Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (25/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de octubre de 2008 382135 la República y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, conforme al Artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 268766-2 Establecen nuevo plazo para que las personas naturales o jurídicas propietarias y/o poseedoras de máquinas tragamonedas pertenecientes a modelos no autorizados y registrados (homologados) procedan a su inscripción en el Registro correspondiente RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1426-2008-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 21 de octubre del 2008CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27153 - Ley que regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, modifi cada por la Ley Nº 27796 y por la Ley Nº 28945 “Ley de Reordenamiento y Formalización de la actividad de explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas”, y disposiciones reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establecieron las normas que rigen la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país, a fi n de preservar y proteger a la ciudadanía de los posibles perjuicios o daños que afectan la moral, la salud y seguridad públicas, entre otros; Que, mediante el artículo 25º de la citada Ley, sustituido por el artículo 12º de la Ley Nº 27796, se estableció como función de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la de expedir directivas de obligatorio cumplimiento para la mejor aplicación de la misma Ley y sus normas reglamentarias; Que, en cumplimiento de sus funciones, la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, dictó la Resolución Directoral Nº 368-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobando la Directiva Nº 004-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, con el fi n de establecer normas complementarias al procedimiento de autorización y registro (homologación) de modelos de máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura previsto en el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR. Que, en el Título II de la referida Directiva, se estableció que la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas llevaría un Registro de máquinas tragamonedas pertenecientes a modelos no autorizadas y registradas (homologadas), otorgándose un plazo de veinte (20) días hábiles para que los propietarios y/o poseedores de máquinas tragamonedas en dichas condiciones, cumplan con inscribirlas en el referido registro, a efectos de ver la posibilidad de su autorización y registro (homologación); Que, dicho plazo ha resultado insufi ciente, puesto que se ha detectado la existencia de un considerable número de máquinas tragamonedas no autorizadas y registradas (homologadas) que no han sido inscritas en el Registro antes referido; razón por la que resulta conveniente establecer un nuevo plazo de veinte (20) días hábiles para su inscripción, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral; En cumplimiento del literal b) del artículo 25º de la Ley Nº 27153, sustituido por el artículo 12 de la Ley Nº 27796 y, estando a lo opinado en el Informe Nº 1229-2008-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR, del Sub Director de Autorización y Registro de esta Dirección General;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer un nuevo plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral, para que las personas naturales o jurídicas propietarias y/o poseedoras de máquinas tragamonedas pertenecientes a modelos no autorizados y registrados (homologados) procedan a su inscripción en el Registro a que se refi ere el Título II de la Directiva Nº 004-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, aprobada por Resolución Directoral Nº 368-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT. Artículo 2º.- La inscripción en el Registro de máquinas tragamonedas a que se refi ere el artículo precedente, se realizará observando las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 004-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, anteriormente citada. Artículo 3º.- Únicamente aquellas máquinas tragamonedas inscritas en el Registro antes referido, se encontrarán comprendidas en los alcances de la autorización y registro (homologación) que puedan concederse sobre la base de informes técnicos comparativos elaborados por las entidades autorizadas a expedir certifi cados de cumplimiento. Artículo 4º.- De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 10º de la Ley Nº 27153 y normas modifi catorias, los modelos de máquinas tragamonedas no autorizados y registrados (homologados) por la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, no pueden ser objeto de autorización para su explotación en las salas de juego de máquinas tragamonedas del país. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casinoy Máquinas Tragamonedas 268540-1 DEFENSA Aprueban modificación del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2008 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 498-2008-DE/SG Lima, 24 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Que, el artículo 8.2º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, estableció como una de las medidas de austeridad en Bienes y Servicios, la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, siendo canalizadas las excepciones a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizados mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, por Resolución Suprema Nº 044-2008-DE/ SG de fecha 11 de febrero de 2008, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa año 2008, considerando solamente los viajes que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales establecidos para el Ejercicio Fiscal 2008; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 041-DE/ SG de fecha 15 de diciembre de 1989, señala que el Plan Anual de Viajes al extranjero del personal militar que irrogue gastos al Estado será aprobado por Resolución Suprema; Que, en atención a las recientes nuevas medidas de austeridad dispuestas por el Supremo Gobierno para paliar los efectos de la crisis económica internacional, se Descargado desde www.elperuano.com.pe