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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (17/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 17 de agosto de 2009 401020 aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y en la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa CORPORACION PESQUERA 1313 S.A. contra la Resolución Directoral Nº 149-2009-PRODUCE/DGEPP del 4 de marzo del 2009. Artículo 2º.- Aprobar a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA 1313 S.A. el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación MARY CARMEN de matrícula CO-4720-PM otorgado por Resolución Ministerial Nº 371-94-PE modifi cada en su titularidad por Resolución Directoral Nº 320-98-PE/DNE del 23 de octubre de 1998, en los mismos términos y condiciones. Artículo 3º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 2º de la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece entre otros, que el recurso sardina será destinado al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007- PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 4º.- Dejar sin efecto el anterior titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARY CARMEN de matrícula CO-4720-PM consignado en la Resolución Directoral Nº 320-98-PE/DNE del 23 de octubre de 1998. Artículo 5º.- Incorporar a la empresa CORPORACION PESQUERA 1313 S.A. como la nueva titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera MARY CARMEN de matrícula CO-4720-PM, en los listados correspondientes publicados por Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolución Ministerial Nº 086- 2007-PRODUCE. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 384096-13 Otorgan autorización al Museo de Historia Natural de la UNMSM para desarrollar proyecto de investigación pesquera denominado “Actualización de la Información Ictiológica en las Aguas Continentales del Perú” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 546-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 22 de julio de 2009 Visto el Escrito con Registro N° 30703 y a su adjunto 01 de fechas 21 de abril y 01 de julio del 2009, respectivamente, presentado por el Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; CONSIDERANDO: Que, los artículos 3°, 14°, 20° literal b) numeral 1, 43° literal b) numeral 2, 44°, 45° y 46° de la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, establecen que el Estado promueve e incentiva la investigación y capacitación que realizan Organismos Públicos especializados del Sector y las Universidades, así como las que provienen de personas naturales y jurídicas con la fi nalidad de incrementar el conocimiento de los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas; disponiendo que para el desarrollo de la investigación pesquera, deberán contar con la autorización correspondiente otorgada por el Ministerio de la Producción a nivel nacional y que está exceptuada del pago de derechos. Que, los artículos 21°, 24°, y 25° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE, precisan que la investigación pesquera es una actividad a la que tiene derecho cualquier persona natural o jurídica y que para su ejercicio requerirá autorización previa del Ministerio de la Producción y que las personas autorizadas están obligadas a proporcionar a este Ministerio y en su caso al IMARPE o ITP, los resultados de la investigación realizada. Que, mediante escrito del visto, el Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, solicita autorización para efectuar investigación pesquera con la extracción de especimenes hidrobiológicos a través del proyecto denominado “Actualización de la Información Ictiológica en las Aguas Continentales del Perú”, cuyo objetivo es actualizar los conocimientos y difundir la información provenientes de las aguas continentales del Perú, mediante la obtención de material biológico y datos provenientes de cuencas poco estudiadas, desarrollando inventarios ictiológicos en quebradas, cuencas y lagunas de ríos, en los departamentos Loreto, Ucayali, Huánuco, Cusco, Apurímac y Madre de Dios, así como, determinar patrones de comportamiento en peces de la familia Hypopomidae y Apteronotidae en Loreto y Huánuco y determinar patrones y mediciones del fl ujo de energía del bosque a los peces en el río Tambopata; Que, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero ha determinado que el citado proyecto se acoge al procedimiento 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008- 2009-PRODUCE, publicado el 20 de marzo del año en curso: Autorización para efectuar investigación pesquera con o sin extracción de muestras de especímenes hidrobiológicos, sin valor comercial; Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Consumo Humano en su Informe N° 369-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dch, del 08 de julio del 2009, y con la opinión de la instancia legal pertinente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE – Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar al Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, autorización para desarrollar el proyecto de investigación pesquera denominado “Actualización de la Información Ictiológica en las Aguas Continentales del Perú”, a efectuarse en los ambientes lóticos y lenticos de las cuencas del Río Sepahua (Atalaya, Ucayali), Río Apurímac (Apurímac), Río Urubamba (Cusco), Río Inambari (Madre de Dios), las quebradas del Centro de Investigación Panguana y Río LLullapichis (Huánuco) y las de la localidad de Jenaro Herrera (Loreto), además, quebradas y lagunas de los ríos Alto Madre de Dios y Tambopata (Madre de Dios), con extracción de muestras de especímenes hidrobiológicos sin valor comercial, empleando redes de arrastre de orilla (chinchorro) bipersonales de malla fi na, redes de espera (agalleras), de lance (atarraya), de línea y anzuelo, y equipo portátil de localización eléctrica, por el plazo de doce (12) meses. Artículo 2°.- El plazo a que se refi ere el artículo precedente, se contará a partir del día siguiente de la fecha de notifi cación de la presente Resolución Directoral y se podrá gestionar autorizaciones por otros plazos similares, previa presentación de los resultados del trabajo desarrollado, incluyendo la lista sistemática de las especies válidas que habitan en aguas continentales peruanas, así como, las publicaciones que se deriven de la investigación realizada.