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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de diciembre de 2009 407172 interesados el 13 de noviembre de 2009; asimismo, de acuerdo al Memorando Nº 1185-2009-SC/JNE de fecha 20 de noviembre de 2009, la Ofi cina de Servicios al Ciudadano informa que no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones al partido político “PARTIDO HUMANISTA PERUANO”, quedando aprobado su símbolo, que se encuentra representado por las letras “M” y “H” entrelazadas, la letra “M” se aprecia en doble línea de color rojo y la letra “H” es de color verde y se encuentra situada en el centro de la letra M, todo ello sobre un fondo blanco. Artículo Segundo.- Abrir la partida electrónica correspondiente en el libro de partidos políticos tomo número dos, partida número cinco y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personeros legal titular y alterno a los ciudadanos Edwin Alfonso Espinoza Chávez y Antonio Sigifredo Del Castillo Miranda. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Director del Registro de Organizaciones Políticas 429716-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente la apertura de agencia y de oficina especial en las provincias de Chincha y Huarochirí RESOLUCIÓN SBS Nº 15102-2009 Lima, 19 de noviembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente, para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en jirón Lima Nº 401, esquina con Tambo de Mora, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica, y una Ofi cina Especial Permanente ubicada en jirón Lima Nº 404, Manzana 18 Lote 1, distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las referidas Ofi cinas; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfi nanciera “A”, mediante el Informe Nº 251- 2009-DSM “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Nuestra Gente, la apertura de una Agencia ubicada en jirón Lima Nº 401, esquina con Tambo de Mora, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha y departamento de Ica, y una Ofi cina Especial Permanente ubicada en jirón Lima Nº 404, Manzana 18, Lote 1, distrito de San Mateo, provincia de Huarochirí y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 429917-1 Aceptan renuncia al cargo de Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú RESOLUCIÓN SBS Nº 15308-2009 San Isidro, 1 de diciembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La carta de renuncia presentada por el señor RAMÓN ENRIQUE JULIAN SALDIVAR BOCANGEL al cargo de Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, es una institución constitucionalmente autónoma y con personería de derecho público; Que, luego de la dación de la Ley N° 29038, “Ley que incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-PERÚ) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones”, esta Superintendencia asumió las competencias, atribuciones y funciones establecidas en la Ley Nº 27693, su Reglamento y demás normas concordantes en materia de lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo; constituyéndose la UIF-Perú en Unidad Orgánica de la SBS; Que, en el marco de los artículos 363° y 367° de la Ley General, el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones como funcionario de mayor nivel jerárquico de la SBS, tiene en representación de ésta todas las facultades y atribuciones que conduzcan al cumplimiento adecuado de los fi nes de este ente supervisor, dentro de las cuales puede nombrar, contratar, suspender, remover o cesar al personal de la Superintendencia, y a los funcionarios de mayor jerarquía; Que, mediante Resolución SBS N° 672-2009 se designó al señor RAMÓN ENRIQUE JULIAN SALDIVAR BOCANGEL, como Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Categoría N-1, puesto que se encuentra califi cado como cargo de dirección y confi anza, en concordancia con el artículo 43° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR y los artículos 59° y 60° de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-96-TR; Que, mediante comunicación presentada con fecha el señor RAMÓN ENRIQUE JULIAN SALDIVAR BOCANGEL ha formulado renuncia al cargo de Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú por razones personales;