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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de octubre de 2008 381925 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en cuyas disposiciones se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el artículo 2° numeral 5 de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 3° del referido TUO, todas las actividades de las entidades comprendidas en dicha Ley están sometidas al principio de publicidad, para lo cual los funcionarios responsables de brindar la información correspondiente al área de su competencia deberán prever una adecuada infraestructura, así como la organización, sistematización y publicación de la información; y en consecuencia, se deben adoptar las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública; Que, asimismo, el artículo 5° numeral 4 del precitado TUO señala que las entidades de la Administración Pública establecerán la difusión a través de Internet de las actividades ofi ciales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiéndose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente; Que, en cumplimiento de tales disposiciones los Órganos de Alta Dirección: Despacho Ministerial, Despacho Viceministerial de Energía, Despacho Viceministerial de Minas y Secretaría General; así como el Órgano Jurisdiccional Administrativo: Consejo de Minería y el Órgano de Defensa Judicial: Procuraduría Pública, vienen publicando en el portal web institucional, sus respectivas agendas de actividades oficiales; Que, en ese contexto y en aras de garantizar la adecuada transparencia en las actividades realizadas al interior del Ministerio de Energía y Minas, se ha considerado pertinente disponer que en lo concerniente a la publicidad de las agendas de actividades oficiales correspondientes, se comprenda además a los Órganos de Asesoramiento: Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Asesoría Jurídica y Oficina de Gestión Social; al Órgano de Apoyo: Oficina General de Administración; y, a los Órganos de Línea: Dirección General de Electricidad, Dirección General de Electrificación Rural, Dirección General de Hidrocarburos, Dirección General de Minería, Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos y Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros; Que, de conformidad con el TUO de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Disponer que los Órganos de Asesoramiento: Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Asesoría Jurídica y Oficina de Gestión Social; el Órgano de Apoyo: Oficina General de Administración; y, los Órganos de Línea: Dirección General de Electricidad, Dirección General de Electrificación Rural, Dirección General de Hidrocarburos, Dirección General de Minería, Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos y Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, publiquen sus respectivas agendas de actividades oficiales, en la página web del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2°.- Para efectos de lo señalado en el artículo precedente, las dependencias orgánicas señaladas deberán remitir a la Ofi cina de Informática, sus agendas correspondientes, las mismas que tendrán que actualizarse con una periodicidad diaria. Artículo 3°.- La Secretaría General distribuirá para conocimiento y cumplimiento, copia de la presente Resolución Ministerial a todas las Direcciones Generales, Ofi cinas Generales y demás dependencias del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 4°.- La presente Resolución será publicada en el portal web del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 268028-1 Aprueban Formato de Solicitud de Concesión de Beneficio y/o Ampliaciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1073-2008-MEM/DGM Lima, 17 de octubre de 2008VISTOS:El formato de Solicitud de Concesión de Benefi cio y/o Ampliaciones elaborado por la Dirección Técnica Minera; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Directoral N° 259-99-EM-DGM se aprobó el formato de Solicitud de Concesión de Benefi cio y/o Ampliaciones para su uso obligatorio por los usuarios, a fi n de garantizar que los procedimientos mineros respondan a los principios de certeza y uniformidad concordantes con el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 052-99-EM que modifi có el artículo 35° del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92-EM; Que, por Resolución Directoral N° 207-2002-EM- DGM se aprobó el formato de Solicitud de Concesión de Benefi cio y/o Ampliaciones y el formato de Solicitud de Autorización de Benefi cio de Minerales para la Minería Artesanal y/o Ampliaciones; Que, mediante Resolución Directoral N° 342-2004- MEM/DGM, la Dirección General de Minería aprobó nuevos formatos de Solicitud de Concesión de Benefi cio y/o Ampliaciones así como de Solicitud de Autorización de Benefi cio de Minerales para la Minería Artesanal y/o Ampliaciones considerando la inclusión de determinados rubros para una adecuada utilización por parte de los titulares de la actividad minera; Que, para el cumplimiento de su objetivo, es necesario precisar la Información Obligatoria para Procedimiento de Concesión de Benefi cio señalada en el formato de Solicitud de Concesión de Benefi cio y/o Ampliaciones aprobado por Resolución Directoral N° 342-2004-MEM/DGM; De conformidad con lo establecido en el artículo 101° - w) del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-92-EM y el artículo 98° - aa) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el formato de Solicitud de Concesión de Benefi cio y/o Ampliaciones que forma parte integrante de la presente resolución como Anexo N° 1. Artículo 2º.- El formato aprobado será de uso obligatorio por los usuarios que presenten las solicitudes correspondientes. Regístrese y publíquese. ALFREDO RODRÍGUEZ MUÑOZ Director General de MineríaDescargado desde www.elperuano.com.pe