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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (20/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de agosto de 2009 401216 RELACIONES EXTERIORES Crean el Consulado Honorario del Perú en la ciudad de Vigo, Reino de España DECRETO SUPREMO Nº 054-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 264-95-RE, de fecha 26 de junio de 1995, se estableció que la actualmente cerrada Ofi cina Consular del Perú en la ciudad de Santiago de Compostela, Reino de España, posee circunscripción sobre las provincias de La Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra; que conforman la Comunidad Autónoma de Galicia; Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior; así como también promover los intereses del país, especialmente los vinculados a las esferas económico- comercial, cultural y turístico; Que el establecimiento de una Ofi cina Consular del Perú en la ciudad de Vigo, a cargo de un funcionario honorario, favorecerá la prestación de servicios consulares particulares, sin irrogar gastos al Estado; Que, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España, a través de la Nota Verbal Nº 164/7.2, comunicó la no objeción de su gobierno para la apertura de la Ofi cina Consular del Perú en Vigo, con circunscripción en toda la Comunidad Autónoma de Galicia; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Embajada del Perú en Madrid y del Consulado General del Perú en Barcelona, Jefatura de los Servicios Consulares para todo el Reino de España; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE de 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo 1º.- Crear el Consulado honorario del Perú en la ciudad de Vigo, Reino de España, con circunscripción en toda la Comunidad Autónoma de Galicia. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 386327-5 Ratifican Memorándum de Entendimiento para la creación del Comité Permanente de Coordinación y Cooperación en Temas de Seguridad y Defensa entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y el Ministerio de Defensa de la República Argentina DECRETO SUPREMO Nº 055-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Memorándum de Entendimiento para la Creación del Comité Permanente de Coordinación y Cooperación en Temas de Seguridad y Defensa entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y el Ministerio de Defensa de la República Argentina”, fue suscrito el 1 de septiembre de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Memorándum de Entendimiento para la Creación del Comité Permanente de Coordinación y Cooperación en Temas de Seguridad y Defensa entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y el Ministerio de Defensa de la República Argentina”, suscrito el 1 de septiembre de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 386327-6 Ratifican Acuerdo entre Suiza y Perú relativo al Proyecto “Centro de Ecoeficiencia y Responsabilidad Social - CER” Fase II DECRETO SUPREMO Nº 056-2009-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre Suiza, Representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Proyecto “Centro de Ecoefi ciencia y Responsabilidad Social - CER” (denominado en la Fase I: Centro de Efi ciencia Tecnológica CET) Fase II, con vigencia del 1 de mayo de 2007 al 31 de diciembre de 2009, fue suscrito el 4 de agosto de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre Suiza, Representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al Proyecto “Centro de Ecoefi ciencia y Responsabilidad Social - CER” (denominado en la Fase I: Centro de Efi ciencia Tecnológica CET) Fase II, con vigencia del 1 de mayo de