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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (20/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de agosto de 2009 401219 Designan Directora de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 547-2009/MINSA Lima, 18 de agosto del 2009 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 443-2009/ MINSA del 3 de julio de 2009, se aceptó la renuncia de la abogada Fabiola Mariella Salazar Acosta al cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; Que a la fecha dicha plaza se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar a la profesional propuesta; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la abogada Milagros Vanessa Juarez Morales, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 385847-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Dejan sin efecto la R.M. Nº 108- 2008-TR, en el extremo de monto no ejecutado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 234-2009-TR Lima, 18 de agosto de 2009 VISTOS: El Memorando Nº 267-2009-DVMPEMPE/CP- USP del 17 de junio de 2009, de la Jefa de la Unidad de Supervisión de Proyectos del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Informe Nº 103-2009- DVMPEMPE/CP-OAF-UC del 08 de julio de 2009, de la Jefa de la Unidad de Contabilidad del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; el Memorando Nº 307-2009-DVMPEMPE/CP-OAF del 16 de julio de 2009 y el Informe Legal N° 241-2009-DVMPEMPE/CP-OAL del 22 de julio de 2009, del Jefe (e) de la Unidad de Asesoría Legal del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; y el Ofi cio N° 647-2009-DVMPEMPE/3/14.120 del 31 de julio de 2009, Director Nacional del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29035 - Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y Dicta otras medidas, establece en su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Disposición Final, que el Programa de Emergencia Social Productivo Urbano “A Trabajar Urbano” creado mediante Decreto de Urgencia Nº 130-2001 como Unidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestal, siendo su objetivo la generación de ingresos temporales y el desarrollo de capacidades para la población desempleada de las áreas urbanas y rurales favoreciendo prioritariamente a aquellas con menores niveles de ingreso económico, en situación de pobreza y extrema pobreza; y en adelante, de conformidad con su ámbito y alcance, se denominará Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” (en adelante el programa); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 130-2001, los objetivos del programa se lograrán a través del fi nanciamiento de proyectos de obras y servicios intensivos en mano de obra, presentados por los pobladores a quienes se dirige el programa, así como también, entre otros, por las entidades privadas organizadas de éstos, el cual será aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo conforme a los criterios de focalización y selección que el sector establezca; Que, según lo mencionado precedentemente, el programa efectúa transferencias fi nancieras a diversos organismos ejecutores que tienen proyectos de obras y servicios intensivos de mano de obra aprobados; Que, por Resolución Ministerial Nº 105-2008-TR del 9 de abril de 2008, se aprobó las Disposiciones para la tramitación de las transferencias fi nancieras que realiza el Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú” a favor de entidades privadas, que dispone en su artículo 3º, que serán aprobadas por Resolución Ministerial aquellas transferencias fi nancieras correspondientes a proyectos de obras o servicios cuyo fi nanciamiento individual respecto al rubro “otros” o de la bonifi cación económica por formulación de proyectos sea igual o superior a las diez (10) Unidades Impositivas Tributarias - UIT y las que no superen dichas UITs, serán aprobadas por Resolución Directoral; Que, en atención al considerando precedente, mediante Resolución Ministerial Nº 108-2008-TR del 17 de abril de 2008, se autorizó, entre otros, la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 46 623,24 (Cuarenta y seis mil seiscientos veintitrés y 24/100 nuevos soles), a favor del “Comité de Gestión Pro Construcción Plaza de Armas C.P. El Ron”, Organismo Ejecutor del Convenio Nº 30- 0002-01.08; Que, mediante Memorando Nº 267-2009-DVMPEMPE/ CP-USP del 17 de junio de 2009, la Jefa de la Unidad de Supervisión de Proyectos del programa, señala que de conformidad con lo informado por la Unidad de Tesorería, el tercer desembolso correspondiente al Convenio Nº 30- 0002.01.08 citado en el párrafo anterior, fue anulado por caducidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 035-2009- DVMPEMPE/CP-OAF del 16 de julio de 2009, la Jefa de la Ofi cina de Administración y Finanzas del programa, reconoció a favor de Organismos Ejecutores del Sector Privado una deuda pendiente de pago ascendente a S/. 31 245,40 (Treinta y un mil doscientos cuarenta y cinco y 40/100 nuevos soles), de los cuales S/. 6 993,54 (Seis mil novecientos noventa y tres y 54/100 nuevos soles), corresponden al “Comité de Gestión Pro Construcción Plaza de Armas C.P. El Ron”, Organismo Ejecutor del Convenio Nº 30-0002-01.08; Que, en virtud a las consideraciones expuestas, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 108-2008-TR, en el extremo del monto no ejecutado correspondiente a la transferencia fi nanciera a favor del Organismo Ejecutor del Convenio Nº 30-0002-01.08 “Comité de Gestión Pro Construcción Plaza de Armas C.P. El Ron”, a fi n que se proceda a aprobar la referida transferencia fi nanciera mediante Resolución Directoral del Programa, en tanto la misma no supera las diez (10) Unidades Impositivas Tributarias, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de las “Disposiciones para la tramitación de las transferencias fi nancieras que realiza el Programa a favor de entidades privadas”; Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo Perú”, y del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,