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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de noviembre de 2008 383528 Artículo Tercero.- La ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES ROBERT BOSH SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – ESCUELA ROBERT BOSH SRL, deberá colocar en un lugar visible dentro de su local copia de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES ROBERT BOSH SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – ESCUELA ROBERT BOSH SRL, iniciará el servicio dentro de los treinta (30) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES ROBERT BOSH SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – ESCUELA ROBERT BOSH SRL, deberá presentar: a) Su reglamento interno, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización. b) El original de la carta fi anza Bancaria y copia de la póliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual a favor de terceros, conforme a lo establecido en el artículo 17º del Reglamento de Escuela de Conductores, en un plazo de diez (10) días calendario de obtenida la autorización. c) La relación detallada de los bienes muebles y enseres que constituyen el equipamiento requerido para el funcionamiento de la Escuela de Conductores, conforme se establece en el artículo 16º del acotado Reglamento. d) Copia del contrato de arrendamiento fi nanciero del vehículo de placa de rodaje XH-5456, suscrito entre la empresa Transakal EIRL y Scotiabank Peru SA. Artículo Sexto.- Remitir a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Séptimo.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES ROBERT BOSH SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – ESCUELA ROBERT BOSH SRL, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 277115-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a Colombia para participar en el “Curso La Libertad y la Seguridad en los Procesos Penales Modernos” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 273-2008-CE-PJ Lima, 14 de octubre de 2008VISTA: La comunicación cursada por la Directora de Protocolo y Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia de la República, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la Directora de Protocolo y Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia de la República hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que el doctor Wálter Cotrina Miñano ha obtenido beca parcial para participar en el “Curso La Libertad y la Seguridad en los Procesos Penales Modernos”, convocado por el Centro de Formación de la Agencia Cooperación Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID, a realizarse en Cartagena de Indias – Colombia del 17 al 21 de noviembre del año en curso; Segundo: Que, el citado evento académico se inscribe dentro del marco de desarrollo del programa que la mencionada Agencia Española de Cooperación viene desarrollando con el fi n de contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales de las administraciones públicas de la región iberoamericana, con el objetivo fundamental de coadyuvar en la capacitación y formación de profesionales que trabajan para el sector público; promoviendo la transmisión e intercambio de conocimientos en distintas especialidades, así como la adquisición de habilidades y de recursos técnicos; todo ello en aras de impulsar las potencialidades de las personas que trabajan en instituciones y organismos iberoamericanos, que permita a su vez una respuesta cada vez más efi ciente y de calidad de los servicios públicos y demandas ciudadanas; en tal sentido, el referido curso de especialización permitirá el intercambio de experiencias y puntos de vista, para la elaboración de estrategias, instrumentos internacionales, mecanismos internacionales y regionales de protección y promoción de la libertad y seguridad en los procesos penales modernos, fomentando el debate entre los participantes sobre las cuestiones que se suscitan en la actualidad sobre el tema; todo lo cual resulta convergente con los esfuerzos que este Poder del Estado viene desarrollando dentro de los proyectos de mejoramiento de los servicios de justicia, y en especial de implementación a nivel nacional del Nuevo Código Procesal Penal; Tercero: Que, dada la trascendencia de los temas a tratar en el “Curso La Libertad y la Seguridad en los Procesos Penales Modernos”, resulta conveniente autorizar al doctor Wálter Cotrina Miñano, Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fi n de que participe en el mencionado certamen; correspondiendo al Poder Judicial asumir los gastos no cubiertos por la entidad organizadora; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 241º, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Wálter Cotrina Miñano, Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la ciudad de Cartagena de Indias – Colombia para que participe en el “Curso La Libertad y la Seguridad en los Procesos Penales Modernos”, convocado por el Centro de Formación de la Agencia Cooperación Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID, a realizarse del 17 al 21 de noviembre del año en curso; concediéndosele licencia con goce de haber por tales fechas. Artículo Segundo.- Los gastos no cubiertos de pasajes aéreos, impuesto Córpac y assiscard, estarán a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Descargado desde www.elperuano.com.pe