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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (24/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de setiembre de 2008 380114 con Acuerdo de Concejo Nº 031-07-MDJCC-A, mo dificado con Acuerdo de Concejo Nº 037-07-MDJCC-A; “CONSTRUCCIÓN DE LOSA MULTIDEPORTIVA LOS MILAGROS” aprobado con Acuerdo de Concejo Nº 018-07-MDJCC-A, modifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 038-07-MDJCC-A; “IMPLEMENTACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA DE LA I.E. Nº 32740 Y CONSTRUCCIÓN DE LOSA MULTIDEPORTIVA LA PRIMAVERA” aprobado con Acuerdo de Concejo Nº 021-07-MDJCC-A, modifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 041-07-MDJCC-A; y, “CONSTRUCCIÓN DE ANFITEATRO CON ESCENARIO EN AUCAYACU” aprobado con Acuerdo de Concejo Nº 032-07-MDJCC-A, modifi cado por Acuerdo de Condejo Nº 040-07-MDJCC-A; Oficio Nº 207-2007-MPH/A suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huanta, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, con el cual alcanza el proyecto “CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EN MIO PATASUCRO - HUANTA”, con Código SNIP Nº 58637; Ofi cio Nº 210-2007-MPH/A suscrito por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huanta, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, con el cual alcanza el proyecto “CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DEL PUESTO DE SALUD DE PAMPALCA - HUANTA”, con Código SNIP Nº 58483; CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 427-2007-PCM de fecha 27 de diciembre de 2007 se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2008 y los recursos que lo fi nancian de conformidad con la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, el cual ha sido modifi cado a la fecha debido a la incorporación de nuevas Actividades, Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios” y a Modifi caciones en el Nivel Funcional Programático; Que, la Ley Nº 28592, crea el Plan Integral de Reparaciones – PIR y se aprueba su Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo No. 003-2008-JUS, estableciendo los mecanismos, modalidades y procedimientos con la fi nalidad de reparar a las víctimas del proceso de violencia, con el objeto de contribuir a afi rmar la paz y la concordia entre los peruanos y propender a la reconciliación nacional; Que, según los Memorandums del visto, la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, comunica que los Gobiernos Locales detallados en el Cuadro Nº 01 de los departamentos de Huánuco y Ayacucho, han cumplido con el procedimiento establecido por la CMAN, y que tanto los estudios de preinversión, como los Expedientes Técnicos de los Proyectos de Inversión Pública presentados en el marco del Programa de Reparaciones Colectivas (PRC), cuentan con la correspondiente declaratoria de viabilidad y aprobación, respectivamente; por lo que solicitan la disponibilidad de recursos y la gestión de la Resolución Ministerial de transferencia fi nanciera a dichos gobiernos locales, para lo cual remiten quince (15) proyectos de Convenios de Transferencia Financiera; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que: “Cuando la ejecución de los proyectos se efectúa mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectúan luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. La citada resolución debe publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página Web del Pliego. Para el cumplimiento de lo señalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras. Cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional”; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias fi nancieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones – PIR, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, y debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 2.2 del Apéndice de la Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01 – Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 – Ley Nº 29142, señala sobre el numeral 9.4, respecto al sustento de fi nanciamiento para los procesos de selección lo siguiente: “Conforme a lo establecido en la Trigésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29142, el convenio suscrito a que se refi ere el artículo 9 numeral 9.4 constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento para que el Gobierno Regional, Gobierno Local y la empresa pública, según sea el caso, efectúe la convocatoria para el proceso de selección para la ejecución del respectivo proyecto de inversión pública según las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado”. Que, conforme a la disponibilidad de recursos y deducciones del Presupuesto Institucional en la Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, a la fecha existe crédito presupuestario disponible para la atención de las transferencias fi nancieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentación y normatividad vigente; Contando con el visado de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales señalados en el Cuadro Nº 01, que forma parte de la presente Resolución, por la suma de S/. 1 437 943,99 (UN MILLÓN CUA TROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 99/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables y Expedientes Técnicos aprobados, a partir de la suscripción de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución de los proyectos detallados en el Cuadro Nº 01, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, en la Fuente de Financiamiento: 4 Donaciones y Transferencias, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, Función: 03 Administración y Planeamiento; Programa: 006 Planeamiento Gubernamental; Sub- Programa: 0021 Organización Descargado desde www.elperuano.com.pe