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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (20/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de agosto de 2009 401220 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002- TR, y la Resolución Ministerial N° 105-2008-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 108-2008-TR del 17 de abril de 2008, en el extremo del monto no ejecutado, por la suma de S/. 6 993,54 (Seis mil novecientos noventa y tres y 54/100 nuevos soles), correspondiente a la transferencia fi nanciera a favor del Organismo Ejecutor del Convenio Nº 30-0002-01.08 “Comité de Gestión Pro Construcción Plaza de Armas C.P. El Ron”. Artículo 2°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y proceda a dar cuenta al Congreso de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 386314-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aceptan renuncia de Asesor del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 582-2009-MTC/01 Lima, 14 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 058-2009-MTC/01 se designó a don Oswaldo Duber Plasencia Contreras como Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley Nº 29370, Ley Nº 29158 y Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE. Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por don Oswaldo Duber Plasencia Contreras al cargo de Asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con efectividad el 15 de julio de 2009, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 385371-1 Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo destinado a modificar el Plan Nacional de Desarrollo Portuario en lo relativo a la modernización y desarrollo de los Terminales Portuarios de Yurimaguas y Salaverry, en el portal web del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 584-2009-MTC/01 Lima, 14 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del Artículo 2 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, modifi cada por Decreto Legislativo Nº 1022, el ámbito de aplicación de la citada Ley son las actividades y servicios portuarios realizados dentro de las zonas portuarias, así como las competencias y atribuciones de las autoridades vinculadas al Sistema Portuario Nacional; Que, por su parte, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, modifi cada por Decreto Legislativo Nº 1022, señala que el Plan Nacional de Desarrollo Portuario es el documento técnico normativo elaborado por la Autoridad Portuaria Nacional que tiene como objetivo orientar, impulsar, ordenar, planifi car y coordinar el desarrollo, modernización, competitividad y sostenibilidad del Sistema Portuario Nacional; dicho Plan es aprobado por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones en el marco de la política del sector transportes y comunicaciones; Que, asimismo, el artículo 7 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, defi ne al Plan Nacional de Desarrollo Portuario como aquel documento basado en criterios técnicos que establecen, a mediano y largo plazo, los requerimientos del Sistema Portuario Nacional para cumplir los lineamientos de la política portuaria nacional, en cuanto a su desarrollo y promoción, defi niendo las áreas de desarrollo portuario, la infraestructura, accesos e interconexiones con la red nacional de transporte y con el entorno urbano y territorial, así como con otros puertos nacionales y del extranjero, planteando objetivos, estrategias, metas y acciones para su concreción; Que, el literal a) del artículo 24 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, establece como una de las competencias de la Autoridad Portuaria Nacional la de elaborar y proponer al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, compatible con objetivos y estrategias de desarrollo autosostenible; Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, el mismo que fue posteriormente modifi cado a través de los Decretos Supremos Nº 011-2008-MTC, Nº 014-2008-MTC, Nº 046-2008-MTC, Nº 004-2009-MTC, Nº 018-2009-MTC, Nº 019-2009-MTC, y Nº 021-2009-MTC; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 047-2008, se declaró de necesidad nacional y de ejecución prioritaria por parte de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, los procesos de promoción de la inversión privada vinculados a diversos proyectos, entre los cuales, se encuentran los referidos a los Terminales Portuarios de Yurimaguas y Salaverry; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 652-148- 05/05/2009/D, adoptado en sesión de fecha 05 de mayo de 2009, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional aprobó modifi car el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, en lo referido a la modernización y desarrollo de los Terminales Portuarios de Yurimaguas y Salaverry; Que, conforme a lo informado por la Autoridad Portuaria Nacional, en su Ofi cio Nº 208-2009-APN/PD recibido el 11 de mayo de 2009, la modifi cación del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, en lo referido a la modernización y desarrollo de los Terminales Portuarios de Yurimaguas y Salaverry, encuentra sustento en lo previsto en la Ley Nº 27943 – Ley del Sistema Portuario Nacional, modifi cada por Decreto Legislativo Nº 1022, y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, y modifi cado por Decreto Supremo Nº 027-2008-MTC, así como en lo señalado en el Decreto de Urgencia Nº 047- 2008; Que, es preciso señalar que la Dirección General de Transporte Acuático mediante Informe Nº 084-2009- MTC/13, y la Dirección General de Concesiones en Transportes con Memorandum Nº 1018-2009-MTC/25 mediante el cual hace suyo el Informe Nº 303-2009- MTC/25, han emitido su opinión favorable, respecto a la necesidad de modifi car el Plan Nacional de Desarrollo Portuario para incluir las propuestas de modernización y desarrollo de los Terminales Portuarios de Yurimaguas y Salaverry, aprobadas por el Directorio de la APN en base a los estudios elaborados recientemente por PROINVERSIÓN; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y