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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de agosto de 2009 401206 CONSIDERANDO: Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que para el caso del Gobierno Nacional, los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante Decreto Supremo, los cuales deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado para cada Entidad; así también el artículo 37º de la misma Ley, señala la obligatoriedad de todas las entidades de la Administración Pública de aprobar y publicar su correspondiente Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; en tal virtud y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo, el IPD procedió a califi car y justifi car sus procedimientos administrativos considerando estrictamente lo establecido en la mencionada Ley referente a la aplicación del silencio administrativo positivo, a los procedimientos que corresponden, así como a lo señalado en el artículo 30º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, a fi n de permitir que los administrados puedan satisfacer o ejercer sus intereses o derechos sin, trabas burocráticas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 021-2002-ED, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Peruano del Deporte - IPD; de otro lado la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, establece en su Primera Disposición Complementaria la Adecuación y Reestructuración del IPD; Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2005-PCM se establece que el Instituto Peruano del Deporte es un Organismo Público Descentralizado adscrito al Ministerio de Educación; Que, como consecuencia de lo señalado anteriormente es necesario actualizar el TUPA del Instituto Peruano del Deporte, en donde se registre la actualización de requisitos, modifi car la califi cación de los procedimientos administrativos, disminución del plazo de atención, modifi car la base legal a efectos de adecuarla a las normas vigentes, modifi car la denominación del órgano encargado de la aprobación de los procedimientos administrativos y la actualización de los derechos de tramitación; De conformidad con lo establecido en el Numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, inciso 3) del artículo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación de Costos Aprobar los costos que demandan la atención de los procedimientos y servicios solicitados por los administrados en el Instituto Peruano del Deporte, que forma parte del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 2º.- Aprobación del TUPA Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Peruano del Deporte, cuyo texto se encuentra en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo y que contiene veintitrés (23) procedimientos. Artículo 3º.- Aprobación de Formularios y Formatos Aprobar los Formularios y Formatos del Texto Único de Procedimientos Administrativos que deben publicarse en el Portal Institucional o Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE: 3.1. Formulario Nº 001-AIP-IPD: Solicitud de Acceso a la Información Pública. 3.2. Formulario Nº 002-2008-TD/IPD: Participación de representación deportiva nacional en eventos internacionales que se realicen dentro del país. 3.3. Formulario Nº 003-2008-TD/IPD: Participación de representación deportiva nacional en eventos internacionales que se realicen fuera del país. 3.4. Formulario Nº 004-2008-TD/IPD: Autorización de Participación de delegaciones deportivas en eventos que se realicen en el exterior del país. 3.5. Formulario Nº 005-2008-TD/IPD: Organización de eventos nacionales e internacionales en el Perú. 3.6. Formato: Clubes Deportivos Afi liados - Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional del Deporte. 3.7. Formato: Organizaciones Deportivas No Afi liadas - Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional del Deporte. 3.8. Formato: Ligas Deportivas - Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional del Deporte. 3.9. Formato: Federaciones Deportivas Nacionales - Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional del Deporte. 3.10. Formato: Federaciones Deportivas Especiales - Solicitud de Inscripción en el Registro Nacional del Deporte. Artículo 4º.- Publicación y difusión Dispóngase la publicación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Peruano del Deporte, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa, así también en el Portal Institucional del Instituto Peruano del Deporte en concordancia con el artículo 19º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM y el inciso 38.3 del artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, modifi cada por la Ley Nº 29901. Artículo 5º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- Derogatoria Deróguese o modifíquese toda norma que se oponga a lo señalado en el presente Decreto Supremo. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 386327-3 Disponen la implementación y ejecución de la cuarta evaluación censal de estudiantes 2009 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0242-2009-ED Lima, 18 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED declara de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular; de los docentes capacitados y por capacitarse; y de las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2008-ED establece que el Ministerio de Educación a partir del presente ejercicio fi scal mediante resolución de su Titular, cuando corresponda, dispondrá la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED; Que, mediante el Memorando Nº 400-2008/ME-SPE, el Secretario de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación solicita que se disponga la implementación y ejecución de la cuarta evaluación censal de estudiantes 2009, que permitirá conocer el nivel de logro de aprendizaje de los estudiantes que están terminando segundo grado de primaria en comprensión lectora y matemática. Asimismo, en las Instituciones Educativas que están implementando el Programa de Educación Intercultural Bilingüe, se evaluará en comprensión lectora a los estudiantes de cuarto grado de primaria, en castellano como segunda lengua; Que, en tal sentido es necesario disponer en el presente año fi scal la implementación y ejecución de la evaluación censal a que se refi ere el considerando precedente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la implementación y ejecución en el presente año fi scal de la cuarta evaluación censal de estudiantes 2009, a quienes están terminando segundo grado de primaria en comprensión lectora y matemática. Asimismo, en las Instituciones Educativas que están implementando el Programa de Educación Intercultural Bilingüe, se evaluará