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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (20/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de setiembre de 2008 380001 del proceso de licitación; conforme al principio jurídico de “quien puede lo más, puede lo menos”, es igualmente procedente que una solicitud de cancelación pueda considerarse factible, aún encontrándose el proceso, en las etapas previas al proceso de licitación; Que, del análisis de los fundamentos de la solicitud de cancelación se concluye que efectivamente la demanda en las zonas de concesión de las LICITANTES ha sido objeto de variaciones signi fi cativas; Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la solicitud de Cancelación del Proceso de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Hidrandina S.A, Electronoroeste S.A y Electronorte S.A.; Que, en ese sentido, se han emitido los Informes N° 0395-2008-GART y N° 0398-2008-GART, de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la Resolución OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD, que aprueba la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la solicitud de Cancelación del Proceso de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Hidrandina S.A, Electronoroeste S.A y Electronorte S.A., cuyas bases se aprobaron mediante Resolución OSINERGMIN N° 475-2008-OS/CD. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y consignada, conjuntamente con los Informes N° 0395-2008-GART y N° 0398-2008-GART, en la página Web de OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRAPresidente del Consejo Directivo 253925-1 Aprueban solicitud de cancelación de Proceso de Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Electro Sur Medio S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 595-2008-OS/CD Lima, 18 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución OSINERGMIN N° 571- 2008-OS/CD, publicada el 31 de julio de 2008, se aprobaron las Bases para la Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la empresa Electro Sur Medio S.A.A. (en adelante “ELECTRO SUR MEDIO”); Que, posteriormente, con fecha 18 de agosto del presente, la empresa ELECTRO SUR MEDIO remitió carta N° A-010707-2008/GC, solicitando se deje sin efecto las Bases aprobadas por Resolución OSINERGMIN N° 571-2008-OS/CD; Que, en ese sentido, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante GART), con fecha 02 de setiembre, solicita a la empresa, mediante O fi cio N° 0760-2008-GART, subsane su solicitud, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 12° de la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD; Que, ELECTRO SUR MEDIO mediante carta N° A- 011461-08/GC, remite el informe motivado para la cancelación del proceso de licitación. En dicho informe sustentatorio, la empresa argumenta que la solicitud de cancelación del proceso de licitación se debe a que se está modifi cando el período y la cantidad de contratación de potencia y energía asociada; Que, respecto a la solicitud de ELECTRO SUR MEDIO, cabe indicar que la Norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, aprobada mediante Resolución OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD, aplicable a la licitación de suministros de ELECTRO SUR MEDIO, en su Artículo 12° dispone que un proceso de licitación podrá ser cancelado hasta antes de la etapa de Presentación de Propuestas y Adjudicación de Buena Pro, previa autorización de OSINERGMIN, para lo cual el Conductor del Proceso debe efectuar su solicitud por escrito junto con un informe que motive la solicitud de cancelación; Que, si bien en el presente caso, ya se había realizado las etapas previas al proceso de licitación, es menester indicar de modo general que, aun cuando la Norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”, defi ne, en su numeral 5, las etapas y fechas del proceso de licitación; conforme al principio jurídico de “quien puede lo más, puede lo menos”, es igualmente procedente que una solicitud de cancelación pueda considerarse factible, aún encontrándose el proceso, en las etapas previas al proceso de licitación; Que, del análisis de los fundamentos de la solicitud de cancelación se acredita que el ajuste de las proyecciones de la demanda a licitar, así como el recorte del período a considerar en la licitación de los requerimientos de potencia y energía de ELECTRO SUR MEDIO, con fi guran un requerimiento de suministro que es completamente distinto al contenido en las Bases aprobadas mediante la Resolución OSINERGMIN N° 571-2008-OS/CD, siendo además razonables los argumentos expuestos por dicha empresa en su carta N° A-010707-2008/GC, todo lo cual justifi ca la solicitud de cancelación; Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la solicitud de Cancelación del Proceso de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución ELECTRO SUR MEDIO; Que, en este sentido, se han emitido los Informes N° 0396-2008-GART y N° 0399-2008-GART, de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el Artículo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la Resolución OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD, que aprueba la norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la solicitud de Cancelación del Proceso de Licitación de Suministro de Energía Eléctrica para la Empresa Concesionaria de Distribución Electro Sur Medio S.A.A., cuyas bases se aprobaron mediante Resolución OSINERGMIN N° 571-2008-OS/CD. Artículo 2°.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con los Informes N° 0396-2008-GART y N° 0399-2008-GART, en la página Web de OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRAPresidente del Consejo Directivo 253926-1Descargado desde www.elperuano.com.pe