Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2009 (02/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

407170

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de diciembre de 2009

MORDAZA de Capitales y Regulacion del Sistema Financiero de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, a la MORDAZA de Mexico DF, Mexico, del 6 al 9 de diciembre y al pago de los gastos que no MORDAZA asumidos por las entidades organizadoras, a fin de participar en el MORDAZA que se senala en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasaje Viaticos Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto TOTAL US$ 881,77 US$ 730,00 US$ 31,00 US$ 1642,77

judicial (articulo 1236 del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General

430277-1

CONTRALORIA GENERAL
Modifican Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 173-2009-CG
MORDAZA, 1 de diciembre de 2009 Visto, la Hoja de Informativa Nº 00166-2009-CG/SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoria, sobre las modificaciones del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control; CONSIDERANDO: Que, el articulo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que las Sociedades de Auditoria son personas juridicas calificadas e independientes en la realizacion de labores de control posterior externo, son designadas por la Contraloria General, previo Concurso Publico de Meritos, y contratadas por las entidades para examinar las actividades y operaciones de las mismas, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, asi como evaluar la gestion, captacion y uso de los recursos asignados; Que, asimismo, la citada MORDAZA senala que el MORDAZA de designacion y contratacion de las Sociedades de Auditoria, el seguimiento y evaluacion de informes, las responsabilidades, asi como su registro, son regulados por la Contraloria General de la Republica; Que, en el MORDAZA de la citada disposicion, mediante Resolucion de Contraloria Nº 063-2007-CG se aprobo el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control a fin de regular el ejercicio de las atribuciones de la Contraloria General en el MORDAZA de registro, designacion, contratacion y supervision de las Sociedades de Auditoria externa conformantes del Sistema Nacional de Control, asi como la actuacion de estas ultimas; el mismo que fue modificado por Resoluciones de Contraloria Nº 388-2007-CG, 460-2008-CG y 058-2009CG; Que, conforme al documento de Visto, se recomienda la modificacion del citado Reglamento en aspectos sobre las Fases del Concurso y el Registro de Sociedades de Auditoria, a fin de optimizar dichos procesos, contribuyendo al adecuado ejercicio del control gubernamental, asi como la simplificacion de los procedimientos administrativos; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el primer parrafo e incorporar un ultimo parrafo al articulo 13° del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, cuyo texto es el siguiente: Articulo 13°.inscripcion Documentacion requerida para la

Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente

429747-1

Indice de reajuste diario a que se refiere el articulo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros correspondiente al mes de diciembre de 2009
CIRCULAR Nº 028-2009-BCRP
MORDAZA, 1 de diciembre de 2009 El indice de reajuste diario, a que se refiere el articulo 240 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de diciembre es el siguiente: DIA 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 INDICE 6.99232 6.99206 6.99181 6.99156 6.99131 6.99105 6.99080 6.99055 6.99029 6.99004 6.98979 6.98954 6.98928 6.98903 6.98878 6.98852 6.98827 6.98802 6.98777 6.98751 6.98726 6.98701 6.98676 6.98650 6.98625 6.98600 6.98574 6.98549 6.98524 6.98499 6.98473

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el articulo 1235 del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion

"Las Sociedades deberan solicitar su inscripcion en el Registro, durante los (7) primeros dias habiles del mes de MORDAZA de cada ano. Excepcionalmente, se podra presentar la solicitud en fecha distinta a la indicada, en cuyo caso la vigencia de la inscripcion se reduce a un periodo menor, desde la aprobacion de la inscripcion hasta el termino del plazo regular senalado en el Reglamento; de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Directiva del Registro. (...)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.