Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2008 (24/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de setiembre de 2008

Aprueban acuerdo de MORDAZA Penales Especiales respecto a la programacion del uso de la Sala de Audiencias de la Sede Judicial "Nestor Gambeta" (Callao)
Corte Superior de Justicia de MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 353-2008-P-CSJL/PJ MORDAZA, 22 de setiembre de 2008 VISTAS: Las actas de las reuniones de coordinacion de los Presidentes de las MORDAZA Penales Especiales para el uso de la Sala de Audiencias, ubicada en la sede judicial "Nestor Gambeta" - Callao, de fechas dos de MORDAZA y ocho de setiembre del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, en la reunion de coordinacion de fecha dos de MORDAZA pasado, los Presidentes de las MORDAZA Penales Especiales, acordaron la distribucion del uso de la Sala de Audiencias ubicada en la Sede Judicial "Nestor Gambeta" - Callao, para el desarrollo de las audiencias en los procesos que son de su competencia; Que, en sesion de fecha ocho de setiembre del ano en curso, los Presidentes de las MORDAZA Penales Especiales, volvieron a reunirse para acordar la nueva distribucion del uso de los ambientes MORDAZA citados, manteniendose inmutable el acuerdo anterior; Que, evaluadas las actas de vista, esta Presidencia considera pertinente aprobar y oficializar la distribucion acordada para el uso de la Sala de Audiencias ubicada en la Sede Judicial MORDAZA Gambeta - Callao; a fin que las audiencias programadas se realicen de manera coordinada, evitando se afecte el desarrollo de los juicios orales; Que, en consecuencia, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el acuerdo adoptado por las MORDAZA Penales Especiales, respecto a la programacion del uso de la Sala de Audiencias de la Sede Judicial "Nestor Gambeta" (Callao), conforme se detalla: Primera Sala Penal: Martes y Jueves (Todo el dia) MORDAZA Sala Penal: Lunes (Tarde) Tercera Sala Penal: Viernes (Manana) y en la Tarde de 2:00 PM a 3:30 PM Cuarta Sala Penal: Miercoles (Tarde) MORDAZA Sala Penal: Lunes (Manana) y el Viernes de 3:31 PM a 5:00 PM Sexta Sala Penal: Miercoles (Manana) Articulo Segundo.- PONGASE la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Instituto Nacional Penitenciario, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, MORDAZA Penales Especiales, Oficina de Administracion Distrital y Oficina de Prensa, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 255398-1

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

Sancionan con destitucion a magistrado por su actuacion como Vocal Supremo Provisional de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 080-2008-PCNM P.D. Nº 013-2007-CNM San MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2008. VISTO; El MORDAZA disciplinario seguido al doctor MORDAZA Miraval MORDAZA, por su actuacion como Vocal Provisional de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO:

Primero.- Que, por Resolucion Nº 065-2007-PCNM de 16 de MORDAZA de 2007, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA Miraval Flores; Segundo.- Que, por escritos de 29 de agosto de 2007, 19 de setiembre de 2007 y 20 de noviembre de 2007 el doctor Miraval MORDAZA deduce la caducidad del MORDAZA disciplinario, argumentando que desde la comision de hecho han transcurrido en exceso los plazos previstos por el articulo 39º inciso a) del Reglamento de Procesos Disciplinarios; Tercero.- Que, por escrito recibido el 19 de octubre de 2007 el magistrado procesado solicita se declare prescrito el MORDAZA disciplinario, invocando el inciso a) del articulo 45º del Reglamento de Procesos Disciplinarios; Cuarto.- De otro lado, por escrito recibido el 4 de setiembre de 2007 el doctor Miraval MORDAZA solicita se anule lo actuado y se declare no ha lugar a abrir MORDAZA disciplinario, senalando que se estaria contraviniendo el MORDAZA juridico ne bis in idem, dado que la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema ya se habia pronunciado sobre la emision de su MORDAZA al haberselo devuelto, razon por la cual considera que abrirle MORDAZA disciplinario equivale a procesarlo dos veces por los mismos hechos; Quinto.- Que, respecto a la caducidad deducida por el doctor Miraval MORDAZA, debe senalarse que por resolucion Nº 065-2007-PCNM de 16 de MORDAZA de 2007, se resolvio expresamente un pedido de caducidad deducido por este, declarando infundado el mismo, no existiendo elemento alguno que desvirtue lo decidido; no obstante ello es del caso reiterar que de conformidad con lo establecido por el articulo 39º primer parrafo del inciso a) del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura el plazo de caducidad es de seis meses, contados a partir de la fecha de conocido el hecho por el interesado y en todo caso a los dos anos de producido; atendiendo a que los hechos materia de investigacion se encuentran referidos a la solicitud que efectuara el 5 de enero de 2005 a la relatora de la Sala de cambiar su MORDAZA emitido con fecha 25 de agosto de 2004, pedido reiterado en MORDAZA de 2005 y que se extendio hasta el 28 de junio de 2005, el plazo de caducidad debe computarse a partir del 5 de enero de 2005 hasta el 6 de noviembre de 2006, en que se le abrio investigacion preliminar de oficio mediante resolucion Nº 064-2006-PCNM, no habiendo transcurrido el plazo de dos anos de producido el hecho, termino aplicable por haberse iniciado investigacion de oficio y no

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