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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (12/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de noviembre de 2008 383258 vida: mejor hábitat, más seguridad y más salubridad; y establece como objetivos generales, entre otros el superar las condiciones de precariedad de las familias que habitan barrios urbanos subestándar y en las zonas rurales del país, e impulsar la producción habitacional de bajo costo y óptima calidad, tanto en el área urbana como en la rural; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, la Resolución Ministerial Nº 157-2008-VIVIENDA, de fecha 30 de abril del presente, aprobó la selección de 75 distritos en los cuales se realizarían intervenciones a través del componente “La Calle de Mi Barrio” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos; entre los que se encuentra el Distrito de Santa María de la Provincia de Huaura, del Departamento de Lima, asimismo, se aprobaron los porcentajes de los aportes de fi nanciamiento de los proyectos a ejecutarse en los referidos Distritos; Que, mediante Informe Técnico Nº 248-2008- VIVIENDA/VMVU-PIMBP-LEV de fecha 28 de octubre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos emite opinión técnica favorable para aprobar la transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Santa María, hasta por la suma de Setecientos Cincuenta Mil Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 750 006,00) para cofi nanciar la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN, VEREDAS, AREAS VERDES Y PINTADO DE FACHADAS DE LAS CALLES JOSÉ SANTOS CHOCANO, RICARDO PALMA, MICAELA BASTIDAS, CIRO ALEGRIA Y GARCILAZO DE LA VEGA SANTA MARÍA, DISTRITO DE SANTA MARÍA - HUAURA- LIMA “con Código SNIP Nº 83812, monto que equivale al aporte del 81% del costo total de Inversión del Proyecto, de acuerdo a los porcentajes de aportes establecidos en la Resolución Ministerial Nº 157-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 03 de noviembre de 2008, se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Santa María, con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 83812; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, a favor de la Municipalidad Distrital de Santa María, Provincia de Huaura, Departamento de Lima, hasta por la suma de Setecientos Cincuenta Mil Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 750 006,00) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para cofi nanciar la ejecución del proyecto: “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN VEREDAS, AREAS VERDES Y PINTADO DE FACHADAS DE LAS CALLES JOSÉ SANTOS CHOCANO, RICARDO PALMA, MICAELA BASTIDAS, CIRO ALEGRIA Y GARCILAZO DE LA VEGA SANTA MARÍA, DISTRITO DE SANTA MARÍA - HUAURA- LIMA “con Código SNIP Nº 83812, detallado en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del Proyecto del Anexo 1 quedando la Municipalidad Distrital de Santa María, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos.Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la Municipalidad Distrital de Santa María presente al Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, el Contrato de Ejecución Obra o Supervisión del Proyecto; así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo 2 de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la culminación del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 03 de noviembre de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de Santa María para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Específi co señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento R.M. Nº 707-2008-VIVIENDA ANEXO 1 PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA - HUAURA CÓDIGO SNIPPROYECTO TIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIATRANSF. FINANC HASTA POR S/. 83812 CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN, VEREDAS, ÁREAS VERDES Y PINTADO DE FACHADAS DE LAS CALLES JOSE SANTOS CHOCANO, RICARDO PALMA, MICAELA BASTIDAS, CIRO ALEGRÍA Y GARCILAZO DE LA VEGA SANTA MARIA DE HUAURA - PROVINCIA HUAURA - REGIÓN LIMAINDIRECTA 750 006,00 MONTO TOTAL DE TRANSFERENCIA S/. 750 006,00 ANEXO 2 PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA - HUAURACronograma de desembolsos de recursos a transferir CÓDI- GO SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESU- PUESTARIATIEMPOCRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/. TOTAL OBRASUPER- VISIÓN 83812CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN, VEREDAS, ÁREAS VERDES Y PINTADO DE FACHADAS DE LAS CALLES JOSE SANTOS CHOCANO, RICARDO PALMA, MICAELA BASTIDAS, CIRO ALEGRÍA Y GARCILAZO DE LA VEGA SANTA MARIA DE HUAURA - PROVINCIA HUAURA - REGIÓN LIMAINDIRECTA1º Mes 47,628.00 6,097.00 53,725.00 2º Mes 206,240.00 6,098.00 212,338.00 3º Mes 477,845.00 6,098.00 483,943.00 SUB TOTAL731,713.00 18,293.00 750,006.00 276667-1Descargado desde www.elperuano.com.pe