Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2009 (17/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

408033

interpone recurso de reconsideracion, contra la Resolucion de Multa Administrativa N° 1601000347 del 30 de junio del 2009, impuesta "Por apertura de establecimiento sin Licencia Municipal", al establecimiento ubicado en MORDAZA Central del Carhuaquero N° 106, Urbanizacion MORDAZA Boner, Distrito de La MORDAZA, con giro: "chifa"; Que, de conformidad con el Articulo 207° numeral 2) de la Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444, concordado con el articulo 133° del mismo cuerpo legal, el plazo para interponer el recurso de reconsideracion es de quince (15) dias habiles, contados desde el dia siguiente de la fecha de notificacion del acto administrativo a impugnar; Que, la resolucion impugnada fue notificada el 03 de MORDAZA del 2009, habiendo interpuesto recurso de reconsideracion el 10 de MORDAZA del 2009, es decir dentro del plazo establecido por ley, por lo que debe ser admitido y resuelto; Que, el recurrente fundamenta su recurso argumentando que para obtener la Licencia Municipal de su establecimiento, tenia primero que obtener el Certificado de Seguridad en Defensa Civil; toda vez, que iniciara los tramites correspondientes; Que, el Articulo IV numeral 1.7) del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que en la tramitacion del procedimiento administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formuladas por los administrados en la forma de prescrita por Ley responden a la verdad de los hechos que ellos afirman; Que, de la revision del presente MORDAZA sancionador se evidencia a fojas 32 Memorando N° 633-2009-MDLMGPC/SGC de fecha 07 de agosto del 2009, emitido por la Subgerencia de Comercializacion, informando que el establecimiento conducido por MORDAZA XIE GUIHUA, ubicado en MORDAZA Central de Carhuaquero N° 106, Urbanizacion MORDAZA Boner con giro "chifa", NO CUENTA con Licencia Municipal de Funcionamiento, para desarrollar actividad comercial alguna; Que, asimismo al Articulo Setimo de la Ordenanza N° 149-MDLM establece que: "(...) La Licencia Municipal de Funcionamiento debera ser solicitada de manera previa a la apertura de establecimiento ubicados en el distrito de La MORDAZA por todas las personas naturales, juridicas, entes colectivos, nacionales o extranjeros, de derecho privado o publico, incluyendo empresas o entidades del Estado, regionales o municipales, con o sin finalidad de lucro, que pretendan desarrollar actividades comerciales, industriales y/o de servicios(...)"; Que, el hecho de realizar actividades comerciales, sin contar con la correspondiente Licencia Municipal de Funcionamiento, como es el caso materia de autos, constituye una infraccion administrativa sancionable con la imposicion de la multa administrativa, de conformidad con el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas anexo al Reglamento de Aplicaciones de Sanciones Administrativas aprobado mediante Ordenanza N° 151MDLM; Que, el incumplimiento de las normas acarrea las sanciones correspondientes y al verificarse la comision de una falta administrativa sin que esta MORDAZA desvirtuada, corresponde que se declare infundado lo solicitado por la administrada, debiendo proseguirse con lo dispuesto por la resolucion impugnada; Que, de acuerdo a la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, contra la presente resolucion solo procede contradiccion mediante los recursos administrativos; asimismo, el termino para la interposicion de los mismos es de quince (15) dias perentorios; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ordenanza N° 184 que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de esta Municipalidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto por MORDAZA XIE GUIHUA, contra la resolucion Multa Administrativa N° 1601000347, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, en consecuencia PROSIGASE con el cobro de la multa impuesta. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Rentas, Oficina de Ejecucion Coactiva y a la Oficina de

Fiscalizacion y Control Municipal el cumplimiento de la presente Resolucion de acuerdo a sus competencias. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA HIGA Jefe de Fiscalizacion y Control Municipal 435450-3

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Aprueban Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2009/MDP Pucusana, 30 de octubre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA VISTO: El proyecto del "Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana; presentado por la Oficina de Asesoria Juridica y Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana, mediante informe correspondiente CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de octubre del 2009, se expide la Resolucion de Alcaldia Nº 178-2009/MDP, mediante el cual resuelve: APROBAR el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana el mismo que consta de 11 Capitulos, 57 Articulos, 06 Disposiciones Complementarias y 01 Disposicion Final. Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 101-09-AL/ MDP, se conforma la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana, que se encargara de elevar al Despacho de Alcaldia el Proyecto de Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Que mediante Informe Nº 001-2009/CEPAD/MDP, emitido por la Comision eleva al Despacho de Alcaldia el Proyecto del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana a fin sea aprobado por Decreto de Alcaldia. Que el Articulo 42º. De la Ley Organica de Municipalidades senala "Los Decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal." Que es necesario regular los procedimientos que deberan ser observados por las diversas Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios en la tramitacion de los procesos a que MORDAZA sometidos los servidores y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana, observando los plazos establecidos y con las garantias del debido proceso. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Articulo 20º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pucusana, que consta de 57 Articulos, 06 Disposiciones Complementarias, 01 Disposicion Final, la misma que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Tesoreria y Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcadia en el Diario El Peruano y el

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