Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2008 (20/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 20 de setiembre de 2008

y Contrataciones de la Entidad, publicando la resolucion o acuerdo correspondiente, remitiendolo junto con el Informe Tecnico-Legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones", asimismo se debe exonerar a los procesos de seleccion que sera necesarios para la Construccion de la obra "Defensa Riberena del Rio Mosna - Sector Millhuish"; Que, con la finalidad de salvaguardar la integridad fisica de las personas, asi como el patrimonio de los mismos frente a desastres naturales, existe dentro de los supuestos de exoneracion previstos en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM, uno que ha contemplado aquellos casos en los cuales las Entidades requieren adquirir o contratar por una situacion de emergencia. Al respecto, por situacion de emergencia se entiende "aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional". Siendo esta causal de naturaleza excepcional y extraordinaria, solo se faculta a la Entidad a ordenar la adquisicion o contratacion de lo estrictamente necesario para prevenir y atender el desastre, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes. En estos supuestos, la concurrencia de una causal de exoneracion por situacion de emergencia solo faculta a las Entidades a dejar de llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, resultando de aplicacion los actos de planificacion y programacion que preceden al MORDAZA, y las normas que rigen la suscripcion y ejecucion de los contratos publicos: Bajo estas condiciones, en el MORDAZA de una efectiva situacion de emergencia, conforme a lo informado por la Secretaria Tecnica de Defensa Civil de la Entidad, resultaria justificado que la Entidad realice las acciones necesarias para contrarrestar la situacion riesgosa, efectuando las ampliaciones de plazo necesarias o los trabajos adicionales que correspondieran, en tanto se configuren los supuestos y condiciones previstos en la Ley y el Reglamento, ya que de otro modo la Entidad no podria alcanzar la finalidad del contrato, cual es atender la situacion de emergencia suscitada, mas aun si la Entidad no realizara MORDAZA de seleccion posterior, puesto que el contrato que tiene celebrado satisface definitivamente su necesidad; Que, luego de una deliberacion y sometido a votacion, los senores Regidores por mayoria acordaron: Declarar en situacion de emergencia, para la construccion inmediata de la "Obra Defensa Riberena del Rio Mosna - Sector Millhuish" del caserio de Millhuish del distrito de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, exonerandose de los procesos de seleccion correspondientes, encargandose a la Gerencia Municipal, la adquisicion o contratacion

exonerada, segun los canones establecidos en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de esta institucion, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el SEACE, el instrumento de aprobacion, informes, bases y demas datos relevantes segun lo establece el articulo 147º del Reglamento y la Directiva Nº 001-2004/CONSUCODE/PRE. Remitase MORDAZA del presente Acuerdo, asi como de los Informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo legal respectivo. Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificacion y Presupuesto y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo, asi como las demas acciones que correspondan, con arreglo a ley; Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Distrital de San Marcos; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de Emergencia, para la construccion inmediata de la "Obra Defensa Riberena del Rio Mosna - Sector Millhuish" del caserio de Millhuish del distrito de San MORDAZA, de la provincia de MORDAZA, exonerandose de los procesos de seleccion correspondientes, encargandose a la Gerencia Municipal, la adquisicion o contratacion exonerada, segun los canones establecidos en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de esta institucion, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el SEACE, el instrumento de aprobacion, informes, bases y demas datos relevantes segun lo establece el articulo 147º del Reglamento y la Directiva Nº 001-2004/CONSUCODE/PRE. Articulo Tercero.- Remitase MORDAZA del presente Acuerdo, asi como de los Informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo legal respectivo. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, el cumplimiento del presente Acuerdo, asi como las demas acciones que correspondan, con arreglo a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 253477-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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