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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (20/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de setiembre de 2008 como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 314-MSS, de fecha 10 de setiembre del 2008, se autoriza la celebración del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, el día 13 de diciembre del 2008, en el marco de las actividades celebratorias del Septuagésimo Noveno Aniversario de la creación política del distrito de Santiago de Surco. Que, el Artículo Tercero de la citada Ordenanza autoriza al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para cumplir sus objetivos; Estando al Informe Nº 791-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º inciso 6) y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- REALIZAR la celebración del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, el día 13 de diciembre del 2008, a las 12:00 p.m. en el Jockey Club del Perú en el marco de las actividades celebratorias del Septuagésimo Noveno Aniversario de la creación política del Distrito de Santiago de Surco. Artículo Segundo.- ESTABLECER como requisitos del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, los siguientes: - Partida de Nacimiento original y actualizada (2008) de ambos contrayentes. - Documento Nacional de Identidad - DNI, en original y copia de ambos contrayentes autenticadas por Fedatario Municipal.- Documento Nacional de Identidad - DNI original y copia de dos (02) testigos (no familiares). - Declaración Jurada de Domicilio del contrayente que vive en el distrito de Santiago de Surco. - Fotografía reciente a color tamaño pasaporte de ambos contrayentes. - Certifi cado Médico Prenupcial y Consejería Preventiva emitida por el Centro Médico Municipal. - Pago único de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles). - En caso de menores, divorciados, viudos, extranjeros, personas con parentesco entre sí, o matrimonios por poder, deberán adjuntar además los requisitos señalados por el Ítem 1.05, de la Unidad Orgánica: Secretaria General, del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad - TUPA aprobado por la Ordenanza Nº 70-MSS, publicada el 17 de junio del 2001, en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER, la Exoneración de la Publicación del Edicto Matrimonial a los contrayentes del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General y la O fi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYROAlcalde 254107-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario O fi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario O fi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justi fi car y, si se agregasen grá fi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L380010 Descargado desde www.elperuano.com.pe