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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de abril de 2009 394144 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Ministra del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Ministra del Interior 334936-6 PRODUCE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 147-2009-PRODUCE Mediante Ofi cio Nº 701-2009-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Producción solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 147-2009-PRODUCE, publicada en nuestra edición del día 4 de abril de 2009. DICE: En el Segundo considerando “Que, de acuerdo a lo solicitado por el Despacho Viceministerial de Pesquería y la Secretaría General se ha procedido a evaluar en su conjunto la totalidad de la documentación presentada por la empresa Pesquera Natalia S.A.C., con antelación a la expedición de la Resolución Viceministerial Nº 065-2009-PRODUCE-DVP y con posterioridad a la misma, a efectos de contar con mayores elementos de juicio al momento de emitir el informe de vistos;” DEBE DECIR: En el Segundo considerando “Que, de acuerdo a lo solicitado por el Despacho Viceministerial de Pesquería se ha procedido a evaluar en su conjunto la totalidad de la documentación presentada por la empresa Pesquera Natalia S.A.C., con antelación a la expedición de la Resolución Viceministerial Nº 065-2009- PRODUCE-DVP y con posterioridad a la misma, a efectos de contar con mayores elementos de juicio al momento de emitir el informe de vistos;” 334857-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Polonia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 143-2009-RE Lima, 9 de abril de 2009 De conformidad con el inciso 12 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en la República de Polonia a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Martha Isabel Chavarri Dupuy. Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha en que la Embajadora Martha Isabel Chavarri Dupuy asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCIA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 334936-11 SALUD Conforman Comisión Sectorial encargada de proponer el Reglamento de concurso para cargos estructurales correspondientes a profesionales obstetrices en los Institutos Especializados y Hospitales del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2009/MINSA Lima, 6 de abril del 2009 Visto el Expediente Nº 08-004128-001 que contiene el Ofi cio Nº 003-CDN-COP/2008, del Colegio de Obstetras del Perú; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 21210, modifi cado por Ley Nº 28686, se crea el Colegio de Obstetras del Perú, como institución autónoma con Personería de Derecho Público Interno; Que, en los artículos 19° y 20º de la Ley N° 27853, Ley de Trabajo de la Obstetriz, se dispone que en todo establecimiento de salud estatal el cargo de dirección de mayor jerarquía de la Unidad Orgánica de Obstetricia será ocupado necesariamente por una profesional Obstetriz de acuerdo a estricto concurso de méritos; Que, el literal c) del artículo 23º del Reglamento de la Ley Nº 27853, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2003- SA, establece que son derechos de la Obstetriz, acceder a los cargos de dirección y jefatura mediante concurso, de acuerdo al Reglamento que se apruebe al respecto mediante Resolución Ministerial; Que, el artículo 45º del citado Reglamento señala que los cargos jefaturales de las obstetrices en los servicios de los Institutos Especializados, Hospitales y Centros de Salud se cubren mediante concurso y están sujetos al proceso de ratifi cación periódica por el desempeño de los mismos, los cuales responden a la necesidad institucional, respetando el nivel de carrera y especialidad alcanzados; Que, el numeral 1 del artículo 13º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que el proyecto de norma reglamentaria es elaborado por la entidad competente; Que, asimismo el numeral 1 del artículo 36º de la Ley precitada, dispone que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos y se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, con la fi nalidad de implementar lo dispuesto en los dispositivos legales precedentes resulta necesario elaborar un Reglamento que establezca las normas y procedimientos para acceder a los cargos estructurales de jefatura de obstetrices; Que, en tal sentido es necesario conformar una comisión sectorial que se encargue de proponer el Reglamento de concurso para cargos estructurales correspondientes a profesionales obstetras en los Hospitales e Institutos Especializados del Ministerio de Salud;