NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (20/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de setiembre de 2008 Que, el artículo 41º de la acotada ley expresa que los ACUERDOS son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Informe Nº546-2008-SGI/MDRN, de fecha 20.Agosto.08, el Arq. Eduardo Huerta Gavilán - Sub Gerente de Infraestructura, presenta el requerimiento para adquisición de un terreno para la “Planta de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos”, para lo cual adjunta el Informe Técnico y Términos de Referencia Nº006-08-SGI/MDRN, en el que establece las características que debe advertir dicho predio, y establece la ubicación de dicho predio en el Centro Poblado de Portillo Alto, que reúne las características necesarias, el mismo que se complementa con el Informe Nº511-2008-GRJ-DRSJ-DESA que establece que con fecha 18. Julio.08, la Dirección Regional de Salud, realizó una visita de inspección al terreno denominado “Fundo Santa Cecilia”, ubicado en el Centro Poblado Portillo Alto, cuya extensión es de 8.00 hectáreas, y luego de veri fi car sus especi fi caciones, concluyen que dicho predio reúne las condiciones para la implantación del Proyecto “Planta de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos”, en el Distrito de Río Negro; Que, mediante Informe Nº152-2008-AAM-JAA/MDRN el Jefe de Abastecimiento, solicita al Concejo Municipal la exoneración del proceso de selección para la adquisición del Terreno denominado “Fundo Santa Cecilia”, ubicado en el Centro Poblado Portillo Alto, toda vez que cumple con los fi nes que persigue el Informe Técnico alcanzado por la Sub Gerencia de Infraestructura; Que, mediante el Informe Legal Nº163-2008-AL/MDRN, el Asesor Legal - el Abogado Eduardo Rivero Cortijo, señala que la adquisición el inmueble sugerido, por la Sub Gerencia de Infraestructura se adecua a lo previsto en el Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº083-2004-PCM, que establece las causales por las cuales pueden exonerarse los procesos de selección, entre ellos el inciso d) señala que “Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, debiendo tomar acciones inmediatas para su contratación”; Que, el Art. 20º de la precitada ley, establece que existen formalidades para los procedimientos no sujetos a procesos de selección, entre ellas que sea aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal (en caso de gobiernos Locales), debiendo con carácter de obligatorio, contar previamente con un informe técnico - legal, publicación del Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, y remitirse copias del acuerdo de Concejo e informes sustentatorios ante la Contraloría General de la República, y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, estando a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y en cumplimiento de los acuerdos adoptados en forma UNANIME por parte de los miembros del Concejo Municipal de Río Negro, en la Sesión Ordinaria Nº017-2008 de fecha 4 de setiembre del 2008; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la EXONERACIÓN del Proceso de Selección, para la adquisición de Terreno en tres (08) Hectáreas valorizado en S/. 70,000.00 (Setenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) de propiedad de PANTALEON ALARCÓN PALOMINO y CERAFINA PAITÁN DE ALARCÓN, predio denominado Fundo “Santa Cecilia” ubicado en el Centro Poblado Portillo Alto, del Distrito de Río Negro, Provincia de Satipo, Departamento de Junín, debido a que no existe un bien inmueble sustituto al requerimiento por la Sub Gerencia de Infraestructura para la ejecución del Proyecto “Planta de Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sólidos”. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Área de ABASTECIMIENTO realizar las acciones correspondientes para la adquisición del bien inmueble mencionado, conforme a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del Presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano, y poner de Conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JOSÉ EDGAR ZEVALLOS RAMÍREZ Alcalde 253958-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de terreno ubicado en área urbana del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 117-2008-CM/MDRN Río Negro, 4 de septiembre de 2008 VISTO:El Informe Nº 134-2008-DPC-SGI, presentado por el Jefe del Departamento de Planeamiento y Catastro y Informe Legal Nº 047-2008-AL/MDRN; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que signi fi ca la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41º de la acotada ley expresa que los ACUERDOS son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Informe Nº 134-2008-DPC-SGI/MDRN, de fecha 5.Agosto.08, el Arq. Edson Castro Peña - Jefe del Departamento de Planeamiento y Catastro, solicita la adquisición de un terreno para permutar con la Comunidad Nativa de Río Bertha - Anexo San Sebastián, para lo cual adjunta el Acta de reunión de la Comunidad Nativa de Río Bertha - Anexo San Sebastián de fecha 12.Febrero.2008 donde señalan la ubicación de dicho Terreno en el Lote Nº13 - Área Urbana Cercado de Río Negro, el mismo que se complementa con el Informe Nº139-2008-DPC-SGI/MDRN, del mismo Departamento; Que, mediante Informe Nº 131-2008-AAM-JAA/ MDRN el Jefe de Abastecimiento, solicita al Concejo Municipal la exoneración del proceso de selección para la adquisición del Terreno, ubicado en el Área Urbana signado como el Lote Nº13, toda vez que cumple con los fi nes exigidos por la Comunidad Nativa Río Bertha - Anexo San Sebastián; Que, mediante el Informe Legal Nº 155-2008-AL/ MDRN, el Asesor Legal - el Abogado Eduardo Rivero Cortijo, señala que la adquisición el inmueble sugerido, por el Departamento de Planeamiento y Catastro se adecua a lo previsto en el Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, que establece las causales por las cuales pueden exonerarse los procesos de selección, entre ellos el inciso d) señala que “Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, debiendo tomar acciones inmediatas para su contratación”; Que, el Art. 20º de la precitada ley, establece que existen formalidades para los procedimientos no sujetos a procesos de selección, entre ellas que sea aprobado por Acuerdo de Concejo Municipal (en caso de gobiernos Locales), debiendo con carácter de obligatorio, contar previamente con un informe técnico - legal, publicación del Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, y remitirse copias del acuerdo de Concejo e informes sustentatorios ante la Contraloría General de la República, y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;380016 Descargado desde www.elperuano.com.pe