Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2008 (20/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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380001

del MORDAZA de licitacion; conforme al MORDAZA juridico de "quien puede lo mas, puede lo menos", es igualmente procedente que una solicitud de cancelacion pueda considerarse factible, aun encontrandose el MORDAZA, en las etapas previas al MORDAZA de licitacion; Que, del analisis de los fundamentos de la solicitud de cancelacion se concluye que efectivamente la demanda en las zonas de concesion de las LICITANTES ha sido objeto de variaciones significativas; Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la solicitud de Cancelacion del MORDAZA de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Hidrandina S.A, Electronoroeste S.A y Electronorte S.A.; Que, en ese sentido, se han emitido los Informes N° 0395-2008-GART y N° 0398-2008-GART, de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la Resolucion OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD, que aprueba la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica". SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la solicitud de Cancelacion del MORDAZA de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Hidrandina S.A, Electronoroeste S.A y Electronorte S.A., cuyas bases se aprobaron mediante Resolucion OSINERGMIN N° 475-2008-OS/CD. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y consignada, conjuntamente con los Informes N° 0395-2008-GART y N° 0398-2008-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 253925-1

Aprueban solicitud de cancelacion de MORDAZA de Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 595-2008-OS/CD MORDAZA, 18 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 5712008-OS/CD, publicada el 31 de MORDAZA de 2008, se aprobaron las Bases para la Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la empresa Electro Sur Medio S.A.A. (en adelante "ELECTRO SUR MEDIO"); Que, posteriormente, con fecha 18 de agosto del presente, la empresa ELECTRO SUR MEDIO remitio carta N° A-010707-2008/GC, solicitando se deje sin efecto las Bases aprobadas por Resolucion OSINERGMIN N° 571-2008-OS/CD; Que, en ese sentido, la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART), con fecha 02 de setiembre, solicita a la empresa, mediante Oficio N° 0760-2008-GART, subsane su solicitud, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 12° de la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de suministros

de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD; Que, ELECTRO SUR MEDIO mediante carta N° A011461-08/GC, remite el informe motivado para la cancelacion del MORDAZA de licitacion. En dicho informe sustentatorio, la empresa argumenta que la solicitud de cancelacion del MORDAZA de licitacion se debe a que se esta modificando el periodo y la cantidad de contratacion de potencia y energia asociada; Que, respecto a la solicitud de ELECTRO SUR MEDIO, cabe indicar que la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD, aplicable a la licitacion de suministros de ELECTRO SUR MEDIO, en su Articulo 12° dispone que un MORDAZA de licitacion podra ser cancelado hasta MORDAZA de la etapa de MORDAZA de Propuestas y Adjudicacion de Buena Pro, previa autorizacion de OSINERGMIN, para lo cual el Conductor del MORDAZA debe efectuar su solicitud por escrito junto con un informe que motive la solicitud de cancelacion; Que, si bien en el presente caso, ya se habia realizado las etapas previas al MORDAZA de licitacion, es menester indicar de modo general que, aun cuando la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", define, en su numeral 5, las etapas y fechas del MORDAZA de licitacion; conforme al MORDAZA juridico de "quien puede lo mas, puede lo menos", es igualmente procedente que una solicitud de cancelacion pueda considerarse factible, aun encontrandose el MORDAZA, en las etapas previas al MORDAZA de licitacion; Que, del analisis de los fundamentos de la solicitud de cancelacion se acredita que el ajuste de las proyecciones de la demanda a licitar, asi como el recorte del periodo a considerar en la licitacion de los requerimientos de potencia y energia de ELECTRO SUR MEDIO, configuran un requerimiento de suministro que es completamente distinto al contenido en las Bases aprobadas mediante la Resolucion OSINERGMIN N° 571-2008-OS/CD, siendo ademas razonables los argumentos expuestos por dicha empresa en su carta N° A-010707-2008/GC, todo lo cual justifica la solicitud de cancelacion; Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la solicitud de Cancelacion del MORDAZA de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion ELECTRO SUR MEDIO; Que, en este sentido, se han emitido los Informes N° 0396-2008-GART y N° 0399-2008-GART, de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la Resolucion OSINERGMIN N° 101-2007-OS/CD, que aprueba la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica". SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la solicitud de Cancelacion del MORDAZA de Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A.A., cuyas bases se aprobaron mediante Resolucion OSINERGMIN N° 571-2008-OS/CD. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con los Informes N° 0396-2008-GART y N° 0399-2008-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 253926-1

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