Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2009 (02/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407181

2. Obtener la respectiva carta de aprobacion emitida por la Gerencia de Servicios Publicos donde se apruebe expresamente la adopcion del MORDAZA y/o area verde. Para MORDAZA de educacion tributaria: 1. Presentar una solicitud dirigida a la Gerencia de Administracion Tributaria para su participacion en las campanas de educacion tributaria. 2. Obtener la respectiva carta de aprobacion emitida por la Gerencia de Administracion Tributaria donde se apruebe expresamente su participacion en la MORDAZA de educacion tributaria. Articulo 6º.- La Gerencia de Administracion Tributaria emitira el acto resolutivo condonando hasta el 100% de los arbitrios Municipales, previa MORDAZA de lo siguiente: Por adoptar un parque: 1. MORDAZA del informe final hasta el 21 de diciembre del 2009, donde adjuntara las imagenes o fotografias que evidencien el impacto positivo del proyecto. 2. Adjuntar la carta de conformidad del proyecto de la Gerencia de Servicios Publicos. Por MORDAZA de educacion tributaria: 1. MORDAZA del informe final hasta el 21 de diciembre del 2009, donde adjuntara las imagenes o fotografias que evidencien el impacto positivo del proyecto. 2. Adjuntar la carta de conformidad del proyecto de la Gerencia de Administracion Tributaria. Articulo 7º.- La Municipalidad otorgara el siguiente beneficio: Condonacion hasta el 100% del tributo por Arbitrios Municipales limpieza publica, parques y areas verdes y Serenazgo a las instituciones que hayan cumplido con lo dispuesto en el articulo MORDAZA de la presente norma. Articulo 8º.- El beneficio solo sera de aplicacion a universidades, instituciones educativas e Institutos Superiores que funcionan dentro del ambito distrital de Huaral.

por concepto de arbitrios municipales, acumulada hasta el 31 de diciembre del 2009, a los deudores tributarios del distrito de Huaral que se encuentran considerados en estado de riesgo social. Articulo 13º.- Definicion de Riesgo Social Para efectos de aplicacion de la presente Ordenanza, se entiende por Riesgo Social la situacion economica precaria, asi como la imposibilidad de revertirla en el corto plazo y que implica una inminente exclusion social por indigencia. Articulo 14º.- Ambito de Aplicacion y Sujetos Comprendidos La presente Ordenanza se aplica a todas las personas naturales o sociedades conyugales propietarias de un solo predio que se encuentran ubicadas en la jurisdiccion de Huaral y que se encuentran en riesgo social de acuerdo a las condiciones establecidas por la presente Ordenanza. Articulo 15º.- Deuda Comprendida El beneficio tributario por riesgo social comprende el 50% de la deuda acumulada al 31 de diciembre del 2009, por concepto de arbitrios municipales de limpieza publica, parques y areas verdes, y Serenazgo, la cual incluye capital insoluto, interes moratorio y derecho de emision. Articulo 16º.- Requisitos Previos a la Evaluacion Para acceder al presente beneficio, el solicitante debera presentar hasta el 30 de diciembre del 2009, a la Gerencia de Administracion Tributaria los siguientes requisitos: 1. Ser persona natural o sociedad conyugal propietaria de un solo predio, destinado a MORDAZA habitacion. 2. El domicilio fiscal debe coincidir con el domicilio registrado para el Impuesto Predial. 3. El consumo de energia electrica de los ultimos tres meses, no debe ser superior a S/.12.00 Nuevos Soles por cada mes. 4. El valor del autovaluo del predio del solicitante no debe exceder de las 3 UIT. 5. El contribuyente no debe poseer capacidad contributiva, entendiendose como tal la carencia comprobada de recursos o grave falencia economica que le MORDAZA impedido cumplir con el pago de los tributos municipales pendientes de pago al 31.12.2008. Articulo 17º.- Evaluacion de las Personas en Estado de Riesgo Social El Informe socio-economico favorable al solicitante, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, tendra en cuenta los siguientes criterios: 1. Ingreso percapita familiar. 2. Numero de personas en el hogar. 3. Nivel de empleo de las personas que habitan en el hogar. 4. Nivel de educacion de las personas que habitan en el hogar. 5. Consumo de energia electrica familiar. Articulo 18º.- Procedimiento para la Calificacion de Riesgo Social El contribuyente, debera presentar una solicitud dirigida a la Gerencia de Desarrollo Humano. La Gerencia de Desarrollo Humano, evaluara el caso de acuerdo a los criterios senalados en los Articulos 16º y 17º; y con el reporte del estado de su deuda tributaria a la cual tendra acceso. Con los resultados de la evaluacion, la Gerencia de Desarrollo Humano emitira la resolucion dentro de los diez dias habiles siguientes a la recepcion de la solicitud, aprobando la condicion del solicitante como de riesgo social, remitiendo la misma a la Gerencia de Administracion Tributaria para su ejecucion.

CAPITULO III BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL ADULTO MAYOR Y LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Articulo 9º.- Finalidad Condonese el pago del 50% de las deudas tributarias en materia de arbitrios generados hasta el mes de diciembre de 2009 a los propietarios y/o posesionarios de predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de Huaral, que cumplan con las condiciones establecidas en los articulos siguientes. Articulo 10º.- Beneficio para el Adulto Mayor Para efectos del articulo precedente se debera establecer el beneficio tributario respecto al area de una sola propiedad destinada al uso de casa-habitacion, a las personas naturales mayores de 60 anos de edad que presenten la MORDAZA fedateada del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Partida de nacimiento conjuntamente con su solicitud hasta el 30 de diciembre del 2009. Articulo 11º.- Beneficio para Personas con Discapacidad Para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo tercero, el interesado debera de presentar ante la Municipalidad hasta el 30 de diciembre del 2009, la resolucion que lo acredite como una persona con discapacidad, expedido por el CONADIS el mismo que debera ser adjuntado a su solicitud correspondiente.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Primero.- FACULTESE al MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que mediante decreto prorrogue los plazos establecidos en la presente Ordenanza y dicte las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la adecuada aplicacion de la misma. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion Tributaria, la Gerencia de Presupuesto, Planificacion, Racionalizacion, Sistemas y Cooperacion Internacional, la Subgerencia de Informatica,

CAPITULO IV BENEFICIOS A LOS DEUDORES TRIBUTARIOS DEL DISTRITO CONSIDERADOS EN ESTADO DE RIESGO SOCIAL
Articulo 12º.- Finalidad La presente Ordenanza tiene como finalidad otorgar el beneficio de la condonacion del 90% de la deuda tributaria

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