Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2008 (29/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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de llevar a cabo el MORDAZA de arrendamiento de la Feria Automotriz en el Damero "A" de Gamarra; la Resolucion de Gerencia Municipal Nº 308-2008-GM/MLV del 17 de octubre de 2008 y, el Informe Nº 658-08-GAJ/MDLV de fecha 22 de octubre de 2008 de la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante los cuales se propone la aprobacion de ubicacion de stands para la ejecucion de la referida Feria a llevarse a cabo en el emporio comercial en mencion. CONSIDERANDO:

Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a las Municipalidades autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, estableciendo ademas que corresponde, a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, asimismo el articulo 195º de la MORDAZA constitucional en mencion, establece que las Municipalidades promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; teniendo por ello competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el parrafo final del articulo 55º de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-, senala que todo acto de disposicion (...) sobre el patrimonio municipal debe ser de conocimiento publico; Que, la Ordenanza Metropolitana Nº 097 del 30 de setiembre de 1996, que regula el Regimen Inmobiliario de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales que la integran; establece en su articulo 7º que, el arrendamiento de los inmuebles de propiedad municipal o de sus secciones se realiza mediante subasta publica. Las bases establecen las condiciones de la subasta; Que el inciso a), del numeral 2.3 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, define como Actos de Administracion, a aquellos a traves de los cuales se ordena el uso y aprovechamiento de los bienes estatales como: (...), arrendamiento, (...), que no impliquen desplazamiento de dominio; Que, mediante Ordenanza Nº 044-08/MDLV de fecha 26 de marzo de 2008, se modifico el articulo 33º de la Ordenanza Nº 035-MDLV disponiendo que la Municipalidad podra, segun elija, autorizar el funcionamiento o suscribir contratos de arrendamiento, concesion o similares para la instalacion de modulos de bienes, servicios, entretenimientos y alimentacion en areas de uso publico, de conformidad con las ubicaciones y condiciones aprobadas mediante Decreto de Alcaldia; Que, segun Resolucion de Gerencia Municipal Nº 3082008-GM/MLV del 17 de octubre de 2008, se aprueban los valores comerciales determinados para la realizacion de la Feria Automotriz en el Damero "A" de Gamarra. Asimismo, se deja establecido que la aprobacion de los precitados valores comerciales de las doce (12) ubicaciones en mencion de 100 m2 cada una, han sido determinadas unica y exclusivamente para la realizacion de la subasta publica de arrendamiento de espacios publicos para la ejecucion de la Feria Automotriz en el Damero "A" de Gamarra. En este contexto, se encarga a la Gerencia de Administracion y Finanzas y al Comite Especial encargado de llevar a cabo el MORDAZA de subasta publica de arrendamiento para la ejecucion de la referida feria en el lugar indicado; Que, mediante Informe Nº 658-08-GAJ/MDLV del 22 de octubre de 2008, la Gerencia de Asesoria Juridica indica que resulta viable la aprobacion de doce (12) stands en el Damero "A" de MORDAZA, a fin que se continue con el procedimiento de integracion de bases administrativas; Que, para el adecuado cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza Nº 044-08/MDLV del 26 de marzo de 2008, asi como del Acuerdo de Concejo Nº 065-08-MDLV del 11 de MORDAZA de 2008, se requiere la debida aprobacion mediante Decreto de Alcaldia de las ubicaciones propuestas para la implementacion del procedimiento de arrendamiento de espacios publicos mediante subasta publica, para ejecutar la Feria Automotriz en el Emporio Comercial de Gamarra; Estando al merito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar las doce (12) ubicaciones que se senalan en los documentos de vistos, para

la realizacion de la Feria Automotriz, cuyo detalle de ubicacion, numero de stands y medida de los mismos se precisan en el Oficio Nº 017-2008-MLV/PCE, emitido por la Presidencia del Comite Especial encargado de llevar a cabo el MORDAZA de arrendamiento de la Feria Automotriz en el Damero "A" de MORDAZA que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Dejar establecido que la aprobacion de las precitadas doce (12) ubicaciones detalladas son unica y exclusivamente para la realizacion de la convocatoria publica de arrendamiento de espacios, para la ejecucion de la Feria Automotriz en el Damero "A" de MORDAZA, de conformidad a lo indicado mediante Resolucion de Gerencia Municipal Nº 308-2008-GM/MLV. Articulo Tercero.- Encargar la supervision del cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal. Articulo Cuarto.- Encargar la elaboracion de bases tecnicas a la Gerencia de Desarrollo Economico en coordinacion con el Comite Especial encargado, de conformidad a lo establecido en el articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 065-2008/MLV. Registrese, comuniquese y cumplase, MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 269622-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Amplian alcances de la Ordenanza Nº 244-MDMM, estableciendo sanciones para propietarios que permitan la reparacion y mantenimiento de sus vehiculos en la via publica
ORDENANZA Nº 364-MDMM MORDAZA MORDAZA, 13 de agosto de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 16 del articulo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, es funcion de las municipalidades, impulsar una cultura civica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservacion y mejora del ornato local; Que, mediante Ordenanza Nº 244-MDMM se MORDAZA el funcionamiento de los establecimientos y/o locales dedicados a brindar servicios de reparacion y mantenimiento de vehiculos, a fin de que sus actividades economicas MORDAZA realizadas dentro de un MORDAZA de respeto a los derechos del vecindario; Que, por ello, a traves de la precitada MORDAZA se prohibio expresamente la realizacion de trabajos de reparacion y mantenimiento de vehiculos en la via publica, estableciendose las sanciones de multa y clausura, ademas de la revocatoria de licencias de funcionamiento, para aquellos establecimientos que incumplen esta disposicion; Que, no obstante ello, el numero de quejas vecinales por los trabajos de reparacion y mantenimiento de vehiculos en la via publica, se ha incrementado, por lo

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