NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (11/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 24
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de setiembre de 2008 379474 Artículo 10º.- Documentos para la Obtención de la Beca de Subvención de Estudios. a.- Ficha de datos personales, proporcionada por la Universidad o Universidades a cargo de la administración, debidamente llenado, incluyéndose la dirección electrónica del postulante. b.- Copia del Documento Nacional de Identidad o de la Partida de Nacimiento del postulante, según corresponda. c.- Copia de la Constancia expedida por la Entidad Educativa respecto a la ubicación del postulante dentro del tercio superior del Cuadro de Orden de Méritos, en cuanto a sus estudios cursados o que se encuentre cursando. d.- Ficha socio-económica con la debida consignación de los datos requeridos, formato que será proporcionado por la Universidad o Universidades a cargo de la administración. Las copias simples deben ser autenticadas por el Fedatario de la Universidad o Universidades a cargo de la administración. Artículo 11º.- Documentos para la Obtención de la Beca de Subvención de Viajes a Concursos Internacionales. a.- Ficha de datos personales, proporcionada por la Comisión de Califi cación de Subvenciones de Viajes, debidamente llenado, incluyéndose la dirección electrónica del postulante. b.- Copia del Documento Nacional de Identidad o de la Partida de Nacimiento del postulante, según corresponda. c.- Los estudiantes deberán adjuntar los documentos que acrediten su clasifi cación obtenida para tal fi n, cartas de invitación del organizador del Concurso Internacional o la aceptación a participar del organizador del Concurso Internacional; así como el Programa e Itinerario del Concurso Internacional; pasaporte; visa y el permiso de salida del país correspondiente si es menor de edad o incapaz. TÍTULO III DIFUSIÓN, CONVOCATORIA E INSCRIPCIÓN CAPÍTULO ÚNICO DIFUSIÓN, CONVOCATORIA E INSCRIPCIÓN Artículo 12º.- De la Difusión y Convocatoria. La difusión del Programa, así como su convocatoria, deberá realizarse de manera descentralizada a cargo de una o más Universidades de prestigio del país que administran el Programa de conformidad con lo establecido por en el artículo 2º de la presente norma. La Ofi cina de Becas y Crédito Educativo, en adelante OBEC, realizará de manera descentralizada, complementaria y en calidad de colaboración la labor de difusión y alcances del Programa. La convocatoria al Programa de becas se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano, en los portales electrónicos de las Universidades e Instituciones Públicas Nacionales, así como en otros medios de comunicación de mayor circulación en el país. Artículo 13º.- De la Inscripción. Los postulantes que reúnan los requisitos previstos en el artículo 8º de la presente norma, deben presentar la totalidad de la documentación establecida en el artículo 10º de la presente norma de manera directa en la sede de las Universidades que administren el Programa, a través de terceros con el poder simple correspondiente, o a través de correo certifi cado. La inscripción de los estudiantes destacados a la Beca de Subvención de Viajes a Concursos Internacionales será presentado ante la Comisión de Calificación de Subvenciones de Viaje a Concursos Internacionales, la misma que determinará a los seleccionados. Los postulantes recibirán por correos electrónicos, la comunicación de su admisión como postulantes válidos, lo cual equivaldrá a su inscripción.TÍTULO IV ETAPAS DEL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS CAPÍTULO I GENERALIDADES DEL PROCESO DE OTORGAMIENTO DE LAS BECAS Y ETAPAS DE SELECCIÓN Artículo 14º.- Generalidades del Proceso de Otorgamiento. Las etapas del proceso de otorgamiento de las becas, son de carácter eliminatorio, cuyos resultados se publican en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional de las Universidades a cargo de la selección, así como del Ministerio de Educación. Artículo 15º.- Etapas del Proceso para el Otorgamiento de las Becas de Subvención de Estudios. El Proceso de Selección comprende las siguientes etapas: a.- Etapa de Pre-selección Estará a cargo de una o más Universidades de prestigio del país que administran el Programa, la que verifi cará el cumplimiento de cada uno de los requisitos y de los documentos señalados en los artículos 8º y 10º de la presente norma. b.- Etapa de Selección Luego del proceso de evaluación de los candidatos pre-seleccionados, la Universidad a cargo de la administración de las Becas de Estudio determinará la relación de benefi ciarios, debiéndose suscribir el acta correspondiente. La Universidad encargada de la administración elaborará instrumentos, criterios de evaluación y puntuación, que serán considerados en el proceso de selección a que se refi ere el presente artículo. Artículo 16º.- Proceso de Otorgamiento para la Obtención de las Becas de Subvención de Viajes a Concursos Internacionales. El proceso estará a cargo de la Comisión de Califi cación correspondiente, la que verifi cará el cumplimiento de cada uno de los requisitos y documentos establecidos en los artículos 9º y 11º de la presente norma. Luego del proceso de evaluación de los estudiantes destacados, la Comisión de Califi cación determinará los benefi ciarios, debiéndose suscribir el acta correspondiente; el otorgamiento y ejecución se realizará mediante Resolución Jefatural de la OBEC, la que será publicada en los medios señalados en el artículo 17º de la presente norma. CAPÍTULO II OTORGAMIENTO DE BECAS DE SUBVENCIÓN DE ESTUDIOS Artículo 17º.- Otorgamiento. La relación de benefi ciarios con la Beca de Subvención de Estudios; en el orden de mérito obtenido, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional de la Universidad encargada de la selección y del Ministerio de Educación, en concordancia con lo establecido por el Decreto Legislativo, la misma que quedará consentida transcurridos (05) cinco días hábiles y no mediase recurso impugnatorio. El otorgamiento de la beca se hará ofi cial mediante Resolución Jefatural de la OBEC, la cual será publicada en los mismos medios detallados en el párrafo que precede. TÍTULO V OBLIGACIONES, SANCIONES, SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN CAPÍTULO I OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS Artículo 18º.- Obligaciones de los Becarios. Los benefi ciarios a las becas tienen las siguientes obligaciones: Descargado desde www.elperuano.com.pe