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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (26/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de setiembre de 2008 380286 diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; la misma que debería ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29075 Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-2008-DE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR Y APROBAR la donación dineraria efectuada por la República Popular China a favor del MINISTERIO DE DEFENSA –EJERCITO DEL PERU, por un monto de CIEN MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS ($100,00.00), destinados al Desminado Humanitario que realiza el Ejército del Perú en la Cordillera del Cóndor. Artículo 2º.- AGRADECER a la República Popular China por su importante contribución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Dirección General de Relaciones Internacionales la supervisión de la ejecución de la donación dineraria materia de aprobación por parte del Ejército del Perú. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 256857-2 ENERGIA Y MINAS Otorgan a la empresa Kuntur Transportadora de Gas S.A.C. la Concesión de Transporte de Gas Natural por ductos de Camisea al Sur del país RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2008-EM Lima, 10 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29129, se declaró de necesidad e interés público la construcción del gasoducto Camisea-Santa Ana-Cusco, así como del gasoducto hacia las regiones de Puno, Huancavelica, Arequipa, Moquegua y Tacna; Que, de acuerdo al artículo 12º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, el procedimiento para otorgar la Concesión para la prestación del Servicio de Transporte podrá ser por licitación o concurso público y por solicitud de parte; Que, mediante escrito de fecha 14 de marzo de 2008, la empresa Kuntur Transportadora de Gas S.A.C., solicitó el otorgamiento de la Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos, para la construcción de un sistema de transporte de gas natural desde los yacimientos ubicados en la Región Cusco hasta las ciudades de Juliaca, Matarani e Ilo; Que, de acuerdo a la descripción del proyecto a nivel de perfi l técnico y económico, el diseño presentado por la empresa Kuntur Transportadora de Gas S.A.C., considera puntos de derivación para los sistemas de transporte o distribución de gas natural por red de ductos a las ciudades de Quillabamba, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna;Que, mediante Informe Técnico-Legal Nº 045-2008- MEM-DGH-PCG, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, luego de efectuar la evaluación de la solicitud presentada por la empresa Kuntur Transportadora de Gas S.A.C., recomendó otorgarle la Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos, para la instalación de un ducto que transporte gas natural desde los yacimientos ubicados en la Región Cusco hasta las ciudades de Juliaca, Matarani e Ilo, y los puntos de derivación para los sistemas de transporte o distribución de gas natural por red de ductos a las ciudades de Quillabamba, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna; Que, el artículo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, señala que la Resolución Suprema de otorgamiento de la Concesión aprobará el respectivo Contrato de Concesión y designará al funcionario que debe intervenir en la celebración del mismo a nombre del Estado; Que, en ese sentido, habiendo la citada empresa cumplido con presentar todos los requisitos establecidos en el artículo 15º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, resulta procedente otorgar la Concesión de Transporte solicitada, así como, aprobar el respectivo Contrato de Concesión; Que, la concesión referida se otorga considerando lo establecido en el artículo 4º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del artículo 12º y el artículo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y el Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a Kuntur Transportadora de Gas S.A.C., la Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos, desde el punto inicial del Sistema de Transporte aproximadamente en la zona denominada Las Malvinas, provincia de La Convención, departamento de Cusco (kp 0) hasta las ciudades de Juliaca, Matarani e Ilo y los puntos de derivación para los sistemas de transporte o distribución de gas natural por red de ductos a las ciudades de Quillabamba, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna, en los términos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesión a que se refi ere el artículo 2º de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al Sur del País, a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Kuntur Transportadora de Gas S.A.C., el que consta de dieciséis (16) cláusulas y ocho (08) anexos. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas a suscribir a nombre del Estado, el Contrato de Concesión a que se refi ere el artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión referido en el artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 5º.- Notifi car la presente Resolución Suprema a la empresa Kuntur Transportadora de Gas S.A.C. a fi n de continuar con el trámite establecido en el artículo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 081-2007-EM y proceder a su publicación una vez verifi cado el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28º del citado Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 257185-1Descargado desde www.elperuano.com.pe