J/ONPE, modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nºs 007 y 058-2008-J/ONPE; y, con el visado de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía para la contratación del “Servicio de Transmisión de Spot”, por la causal de servicios personalísimos, en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2008, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina General de Administración la contratación de los servicios descritos en el artículo precedente con los medios de comunicación y por los montos señalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por un total de Cuatrocientos Once Mil Setecientos Ochenta y Cuatro y 93/100 Nuevos Soles (S/. 411 784.93). Artículo Tercero.- El egreso que demande el cumplimiento de la resolución será afectado a la Actividad 100355: Organizar y Ejecutar los Procesos Electorales, el componente 3.167145: Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, Meta 00006: Conducción de las acciones de comunicación y difusión del Proceso de Revocatoria de Autoridades Municipales, y la específi ca 68: Publicaciones; del presupuesto institucional. Artículo Cuarto.- Remitir la presente resolución y los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) y en el portal institucional. Artículo Sexto.- Disponer que la Ofi cina General de Administración cautele el cumplimiento oportuno de lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 28874, en lo que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa NacionalANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 157-2008-J/ONPE RADIOS DE ALCANCE NACIONAL RAZÓN SOCIAL MONTO DE INVERSIÓN S/. GRUPO RPP S.A. (Radio Programas del Perú)S/. 122 094.00 Ciento veintidós mil noventa y cuatro con 00/100 nuevos soles CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C.(Radio Nueva Q)S/. 74 670.12 Setenta y cuatro mil seiscientos setenta con 12/100 nuevos soles RADIOS DE ALCANCE LOCAL (provincias) RAZÓN SOCIAL MONTO DE INVERSIÓN S/. CORPORACIÓN RADIAL DEL PERÚ S.A.C.(Radio Inca AM)S/. 10 452.95 Diez mil cuatrocientos cincuenta y dos con 95/100 nuevos soles EMISORAS CRUZ DEL PERÚ S.A. S/. 180 560.32 Ciento ochenta mil quinientos sesenta con 32/100 nuevos soles COORDINADORA NACIONAL DE RADIO S/. 24 007.54 Veinticuatro mil siete con 54/100 nuevos soles 277119-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Opinan favorablemente para la emisión de los “Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas - Cuarta Emisión” RESOLUCIÓN SBS Nº 10643-2008 Lima, 31 de octubre de 2008EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADASDE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por el Banco Interamericano de Finanzas, en adelante el Banco, para que se le autorice la emisión de instrumentos fi nancieros de deuda subordinada (Bonos Subordinados) hasta por un monto de S/. 60 000 000.00 (Sesenta millones y 00/100 nuevos soles); y, La solicitud presentada para la autorización del incremento del límite legal de deuda subordinada computable en el patrimonio efectivo, de tal modo que la Deuda Subordinada Redimible que se haya contraído o emitido, o se contraiga o emita en el futuro pueda alcanzar el límite máximo del 50% establecido en el artículo 17° de la Resolución SBS N° 234-99; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en los casos de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y verifi cación de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Descargado desde www.elperuano.com.pe