Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2008 (11/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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2.- MORDAZA MORDAZA SANTISTEVAN 3.- MORDAZA MORDAZA DE LA FUENTE Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

3. MORDAZA autenticada por el fedatario del MINJUS o legalizada por Notario Publico del Acta de Asamblea de Asociados o el documento de similar rango, en el que consten los siguientes acuerdos: a) Constitucion del Centro de Conciliacion, en la que debera adoptarse la denominacion, y de ser el caso la abreviatura;(...)" Articulo 49º.- De las instalaciones del Centro de Conciliacion: DICE: "Las instalaciones que se propongan para el funcionamiento de un Centro de Conciliacion seran de uso exclusivo el servicio de conciliacion extrajudicial, debiendo contar como minimo con los ambientes descritos en el articulo anterior. (...)" DEBE DECIR: "Las instalaciones que se propongan para el funcionamiento de un Centro de Conciliacion seran de uso exclusivo del servicio de conciliacion extrajudicial, debiendo contar como minimo con los ambientes descritos en el articulo 47º numeral 14) del presente Reglamento. (...)" Articulo 53º.- Del procedimiento para la autorizacion de centro de conciliacion DICE: "Recibida la solicitud, el MINJUS verificara en el plazo de cinco (5) dias habiles, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los articulos 57º y 59º del presente Reglamento.(...) Cumplidos los requisitos para obtener la autorizacion del Centro de Conciliacion, el MINJUS ordenara, dentro de los cinco (5) dias habiles de efectuada la verificacion, que se lleve a cabo una inspeccion en la sede del Centro de Conciliacion a autorizarse, a fin de constatar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los articulo 57º numeral 13) y 59º del presente Reglamento.(...)" DEBE DECIR:

250380-1

JUSTICIA
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 014-2008-JUS

Mediante Oficio Nº 530-2008-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS, publicado en nuestra edicion del dia 30 de agosto de 2008. Articulo 1º.- Objeto DICE: "(...) y en sus disposiciones complementarias y finales." DEBE DECIR: "(...) y en sus transitorias y finales." disposiciones

modificatorias,

complementarias,

Articulo 7º.- Materias conciliables DICE: "(...) Cuando de trate de derechos laborales, oponibles a terceros (...)" DEBE DECIR: "(...) Cuando se trate de derechos laborales oponibles a terceros (...)" Articulo 33º.- De los requisitos para acreditarse como Conciliador Extrajudicial DICE: "(...) Adicionalmente para la aprobacion de la acreditacion, el MINJUS verificara el cumplimiento de lo senalado en el articulo 37º del presente Reglamento (...)" DEBE DECIR: "(...) Adicionalmente para la aprobacion de la acreditacion, el MINJUS verificara el cumplimiento de lo senalado en el articulo 82º del presente Reglamento (...)" Articulo 47º.funcionamiento DICE: " (...) 3. MORDAZA autenticada por el fedatario del MINJUS o legalizada por Notario Publico del Acta de asamblea de asociados o el documento de similar rango, en el consten los siguientes acuerdos: a) Constitucion del Centro de Conciliacion, en la debera adoptarse la denominacion, y de ser el caso la abreviatura;(...)" DEBE DECIR: " (...) De los requisitos para su

"Recibida la solicitud, el MINJUS verificara en el plazo de cinco (5) dias habiles, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los articulos 47º y 49º del presente Reglamento.(...) Cumplidos los requisitos para obtener la autorizacion del Centro de Conciliacion, el MINJUS ordenara, dentro de los cinco (5) dias habiles de efectuada la verificacion, que se lleve a cabo una inspeccion en la sede del Centro de Conciliacion a autorizarse, a fin de constatar el cumplimiento de las condiciones establecidas en los articulo 47º numeral 14) y 49º del presente Reglamento.(...)" Articulo 56º.- De las obligaciones del Centro de Conciliacion DICE: "(...) 9. Permitir al supervisor (...)" DEBE DECIR: "(...) 9. Brindar al supervisor (...)" Articulo 71º.funcionamiento DICE: "La solicitud de autorizacion de funcionamiento de Centros de Formacion de Conciliadores debera acompanar lo siguiente: (...) De los requisitos para su

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