Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2008 (29/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de octubre de 2008

El Informe Nº 138-2008/SUNASS-110 de fecha 10 de octubre de 2008, elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria, referido al reajuste de tarifas por servicios de saneamiento y de precios por servicios colaterales, por variacion del Indice de Precios al por Mayor (IPM) de aquellas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento -EPSque no cuentan con formula tarifaria aprobada; CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º de la Ley Nº 263381, Ley General de Servicios de Saneamiento, modificado por el articulo 5º de la Ley Nº 288702, establece que la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento -SUNASS- aplicara el reajuste de tarifas por incremento de indices de precios al por mayor (IPM), a aquellas EPS que no cuenten con formulas tarifarias aprobadas; Que, el articulo 55º del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD3, establece que carecen de valor los incrementos en los precios de los servicios colaterales que hayan sido efectuados por las EPS y que no esten de acuerdo a lo dispuesto en dicho Reglamento ni con el Reglamento aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-SUNASS-CD; Que, el articulo 58-A del citado Reglamento General de Tarifas, el cual fuera incorporado por la Resolucion de Consejo Nº 052-2007-SUNASS-CD4, dispone que a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 28870, la SUNASS aplicara el reajuste de tarifas a las EPS que no cuenten con formula tarifaria aprobada o vigente. Asimismo, que cuando la variacion del IPM alcance el 3% o mas, mediante Resolucion de Consejo Directivo publicada en el Diario Oficial El Peruano, la SUNASS dispondra la aplicacion del reajuste automatico de tarifas y precios de los servicios colaterales para todas las EPS sin formula tarifaria, bajo responsabilidad del Directorio de la EPS. Segun el articulo 58º del Reglamento General de Tarifas, el reajuste se calcula tomando como base el IPM considerado en el calculo del ultimo reajuste por este concepto al cual tuvo derecho las EPS, independientemente de su ejercicio; Que, el articulo 59º del Reglamento General de Tarifas establece que para el caso de las EPS sin formula tarifaria, el plazo MORDAZA para efectuar el reajuste de tarifas y precios es de noventa (90) dias calendario computados a partir del mandato de la SUNASS contemplado en el articulo 58-A del citado Reglamento; Que, la Gerencia de Regulacion Tarifaria senala en su Informe Nº 138-2008-SUNASS-110 que la variacion del IPM al mes de septiembre del ano 2008, tomando como base de calculo el IPM del mes de junio del ano 2008, ha alcanzado el 3.77%, por lo que corresponde realizar el ajuste a las EPS sin formula tarifaria aprobada, las cuales se detallan en anexo; Que, el reajuste tarifario dispuesto por mandato expreso del articulo 58-A del Reglamento General de Tarifas tiene por finalidad fortalecer la capacidad economica y financiera de las EPS, de modo que cuenten con los recursos tecnicos y humanos necesarios que les permitan prestar sus servicios con niveles de eficiencia y calidad, siendo los usuarios del servicio los beneficiarios finales; De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27332, el articulo 34º de la Ley Nº 26338, el articulo 26º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, el articulo 58-A del Reglamento General de Tarifas; El Consejo Directivo en su Sesion Nº 21-2008; HA RESUELTO: Articulo Primero.- Disponer que las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento -EPS- que no cuenten con formula tarifaria aprobada o vigente reajusten sus tarifas por servicios de saneamiento en un 3.77%, por concepto de variacion acumulada del IPM al mes de septiembre del ano 2008, tomando como base de calculo el mes de junio del ano 2008. La relacion de EPS que efectuaran el referido reajuste, se detalla en el Anexo 1 de la presente Resolucion. Para estos efectos, seran de aplicacion los articulos

59º, 60º y 61º del Reglamento General de Tarifas, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD. Articulo Segundo.- Disponer que las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento -EPS- que no cuenten con formula tarifaria aprobada o vigente reajusten sus precios por servicios colaterales en un 3.77%, por concepto de variacion acumulada del IPM al mes de septiembre del ano 2008, tomando como base de calculo el mes de junio del ano 2008. El reajuste de precios de servicios colaterales dispuesto por el presente articulo, no sera de aplicacion en los casos contemplados en el articulo 55º del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD, por tanto, solo podran efectuar el reajuste las EPS listadas en el Anexo 2. Registrese, comuniquese y publiquese.

Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Seoane, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Olivarez Vega. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de MORDAZA de 1994 y vigente a partir del dia siguiente de su publicacion. Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de agosto de 2006 y vigente a partir del dia siguiente de su publicacion. Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de febrero de 2007 y vigente a partir del dia siguiente de su publicacion. Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de agosto de 2007 y vigente a partir del dia siguiente de su publicacion.

ANEXO 1 RELACION DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIO DE SANEAMIENTO QUE DEBERAN EFECTUAR EL REAJUSTE DE SUS TARIFAS POR VARIACION DEL IPM
Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 EPS SEMAPACH S.A. EPS MORDAZA CENTRAL S.A. EPS MORDAZA S.R.LTDA. EMAPA HUARAL S.A. EPSEL S.A. SEDACHIMBOTE S.A. EMAPA CANETE S.A. SEDAJULIACA S.A. EMAPA HUANCAVELICA S.A.C. SEDAM HUANCAYO S.A.C. EPSSMU S.R.LTDA. EPS GRAU S.A. EPS SEDALORETO S.A. SEMAPA BARRANCA S.A. EMAPAT S.R.LTDA. EMSAPA YAULI EMAPACOP S.A. EPS MANTARO S.A. EMPSAPA CALCA EMSA MORDAZA S.A. EMAPA Y EPS AGUAS DEL ALTIPLANO EMPSSAPAL S.A. SEDAPAR MORDAZA NOR MORDAZA S.A. EMAPAVIGSSA EMAPA SAN MORDAZA S.A. EMSAP CHANKA EMAPA PASCO S.A. EMAPICA S.A. EMAPISCO S.A. EMAQ S.R.LTDA. EPS MARANON EMAPAB S.R.LTDA. EPS ILO S.R.LTDA.

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