Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2008 (11/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Para el ascenso a MORDAZA o Capitan de Navio se requiere un minimo de VIENTIDOS (22) anos de servicios reales y efectivos; para el ascenso a General de Brigada, Contralmirante o Mayor General, VEINTIOCHO (28) anos de servicio reales y efectivos y para General de Division, Vicealmirante o MORDAZA General, TREINTA Y TRES (33) anos de servicio reales y efectivos. En el caso de los Oficiales de Servicios, procedentes de universidades, para el ascenso a MORDAZA o Capitan de Navio se requiere un minimo de veinte (20) anos de servicios reales y efectivos, y para el ascenso a General de Brigada, Contralmirante o Mayor General, VEINTICINCO (25) anos de servicios reales y efectivos. Articulo 10º.- Del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y del Comandante General de la respectiva Institucion Armada El General de Division, el Vicealmirante o el MORDAZA General, en situacion de actividad, que sea designado Jefe del Comando Conjunto o Comandante General de su Institucion Armada, ostentara la denominacion de General de Ejercito, MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA o General del Aire, respectivamente, otorgandoseles los distintivos correspondientes. Las denominaciones previstas en el primer parrafo son ejercidas unicamente con fines de representatividad, no constituyen grado en la jerarquia militar, ni implican mayor remuneracion o beneficio adicional al percibido por los Generales de Division, Vicealmirantes y Tenientes Generales de la respectiva Institucion Armada. El Oficial General o MORDAZA que sea nombrado corno Jefe del Comando Conjunto o Comandante General de la Institucion Armada correspondiente, ejerce, la funcion por un periodo no mayor de DOS (2) anos. En caso de cumplir los TREINTA Y OCHO (38) anos de servicios como Oficial, durante el ejercicio de cualquiera de los cargos senalados en el parrafo precedente, pasa a la situacion de retiro. Articulo 44º.- Causales de retiro A) El Oficial pasa a la situacion de retiro por cualquiera de las siguientes causales: 1. Limite de edad en el grado. 2. Cumplir TREINTA Y OCHO (38) anos de servicios 3. Renovacion 4. Enfermedad o incapacidad sicosomatica 5. Limite de permanencia en situacion de disponibilidad 6. Medida disciplinaria 7. Insuficiencia profesional. 8. Sentencia judicial. 9. Cese en el cargo de Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas o de Comandante General de cada una de las Instituciones Armadas 10. Limite de veces sin alcanzar vacante en el MORDAZA de Ascenso 11. A su solicitud 12. Participar en la ruptura del orden constitucional Entiendase esta causal como el hecho de suprimir o modificar el regimen constitucional contribuyendo con su accionar a deponer a las autoridades elegidas o a consolidar gobiernos de facto. B) El pase a la situacion de retiro es dispuesto segun la categoria del Oficial por las autoridades que a continuacion se indican, mediante la respectiva Resolucion, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano o notificada segun sea el caso. 1. Por el Presidente de la Republica, para Oficiales Generales y Almirantes mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta de su respectiva Institucion Armada. 2. Por el Ministro de Defensa, para Oficiales Superiores mediante Resolucion Ministerial, refrendada por el Comandante General del Instituto que corresponde, a propuesta de su respectiva Institucion Armada. 3. Por el Comandante General, para Oficiales Subalternos por Resolucion de la Comandancia General y refrendada por el Director o Comando de Personal. C) Se efectuara una ceremonia en cada Institucion Armada al personal que pase a la Situacion de Retiro por las causales siguientes: 1. Limite de edad en el grado 2. Cumplir TREINTA Y OCHO (38) anos de servicios 3. Renovacion

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DEFENSA

Modifican el Reglamento de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 020-2008-DE/SG
MORDAZA, 10 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28359, se promulgo la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG de fecha 14 febrero 2005, se aprobo el Reglamento de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2006-DE/ SG de fecha 15 setiembre 2006, se aprobo modificar el Reglamento de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, en lo relativo a los anexos (1), (2) y (3) del Reglamento MORDAZA citado; Que, por Ley Nº 29219, se modificaron determinados articulos de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29219, encarga al Ministerio de Defensa, adecuar a dicha Ley, en un plazo de SESENTA (60) dias utiles, lo dispuesto en los articulos 7º, 10º, 44º, 45º Literal A), 46º y 53º, del Reglamento de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG de fecha 14 febrero 2005; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8, del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; A lo acordado con el Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de los articulos 7º, 10º, 44º, 45º Literal A), 46º y 53º del Reglamento de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas. Modificar los articulos 7º, 10º, 44º, 45º Literal A), 46º y 53º del Reglamento de la Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG del 14 febrero 2005, conforme a los textos siguientes: Articulo 7º Tiempo Minimo de anos de servicios en el grado militar El numero minimo de anos de servicio en cada grado militar requerido para el ascenso al grado inmediato superior es el siguiente:
1. Subteniente, MORDAZA de Fragata, o MORDAZA 2. MORDAZA o MORDAZA MORDAZA 3. Capitan o MORDAZA Primero 4. Mayor o Capitan de Corbeta 5. MORDAZA MORDAZA, Capitan de Fragata o Comandante 6. MORDAZA o Capitan de Navio 7. General de Brigada, Contralmirante o Mayor General 8. General de Division, Vicealmirante o MORDAZA General 4 anos 4 anos 4 anos 5 anos 5 anos 6 anos 5 anos Hasta cumplir 38 anos de servicio

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