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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (21/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES Lima, martes 21 de octubre de 2008 381874 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Disponen el embanderamiento general del distrito con motivo de la celebración del XIX Aniversario de Creación Política del distrito de Santa Anita DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00005-2008/MDSA Santa Anita, 15 de octubre del 2008LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley No. 27680, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el 25 de Octubre del presente, se celebra el XIX Aniversario de la Creación Política del Distrito de Santa Anita; por ello la Administración Municipal considera conveniente resaltar este hecho trascendente, con el propósito de fortalecer y reafi rmar nuestra conciencia cívica, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales, como lo es el embanderamiento de todos los inmuebles del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del Distrito de Santa Anita, a partir del 21 de Octubre hasta el 31 de Octubre del 2008, con motivo de la celebración por el XIX Aniversario de Creación Política del Distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General y Areas Administrativas correspondientes, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 266822-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban Beneficio de Regularización Tributaria y Administrativa ORDENANZA Nº 017-2008-MDLP La Perla, 15 de octubre del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha, 15 de Octubre del 2008, el Dictamen de la Comisión de Administración Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de Benefi cio de Regularización Tributaria y Administrativa; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado señala que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el artículo 9º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que en el segundo párrafo del artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que “excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, los intereses y las sanciones respecto a los tributos que administra” Que, el artículo 52° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, dispone “que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne”; Que, el artículo 60° inciso b) del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que la supresión de tasas y contribuciones, las Municipalidades no tienen ninguna limitación legal. Que, la política de la actual Gestión Municipal, está orientada a velar por el saneamiento y actualización de los estado de cuenta de sus contribuyentes y responsable y en la línea de fomento del bienestar procurando dictar las medidas que permitan la solución de la problemática planteada actuando con equidad y tomando en consideración la situación económica que atraviesa nuestro país, ofreciendo a nuestros vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por cuanto la presente gestión municipal tiene sentada sus bases en una justa, humana y efi ciente administración; Que según información proporcionada por la Sub Gerencia de Control y Recaudación mediante el Informe Nº 485-2008-SGCyR-GAT/MDLP; la base de datos del Sistema Tributario Municipal registra saldos por cobrar al 10-09-2008 correspondientes a los años 2,003,2004 y 2005 los mismos que se encuentran el interés calculado al 18-09-2008. Que según información proporcionada por la Sub Gerencia de Control y Recaudación mediante el Informe Nº 518-2008 SGCyR-GAT/MDLP; remite el resumen de las multas administrativas indicando el monto de la cobranza y las multas incluyen deudas de cobranza coactiva. Que, mediante Memorando Nº 0331 –2008- GAT/ MDLP, la Gerencia de Administración Tributaria presenta el Proyecto de Ordenanza sobre Benefi cios de Regularización Tributaria y Administrativa con motivo de celebrase un aniversario más de creación del Distrito de la Perla, tal propuesta se efectúa por cuanto los arbitrios de los años 2003,2004,2005 son ejercicios vencidos y en consecuencia sufren un porcentaje de castigo en la provisión de cobranzas dudosas de acuerdo a la antigüedad de la deuda, en lo que respecta a las multas tributarias se busca incentivar al vecino a que regularice la información correcta de su predio condonándole el pago de la multa tributaria, por cuanto lo que le interesa a la administración tributaria es contar con una base de datos tributaria que contenga la información real de cada uno de los predios del Distrito con el objeto que se determine el real monto del impuesto predial y arbitrios que debe pagar el administrado; Que, mediante Informe Nº 328-GAJ/MDLP, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal respectiva que el proyecto de Ordenanza de Regularización Tributaria y Administrativa se encuentran debidamente fundamentada con la exposición de motivos y con sus respectivas argumentos de hecho y derecho por lo que esta Gerencia opina procedente en consecuencia póngase a consideración del pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobación de considerarlo pertinente; Que mediante Informe Nº 140-2008- GM-MDLP, La Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de Alcaldía para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal. 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